II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. TRIBUNAL CONSTITUCIONAL. Personal funcionario. Concursos. (BOE-A-2024-18486)
Resolución de 27 de agosto de 2024, de la Presidencia del Tribunal Constitucional, por la que se convoca concurso para la provisión de puestos de trabajo.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 224
Lunes 16 de septiembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 113958
Segunda.
La valoración de los méritos para la adjudicación de la plaza convocada se efectuará
de acuerdo con el siguiente baremo:
1.
1.1
Méritos generales (primera fase, valorable hasta un máximo de 16 puntos):
Valoración del grado personal:
Atendiendo al grado personal consolidado y reconocido se adjudicarán hasta un
máximo de 2,5 puntos, según la distribución siguiente:
Grupo C, subgrupo C1:
Por un grado personal 22: 2,5 puntos.
Por un grado personal 20 o 21: 2 puntos.
Por un grado personal comprendido entre el 17 y 19: 1,5 puntos.
Por un grado personal inferior al 17: 1 punto.
Grupo C, subgrupo C2:
1.2 Valoración del trabajo desarrollado: Atendiendo a las características de los
puestos desempeñados, en relación con las propias de las plazas convocadas, se
adjudicarán hasta 6 puntos, distribuidos valorando la experiencia en puestos de trabajo
similares al de las plazas convocadas, teniendo en cuenta el tiempo de desempeño de
dichos puestos y las aptitudes o rendimientos acreditados.
1.3 Antigüedad: Atendiendo a los años de servicios prestados a las
Administraciones Públicas se adjudicarán hasta un máximo de 2,5 puntos por este
mérito. Por cada año de servicios prestados en los distintos cuerpos o escalas
clasificados dentro del subgrupo C1 para los puestos del grupo C, subgrupo C1 y dentro
del subgrupo C2 para el puesto del grupo C, subgrupo C2 de las Administraciones
Públicas, se asignarán 0,2 puntos, hasta un máximo de 2,5 puntos, respectivamente. En
el supuesto de haberse prestado servicios en cuerpos o escalas clasificados dentro de
otros grupos o subgrupos de las Administraciones Públicas, o tratarse de servicios
asimilables a estos últimos, se asignarán 0,15 puntos por cada año completo de
servicios, con un máximo, para este supuesto, de 1,5 puntos. A los efectos indicados en
los párrafos anteriores se puntuarán los servicios asimilables, expresamente
reconocidos, prestados con carácter previo al ingreso en el cuerpo o escala desde el que
se concursa.
1.4 Cursos de formación y perfeccionamiento: Únicamente se valorarán aquellos
cursos de formación y perfeccionamiento que versen sobre materias directamente
relacionadas con las funciones propias de los puestos convocados, hasta un máximo
de 4 puntos. Se atenderá a la duración, contenido, actualización y dificultad de los
cursos, al centro de impartición de los mismos y al tipo de certificación o titulación
expedida, pudiendo incrementarse las puntuaciones a asignar por curso hasta el doble
en el caso de que el concursante los haya impartido.
Asimismo, dado el carácter transversal de la formación sobre la igualdad entre
mujeres y hombres, los cursos sobre esta materia también serán tenidos en cuenta en la
valoración de este apartado.
cve: BOE-A-2024-18486
Verificable en https://www.boe.es
Por un grado personal 18: 2,5 puntos.
Por un grado personal comprendido entre el 15 y el 17: 2 puntos.
Por un grado personal 13 o 14: 1,5 puntos.
Por un grado personal 12: 1 punto.
Núm. 224
Lunes 16 de septiembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 113958
Segunda.
La valoración de los méritos para la adjudicación de la plaza convocada se efectuará
de acuerdo con el siguiente baremo:
1.
1.1
Méritos generales (primera fase, valorable hasta un máximo de 16 puntos):
Valoración del grado personal:
Atendiendo al grado personal consolidado y reconocido se adjudicarán hasta un
máximo de 2,5 puntos, según la distribución siguiente:
Grupo C, subgrupo C1:
Por un grado personal 22: 2,5 puntos.
Por un grado personal 20 o 21: 2 puntos.
Por un grado personal comprendido entre el 17 y 19: 1,5 puntos.
Por un grado personal inferior al 17: 1 punto.
Grupo C, subgrupo C2:
1.2 Valoración del trabajo desarrollado: Atendiendo a las características de los
puestos desempeñados, en relación con las propias de las plazas convocadas, se
adjudicarán hasta 6 puntos, distribuidos valorando la experiencia en puestos de trabajo
similares al de las plazas convocadas, teniendo en cuenta el tiempo de desempeño de
dichos puestos y las aptitudes o rendimientos acreditados.
1.3 Antigüedad: Atendiendo a los años de servicios prestados a las
Administraciones Públicas se adjudicarán hasta un máximo de 2,5 puntos por este
mérito. Por cada año de servicios prestados en los distintos cuerpos o escalas
clasificados dentro del subgrupo C1 para los puestos del grupo C, subgrupo C1 y dentro
del subgrupo C2 para el puesto del grupo C, subgrupo C2 de las Administraciones
Públicas, se asignarán 0,2 puntos, hasta un máximo de 2,5 puntos, respectivamente. En
el supuesto de haberse prestado servicios en cuerpos o escalas clasificados dentro de
otros grupos o subgrupos de las Administraciones Públicas, o tratarse de servicios
asimilables a estos últimos, se asignarán 0,15 puntos por cada año completo de
servicios, con un máximo, para este supuesto, de 1,5 puntos. A los efectos indicados en
los párrafos anteriores se puntuarán los servicios asimilables, expresamente
reconocidos, prestados con carácter previo al ingreso en el cuerpo o escala desde el que
se concursa.
1.4 Cursos de formación y perfeccionamiento: Únicamente se valorarán aquellos
cursos de formación y perfeccionamiento que versen sobre materias directamente
relacionadas con las funciones propias de los puestos convocados, hasta un máximo
de 4 puntos. Se atenderá a la duración, contenido, actualización y dificultad de los
cursos, al centro de impartición de los mismos y al tipo de certificación o titulación
expedida, pudiendo incrementarse las puntuaciones a asignar por curso hasta el doble
en el caso de que el concursante los haya impartido.
Asimismo, dado el carácter transversal de la formación sobre la igualdad entre
mujeres y hombres, los cursos sobre esta materia también serán tenidos en cuenta en la
valoración de este apartado.
cve: BOE-A-2024-18486
Verificable en https://www.boe.es
Por un grado personal 18: 2,5 puntos.
Por un grado personal comprendido entre el 15 y el 17: 2 puntos.
Por un grado personal 13 o 14: 1,5 puntos.
Por un grado personal 12: 1 punto.