III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y DEPORTES. Deporte de alto nivel. (BOE-A-2024-18516)
Resolución de 3 de agosto de 2024, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se convoca la clasificación de programas deportivos Team España Futuro de Federaciones Deportivas Españolas para actividades de tecnificación deportiva y de competiciones en edad escolar para el año 2025.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 224
Lunes 16 de septiembre de 2024
Sec. III. Pág. 114127
tecnificación de la Federación correspondiente. Si la relación queda acreditada, la
solicitud para la inclusión en el programa de campeonatos CESA podrá ser bonificada
hasta un máximo de 10 puntos en función de la puntuación obtenida hasta ese instante.
Esta bonificación no podrá dar lugar a una puntuación superior a los 100 puntos.
3. La Comisión de Valoración nombrada por la Dirección General de Deportes
estudiará todas las solicitudes recibidas y la documentación incluida en las mismas.
4. En el caso de los programas de campeonatos CESA se seleccionarán un
máximo de 45 modalidades/especialidades/pruebas deportivas, con esta distribución, y
atendiendo a la prioridad que se establezca por puntuación en cada grupo:
–
–
–
–
12 deportes de equipo.
5 deportes de combate.
22 deportes individuales.
6 deportes adaptados.
Aquellas FFDDEE con especialidad/es deportiva/s adaptada/s integrada/s y
presenten la solicitud con la/s misma/s incluida/s, se considerará como una única
modalidad/especialidad/prueba a efecto de los cupos anteriores.
Si no se alcanza el máximo de cupo en una de las agrupaciones por tipo de
especialidad, se podrá aumentar el número de modalidades/especialidades/pruebas
deportivas de otros grupos, según proponga y motive la comisión de valoración.
5. La Comisión elaborará un informe técnico con la propuesta de resolución con las
modalidades/especialidades/pruebas deportivas que formarían parte del Programa Team
España Futuro a través de los campeonatos CESA y/o de los programas de tecnificación
deportiva en el año 2025, según el orden de prelación por las puntuaciones obtenidas, y
la elevará a la Dirección General de Deportes.
6. La propuesta provisional de resolución, debidamente motivada, será aprobada
por el órgano instructor, notificándose la misma a todos los solicitantes.
7. El trámite de audiencia se evacuará de conformidad con lo previsto en la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas. La iniciación del trámite se notificará a los interesados,
concediéndoles un plazo de diez días hábiles para que efectúen las alegaciones y
presenten los documentos y justificantes pertinentes.
Se podrá prescindir del trámite de audiencia cuando no figuren en procedimiento ni
sean tenidos en cuenta otros hechos ni otras alegaciones y pruebas que las aducidas
por los interesados. En este caso, la propuesta de resolución formulada tendrá el
carácter de definitiva y así deberá hacerse constar en la misma.
8. Examinadas las alegaciones aducidas en su caso por los interesados, se
formulará la propuesta de resolución definitiva, que deberá incluir las modalidades/
especialidades deportivas que formarían parte de los subprogramas que conforman el
Team España Futuro (CESA y TD) en el año 2025, y se elevará al órgano competente
para resolver la convocatoria.
Resolución del Procedimiento.
1. La Presidencia del CSD dictará Resolución por la que se aprueben las
especialidades/modalidades/pruebas deportivas incluidas en el Programa Team España
Futuro 2025, diferenciando las que forman tanto de los programas de campeonatos
(TEF-CESA) como de los programas de tecnificación deportiva (TEF-TD).
2. La resolución del procedimiento se notificará a los interesados de acuerdo con lo
previsto en el artículo 40 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas. La práctica de dicha notificación
o publicación se ajustará a las disposiciones contenidas en los artículos 40 a 46 de la
citada ley.
cve: BOE-A-2024-18516
Verificable en https://www.boe.es
Séptimo.
Núm. 224
Lunes 16 de septiembre de 2024
Sec. III. Pág. 114127
tecnificación de la Federación correspondiente. Si la relación queda acreditada, la
solicitud para la inclusión en el programa de campeonatos CESA podrá ser bonificada
hasta un máximo de 10 puntos en función de la puntuación obtenida hasta ese instante.
Esta bonificación no podrá dar lugar a una puntuación superior a los 100 puntos.
3. La Comisión de Valoración nombrada por la Dirección General de Deportes
estudiará todas las solicitudes recibidas y la documentación incluida en las mismas.
4. En el caso de los programas de campeonatos CESA se seleccionarán un
máximo de 45 modalidades/especialidades/pruebas deportivas, con esta distribución, y
atendiendo a la prioridad que se establezca por puntuación en cada grupo:
–
–
–
–
12 deportes de equipo.
5 deportes de combate.
22 deportes individuales.
6 deportes adaptados.
Aquellas FFDDEE con especialidad/es deportiva/s adaptada/s integrada/s y
presenten la solicitud con la/s misma/s incluida/s, se considerará como una única
modalidad/especialidad/prueba a efecto de los cupos anteriores.
Si no se alcanza el máximo de cupo en una de las agrupaciones por tipo de
especialidad, se podrá aumentar el número de modalidades/especialidades/pruebas
deportivas de otros grupos, según proponga y motive la comisión de valoración.
5. La Comisión elaborará un informe técnico con la propuesta de resolución con las
modalidades/especialidades/pruebas deportivas que formarían parte del Programa Team
España Futuro a través de los campeonatos CESA y/o de los programas de tecnificación
deportiva en el año 2025, según el orden de prelación por las puntuaciones obtenidas, y
la elevará a la Dirección General de Deportes.
6. La propuesta provisional de resolución, debidamente motivada, será aprobada
por el órgano instructor, notificándose la misma a todos los solicitantes.
7. El trámite de audiencia se evacuará de conformidad con lo previsto en la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas. La iniciación del trámite se notificará a los interesados,
concediéndoles un plazo de diez días hábiles para que efectúen las alegaciones y
presenten los documentos y justificantes pertinentes.
Se podrá prescindir del trámite de audiencia cuando no figuren en procedimiento ni
sean tenidos en cuenta otros hechos ni otras alegaciones y pruebas que las aducidas
por los interesados. En este caso, la propuesta de resolución formulada tendrá el
carácter de definitiva y así deberá hacerse constar en la misma.
8. Examinadas las alegaciones aducidas en su caso por los interesados, se
formulará la propuesta de resolución definitiva, que deberá incluir las modalidades/
especialidades deportivas que formarían parte de los subprogramas que conforman el
Team España Futuro (CESA y TD) en el año 2025, y se elevará al órgano competente
para resolver la convocatoria.
Resolución del Procedimiento.
1. La Presidencia del CSD dictará Resolución por la que se aprueben las
especialidades/modalidades/pruebas deportivas incluidas en el Programa Team España
Futuro 2025, diferenciando las que forman tanto de los programas de campeonatos
(TEF-CESA) como de los programas de tecnificación deportiva (TEF-TD).
2. La resolución del procedimiento se notificará a los interesados de acuerdo con lo
previsto en el artículo 40 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas. La práctica de dicha notificación
o publicación se ajustará a las disposiciones contenidas en los artículos 40 a 46 de la
citada ley.
cve: BOE-A-2024-18516
Verificable en https://www.boe.es
Séptimo.