III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y DEPORTES. Deporte de alto nivel. (BOE-A-2024-18516)
Resolución de 3 de agosto de 2024, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se convoca la clasificación de programas deportivos Team España Futuro de Federaciones Deportivas Españolas para actividades de tecnificación deportiva y de competiciones en edad escolar para el año 2025.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 224
Lunes 16 de septiembre de 2024
Sec. III. Pág. 114130
de la competición para, en su caso, poder considerarlo como un coste subvencionable
en su momento.
12. Las FFDDEE organizadoras deberán presentar al CSD en formato digital una
memoria detallada de la competición en cuestión (participación, resultados, estadísticas
principales…).
Noveno. Ayudas del CSD para colaborar con los gastos de financiación del Programa
Team España Futuro.
1. El CSD, a través de la correspondiente convocatoria de subvenciones del
ejercicio económico 2025 para el Programa Team España Futuro, colaborará en la
financiación de los gastos de la organización de los campeonatos CESA y de las
actuaciones de tecnificación deportiva, de acuerdo con la disponibilidad aprobada en los
presupuestos para el ejercicio económico 2025. Los conceptos de gastos
subvencionables se desglosarían en la misma, así como los criterios generales de
valoración de las solitudes en régimen de concurrencia competitiva.
2. Dicha convocatoria se regiría por la propia resolución convocante, la Ley 38/2003
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como su reglamento de desarrollo
aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por la Orden ECD/2681/2012,
de 12 de diciembre, de bases reguladoras para la concesión de subvenciones y ayudas
por el Consejo Superior de Deportes (BOE núm. 301, de 15 de diciembre de 2012), el
Real Decreto 460/2015, de 5 de junio, por el que se aprueba el Estatuto del CSD, la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público, las instrucciones de la Guía de Presupuestación y Justificación del CSD
en vigor para FFDDEE en lo que pudiera afectar y las demás normas vigentes que
resultaran aplicables.
Décimo.
Recursos.
La presente resolución pondrá fin a la vía administrativa. Contra ella podrá
interponerse recurso de reposición ante la Presidencia del Consejo Superior de
Deportes, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la publicación del
extracto en el BOE, con arreglo a los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y/o
potestativamente, recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados Centrales de lo
Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al
de la publicación en el BOE, de acuerdo con el artículo 9.1 c) de la Ley 29/1998, de 13
de julio y el criterio interpretativo de la Audiencia Nacional al respecto.
cve: BOE-A-2024-18516
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 3 de agosto de 2024.–El Presidente del Consejo Superior de Deportes, José
Manuel Rodríguez Uribes.
Núm. 224
Lunes 16 de septiembre de 2024
Sec. III. Pág. 114130
de la competición para, en su caso, poder considerarlo como un coste subvencionable
en su momento.
12. Las FFDDEE organizadoras deberán presentar al CSD en formato digital una
memoria detallada de la competición en cuestión (participación, resultados, estadísticas
principales…).
Noveno. Ayudas del CSD para colaborar con los gastos de financiación del Programa
Team España Futuro.
1. El CSD, a través de la correspondiente convocatoria de subvenciones del
ejercicio económico 2025 para el Programa Team España Futuro, colaborará en la
financiación de los gastos de la organización de los campeonatos CESA y de las
actuaciones de tecnificación deportiva, de acuerdo con la disponibilidad aprobada en los
presupuestos para el ejercicio económico 2025. Los conceptos de gastos
subvencionables se desglosarían en la misma, así como los criterios generales de
valoración de las solitudes en régimen de concurrencia competitiva.
2. Dicha convocatoria se regiría por la propia resolución convocante, la Ley 38/2003
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como su reglamento de desarrollo
aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por la Orden ECD/2681/2012,
de 12 de diciembre, de bases reguladoras para la concesión de subvenciones y ayudas
por el Consejo Superior de Deportes (BOE núm. 301, de 15 de diciembre de 2012), el
Real Decreto 460/2015, de 5 de junio, por el que se aprueba el Estatuto del CSD, la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público, las instrucciones de la Guía de Presupuestación y Justificación del CSD
en vigor para FFDDEE en lo que pudiera afectar y las demás normas vigentes que
resultaran aplicables.
Décimo.
Recursos.
La presente resolución pondrá fin a la vía administrativa. Contra ella podrá
interponerse recurso de reposición ante la Presidencia del Consejo Superior de
Deportes, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la publicación del
extracto en el BOE, con arreglo a los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y/o
potestativamente, recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados Centrales de lo
Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al
de la publicación en el BOE, de acuerdo con el artículo 9.1 c) de la Ley 29/1998, de 13
de julio y el criterio interpretativo de la Audiencia Nacional al respecto.
cve: BOE-A-2024-18516
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 3 de agosto de 2024.–El Presidente del Consejo Superior de Deportes, José
Manuel Rodríguez Uribes.