III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES. Convenios. (BOE-A-2024-18528)
Resolución de 11 de septiembre de 2024, de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., por la que se publica el Convenio con Atresmedia Corporación de Medios de Comunicación, SA, para la realización de prácticas académicas externas por parte de estudiantes de postgrado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 224

Lunes 16 de septiembre de 2024

Sec. III. Pág. 114186

las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios, y que, para su
conocimiento, se relacionarán al dorso del anexo de formalización de cada práctica.
La designación como tutor por parte de Atresmedia Corporación de Medios de
Comunicación, SA, para la realización de prácticas en desarrollo de este convenio no
dará derecho a ninguna retribución ni compensación económica por parte de la UIMP. La
UIMP reconocerá la labor realizada por los tutores de Atresmedia Corporación de Medios
de Comunicación, SA, enviando a los tutores que lo soliciten un certificado de la
Universidad donde consten la actividad realizada y período de realización.
Séptima.

Anexos para determinar cada práctica.

Para la incorporación de cualquier alumno a este convenio es necesario el previo y
común acuerdo de las tres partes implicadas –Atresmedia Corporación de Medios de
Comunicación, SA, alumno y UIMP–, materializado con la firma del correspondiente
anexo de formalización de la práctica, que se incorporará a este convenio, y en el que se
refleje las condiciones específicas de la práctica a seguir por el alumno, según modelo
que se incluye como anexo I.
En cada anexo se detallará el nombre del alumno, el tipo de práctica, el número de
créditos fijados en el plan de estudio (si se trata de curriculares), el proyecto formativo
(objetivos y actividades), las fechas de comienzo y finalización, los tutores, el horario,
lugar de desarrollo, el importe de la bolsa de estudios –si la hubiera– y en su caso otras
condiciones específicas de dicha práctica. En dicho documento se recogerá asimismo la
aceptación por parte del alumno de las condiciones establecidas en este convenio y se
detallarán los derechos y deberes de los estudiantes y de los tutores.
Con la finalidad de mantener actualizado en todo momento el registro de alumnos
participantes en el presente convenio, Atresmedia Corporación de Medios de
Comunicación, SA, comunicará por escrito a la UIMP cualquier incidencia o modificación
en las fechas de inicio o cese, horario u otras circunstancias que se produzca en cada
práctica que se realice en la empresa en relación con lo acordado en su anexo
correspondiente.
Derechos y deberes de los estudiantes.

Durante el periodo de prácticas cada alumno estará sujeto a las normas generales de
trabajo propias de Atresmedia Corporación de Medios de Comunicación, SA,
especialmente en lo referido al cumplimiento del horario, régimen de permisos,
identificación, normas de seguridad y de prevención de riesgos laborales, etc., para lo
que recibirá la adecuada información. Asimismo, los alumnos mostrarán en todo
momento una actitud respetuosa hacia la política de Atresmedia Corporación de Medios
de Comunicación, SA.
Los estudiantes estarán obligados a guardar confidencialidad en relación con la
información interna de Atresmedia Corporación de Medios de Comunicación, SA, y
guardar secreto profesional sobre sus actividades, durante su estancia y finalizada ésta.
Además de lo señalado en este convenio, los estudiantes en prácticas tendrán todos
los derechos y deberes que se recogen en el artículo 9 del citado Real
Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las prácticas académicas
externas de los estudiantes universitarios, que, para su conocimiento, se resumen al
dorso del anexo de formalización de la práctica.
Novena.

Informes, evaluación de las prácticas y reconocimiento.

A la finalización de cada una de las prácticas:
I. El tutor de Atresmedia Corporación de Medios de Comunicación, SA, realizará y
enviará al tutor académico de la UIMP y a la UIMP un informe final según modelo que se
adjunta como anexo II, en el que se recogerá el número de horas realizadas por el

cve: BOE-A-2024-18528
Verificable en https://www.boe.es

Octava.