III. Otras disposiciones. CONSEJO DE SEGURIDAD NUCLEAR. Comunidad Autónoma de Extremadura. Convenio. (BOE-A-2024-18468)
Resolución de 6 de septiembre de 2024, del Consejo de Seguridad Nuclear, por la que se publica el Convenio con la Junta de Extremadura y la Universidad de Extremadura, en la operación, gestión y acceso a los datos de las estaciones automáticas de vigilancia radiológica ambiental.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 223
Sábado 14 de septiembre de 2024
Sec. III. Pág. 113887
climático; las funciones que legalmente se atribuyan a la Consejería de Agricultura,
Ganadería y Desarrollo Sostenible en materia de residuos, suelos contaminados, calidad
del aire y protección de la atmósfera, protección del paisaje, así como en materia de
contaminación acústica, lumínica y radiológica. Igualmente, las relacionadas con
responsabilidad medioambiental y educación e información ambiental.
Cuarto.
La Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible de la Junta de
Extremadura, a través de la Dirección General de Sostenibilidad, tiene asumidas las
competencias para el control del cumplimiento de las normativas de la Unión Europea,
Nacionales y Autonómicas en materia de calidad del aire atmosférico:
Directiva 2008/50/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo de 2008,
relativa a la calidad del aire ambiente y a una atmósfera más limpia en Europa;
Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de calidad del aire y protección de la atmósfera; Real
Decreto 100/2011, de 28 de enero, por el que se actualiza el catálogo de actividades
potencialmente contaminadoras de la atmósfera y se establecen las disposiciones
básicas para su aplicación; Real Decreto 102/2011, de 28 de enero, relativo a la mejora
de la calidad del aire; y la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
Quinto.
La Dirección General de Sostenibilidad, a través del Servicio de Prevención, Calidad
Ambiental y Cambio Climático, cuenta con personal cualificado necesario para la
ejecución del presente convenio, y dispone de un Centro de Gestión y Proceso de Datos.
Dispone también de un espacio web para información pública. Además proporcionará
todos los documentos y datos precisos para la ejecución de los trabajos incluidos en el
presente convenio.
Sexto.
La Universidad de Extremadura tiene entre sus fines el apoyo científico y técnico al
desarrollo social y cultural de la Comunidad Autónoma de Extremadura. En este marco, y
en el ámbito de la protección radiológica ambiental, se encuadra la actividad del Servicio
de Apoyo a la Investigación, Laboratorio de Radiactividad Ambiental, LARUEX en lo que
sigue, ubicado en el Campus de Cáceres de la Universidad de Extremadura. Este viene
desarrollando una amplia actividad investigadora en la que se incluye la realización de
estudios y el seguimiento de todos aquellos aspectos relacionados con la protección
radiológica ambiental en Extremadura.
El centro de supervisión y control de las estaciones automáticas de la Red de
Vigilancia Radiológica de Extremadura y de la Unidad Móvil, de la Junta de Extremadura,
está situado en el Centro Hispano-Luso de Redes Automáticas de Alerta Temprana, sito
en el Campus Universitario de Cáceres, de la Universidad de Extremadura, que es
gestionado y operado por el personal científico del precitado Servicio de Apoyo a la
investigación, LARUEX.
Octavo.
Al Consejo de Seguridad Nuclear le interesa disponer, dentro de las funciones de
vigilancia radiológica ambiental que por ley tiene atribuidas en todo el Estado, de los
datos operativos procedentes de la Red Automática de Vigilancia Radiológica Ambiental
y de la Unidad móvil de vigilancia radiológica ambiental de la Junta de Extremadura.
cve: BOE-A-2024-18468
Verificable en https://www.boe.es
Séptimo.
Núm. 223
Sábado 14 de septiembre de 2024
Sec. III. Pág. 113887
climático; las funciones que legalmente se atribuyan a la Consejería de Agricultura,
Ganadería y Desarrollo Sostenible en materia de residuos, suelos contaminados, calidad
del aire y protección de la atmósfera, protección del paisaje, así como en materia de
contaminación acústica, lumínica y radiológica. Igualmente, las relacionadas con
responsabilidad medioambiental y educación e información ambiental.
Cuarto.
La Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible de la Junta de
Extremadura, a través de la Dirección General de Sostenibilidad, tiene asumidas las
competencias para el control del cumplimiento de las normativas de la Unión Europea,
Nacionales y Autonómicas en materia de calidad del aire atmosférico:
Directiva 2008/50/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo de 2008,
relativa a la calidad del aire ambiente y a una atmósfera más limpia en Europa;
Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de calidad del aire y protección de la atmósfera; Real
Decreto 100/2011, de 28 de enero, por el que se actualiza el catálogo de actividades
potencialmente contaminadoras de la atmósfera y se establecen las disposiciones
básicas para su aplicación; Real Decreto 102/2011, de 28 de enero, relativo a la mejora
de la calidad del aire; y la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
Quinto.
La Dirección General de Sostenibilidad, a través del Servicio de Prevención, Calidad
Ambiental y Cambio Climático, cuenta con personal cualificado necesario para la
ejecución del presente convenio, y dispone de un Centro de Gestión y Proceso de Datos.
Dispone también de un espacio web para información pública. Además proporcionará
todos los documentos y datos precisos para la ejecución de los trabajos incluidos en el
presente convenio.
Sexto.
La Universidad de Extremadura tiene entre sus fines el apoyo científico y técnico al
desarrollo social y cultural de la Comunidad Autónoma de Extremadura. En este marco, y
en el ámbito de la protección radiológica ambiental, se encuadra la actividad del Servicio
de Apoyo a la Investigación, Laboratorio de Radiactividad Ambiental, LARUEX en lo que
sigue, ubicado en el Campus de Cáceres de la Universidad de Extremadura. Este viene
desarrollando una amplia actividad investigadora en la que se incluye la realización de
estudios y el seguimiento de todos aquellos aspectos relacionados con la protección
radiológica ambiental en Extremadura.
El centro de supervisión y control de las estaciones automáticas de la Red de
Vigilancia Radiológica de Extremadura y de la Unidad Móvil, de la Junta de Extremadura,
está situado en el Centro Hispano-Luso de Redes Automáticas de Alerta Temprana, sito
en el Campus Universitario de Cáceres, de la Universidad de Extremadura, que es
gestionado y operado por el personal científico del precitado Servicio de Apoyo a la
investigación, LARUEX.
Octavo.
Al Consejo de Seguridad Nuclear le interesa disponer, dentro de las funciones de
vigilancia radiológica ambiental que por ley tiene atribuidas en todo el Estado, de los
datos operativos procedentes de la Red Automática de Vigilancia Radiológica Ambiental
y de la Unidad móvil de vigilancia radiológica ambiental de la Junta de Extremadura.
cve: BOE-A-2024-18468
Verificable en https://www.boe.es
Séptimo.