III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Convenios. (BOE-A-2024-18466)
Resolución de 4 de septiembre de 2024, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría de Estado de Migraciones y Caja de Salud Cordes, sobre la prestación de asistencia sanitaria subvencionada a los emigrantes españoles residentes en la circunscripción consular de Bolivia que carezcan de recursos suficientes.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 223
Sábado 14 de septiembre de 2024
Sec. III. Pág. 113877
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL
Y MIGRACIONES
18466
Resolución de 4 de septiembre de 2024, de la Secretaría General Técnica,
por la que se publica el Convenio entre la Secretaría de Estado de
Migraciones y Caja de Salud Cordes, sobre la prestación de asistencia
sanitaria subvencionada a los emigrantes españoles residentes en la
circunscripción consular de Bolivia que carezcan de recursos suficientes.
Con fecha 3 de septiembre de 2024 se ha suscrito el Convenio entre el Ministerio de
Inclusión, Seguridad Social y Migraciones (Secretaría de Estado de Migraciones) y Caja
de Salud Cordes sobre la prestación de asistencia sanitaria subvencionada a los
emigrantes españoles residentes en la circunscripción consular de Bolivia que carezcan
de recursos suficientes, y, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la
publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del citado convenio, que figura como anexo
de esta resolución.
Madrid, 4 de septiembre de 2024.–El Secretario General Técnico, Plácido Vázquez
García.
ANEXO
Convenio entre el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones
(Secretaría de Estado de Migraciones) y Caja de Salud Cordes sobre la prestación
de asistencia sanitaria subvencionada a los emigrantes españoles residentes en la
circunscripción consular de Bolivia que carezcan de recursos suficientes
De una parte, doña Pilar Cancela Rodríguez, Secretaria de Estado de Migraciones,
nombrada por el Real Decreto 1077/2023, de 5 de diciembre (BOE de 6 de diciembre
de 2023), en el ejercicio de sus competencias propias del dispositivo vigésimo primero
de la Orden ISM/419/2021, de 26 de abril, por la que se fijan los límites para administrar
los créditos de gastos y se delegan y aprueban las delegaciones del ejercicio de
competencias en el ámbito del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones
(BOE de 29 de abril de 2021), por acuerdo de avocación de 21 de marzo de 2024.
De otra aparte, don Óscar Rónald Gandarillas Álvarez, con C.I. n.º *2429**, Gerente
General, según Resolución RD 005-22, de fecha 25 de marzo de 2022, en nombre y
representación de Caja de Salud Cordes de Bolivia, con domicilio en la avenida
Arce 2419, La Paz, Bolivia.
EXPONEN
Que la Ley 40/2006, de 14 de diciembre, del Estatuto de la Ciudadanía Española en
el Exterior, reconoce en su artículo 17 el derecho a la protección de la salud, con la
finalidad última de equiparar la que se concede a los residentes en el exterior con la que
se presta por el Sistema Nacional de Salud en España.
El Real Decreto 8/2008, de 11 de enero, por el que se regula la prestación por razón
de necesidad a favor de los españoles residentes en el exterior y retornados, prevé la
cve: BOE-A-2024-18466
Verificable en https://www.boe.es
Ambas partes, en las representaciones que ostentan, se reconocen legitimidad
suficiente para suscribir el presente convenio y, a tal fin,
Núm. 223
Sábado 14 de septiembre de 2024
Sec. III. Pág. 113877
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL
Y MIGRACIONES
18466
Resolución de 4 de septiembre de 2024, de la Secretaría General Técnica,
por la que se publica el Convenio entre la Secretaría de Estado de
Migraciones y Caja de Salud Cordes, sobre la prestación de asistencia
sanitaria subvencionada a los emigrantes españoles residentes en la
circunscripción consular de Bolivia que carezcan de recursos suficientes.
Con fecha 3 de septiembre de 2024 se ha suscrito el Convenio entre el Ministerio de
Inclusión, Seguridad Social y Migraciones (Secretaría de Estado de Migraciones) y Caja
de Salud Cordes sobre la prestación de asistencia sanitaria subvencionada a los
emigrantes españoles residentes en la circunscripción consular de Bolivia que carezcan
de recursos suficientes, y, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la
publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del citado convenio, que figura como anexo
de esta resolución.
Madrid, 4 de septiembre de 2024.–El Secretario General Técnico, Plácido Vázquez
García.
ANEXO
Convenio entre el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones
(Secretaría de Estado de Migraciones) y Caja de Salud Cordes sobre la prestación
de asistencia sanitaria subvencionada a los emigrantes españoles residentes en la
circunscripción consular de Bolivia que carezcan de recursos suficientes
De una parte, doña Pilar Cancela Rodríguez, Secretaria de Estado de Migraciones,
nombrada por el Real Decreto 1077/2023, de 5 de diciembre (BOE de 6 de diciembre
de 2023), en el ejercicio de sus competencias propias del dispositivo vigésimo primero
de la Orden ISM/419/2021, de 26 de abril, por la que se fijan los límites para administrar
los créditos de gastos y se delegan y aprueban las delegaciones del ejercicio de
competencias en el ámbito del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones
(BOE de 29 de abril de 2021), por acuerdo de avocación de 21 de marzo de 2024.
De otra aparte, don Óscar Rónald Gandarillas Álvarez, con C.I. n.º *2429**, Gerente
General, según Resolución RD 005-22, de fecha 25 de marzo de 2022, en nombre y
representación de Caja de Salud Cordes de Bolivia, con domicilio en la avenida
Arce 2419, La Paz, Bolivia.
EXPONEN
Que la Ley 40/2006, de 14 de diciembre, del Estatuto de la Ciudadanía Española en
el Exterior, reconoce en su artículo 17 el derecho a la protección de la salud, con la
finalidad última de equiparar la que se concede a los residentes en el exterior con la que
se presta por el Sistema Nacional de Salud en España.
El Real Decreto 8/2008, de 11 de enero, por el que se regula la prestación por razón
de necesidad a favor de los españoles residentes en el exterior y retornados, prevé la
cve: BOE-A-2024-18466
Verificable en https://www.boe.es
Ambas partes, en las representaciones que ostentan, se reconocen legitimidad
suficiente para suscribir el presente convenio y, a tal fin,