III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE. Marina mercante. Títulos profesionales. (BOE-A-2024-18383)
Resolución de 9 de septiembre de 2024, de la Dirección General de la Marina Mercante, por la que se establece el temario y fecha de la segunda convocatoria del examen para la obtención del certificado de patrón profesional de embarcaciones de recreo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 13 de septiembre de 2024
Sec. III. Pág. 113391
ANEXO II
Temario de la prueba de conocimiento
1. Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante,
aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre. Disposiciones
generales: Marina Mercante, Objetivos, Zonas y tipos de navegación. Flota civil y
plataformas. Empresas navieras (título preliminar: capítulo III). Medidas que garantizan la
actividad portuaria y la navegación (libro III: título III). Régimen sancionador en el ámbito
de la Marina Mercante: Infracciones (artículos 305 a 310). Sanciones y otras medidas
(artículos 311, 313 y 314). Procedimiento, medios de ejecución y medidas cautelares
(artículos 319 a 320) (libro tercero, título IV).
2. Ley 14/2014, de 24 de julio, de Navegación Marítima. Disposiciones generales
(título preliminar). Ordenación administrativa de la navegación (título I): ámbito de
aplicación de las normas de policía (capítulo I). Régimen de estancia en aguas interiores
marítimas y en puerto (capítulo II). Régimen general de la navegación marítima
(capítulo III). Buques, embarcaciones y artefactos navales (título II, capítulo I). Dotación
(título III, capítulo III).
3. La Administración marítima (1): Administración central (texto refundido de la Ley
de Puertos del Estado y de la Marina Mercante: libro segundo: título II, capítulo I).
Funciones y estructura de la Dirección General de la Marina Mercante: Real
Decreto 253/2024, de 12 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica
del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, y se modifica el Real
Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica
básica de los departamentos ministeriales.
4. La Administración marítima (2): Administración periférica (texto refundido de la
Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante: libro segundo: título II, capítulo II).
Real Decreto 638/2007, de 18 de mayo, por el que se regulan las Capitanías Marítimas y
los Distritos Marítimos: disposiciones generales: Objeto. Coordinación con otros
organismos y entidades (capítulo I). Funciones de los Capitanes Marítimos y de los Jefes
de Distrito (capítulo II).
5. El Reglamento sobre el Despacho de Buques aprobado por la Orden de 18 de
enero de 2000: documentos (capítulo II). Del despacho de los buques (capítulo III,
excepto el artículo 18). Enroles y desenroles (capítulo IV).
6. Real Decreto 210/2004, de 6 de febrero, por el que se establece un sistema de
seguimiento y de información sobre el tráfico marítimo: disposiciones generales
(capítulo I). Notificación y seguimiento de los buques (capítulo II). Seguimiento de los
buques peligrosos e intervención en caso de problemas y accidentes en el mar
(capítulo IV). Reglamento de inspección y certificación de buques civiles, aprobado por el
Real Decreto 1837/2000, de 10 de noviembre: Obligaciones de operadores, empresas
operadoras, capitanes y patrones de los buques (título II, capítulo I, artículo 14).
7. Real Decreto 62/2008, de 25 de enero, por el que se aprueba el reglamento de
las condiciones de seguridad marítima, de la navegación y de la vida humana en la mar,
aplicables a las concentraciones náuticas de carácter conmemorativo y pruebas náuticodeportivas.
8. Real Decreto 1435/2010, de 5 de noviembre, por el que se regula el
abanderamiento y matriculación de las embarcaciones de recreo en las listas sexta y
séptima del registro de matrícula de buques. Real Decreto 685/2010, de 20 de mayo, por
el que se regula el otorgamiento de permiso temporal de navegación para determinadas
embarcaciones de recreo.
9. Real Decreto 607/1999, de 16 de abril, por el que se regula el Reglamento del
seguro de responsabilidad civil de suscripción obligatoria para embarcaciones de recreo
o deportivas.
10. Real Decreto 875/2014, de 10 de octubre, por el que se regulan las titulaciones
náuticas para el gobierno de las embarcaciones de recreo: disposiciones generales
(capítulo I). De las actividades de formación (capítulo VI). Régimen de inspecciones,
cve: BOE-A-2024-18383
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Núm. 222
Viernes 13 de septiembre de 2024
Sec. III. Pág. 113391
ANEXO II
Temario de la prueba de conocimiento
1. Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante,
aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre. Disposiciones
generales: Marina Mercante, Objetivos, Zonas y tipos de navegación. Flota civil y
plataformas. Empresas navieras (título preliminar: capítulo III). Medidas que garantizan la
actividad portuaria y la navegación (libro III: título III). Régimen sancionador en el ámbito
de la Marina Mercante: Infracciones (artículos 305 a 310). Sanciones y otras medidas
(artículos 311, 313 y 314). Procedimiento, medios de ejecución y medidas cautelares
(artículos 319 a 320) (libro tercero, título IV).
2. Ley 14/2014, de 24 de julio, de Navegación Marítima. Disposiciones generales
(título preliminar). Ordenación administrativa de la navegación (título I): ámbito de
aplicación de las normas de policía (capítulo I). Régimen de estancia en aguas interiores
marítimas y en puerto (capítulo II). Régimen general de la navegación marítima
(capítulo III). Buques, embarcaciones y artefactos navales (título II, capítulo I). Dotación
(título III, capítulo III).
3. La Administración marítima (1): Administración central (texto refundido de la Ley
de Puertos del Estado y de la Marina Mercante: libro segundo: título II, capítulo I).
Funciones y estructura de la Dirección General de la Marina Mercante: Real
Decreto 253/2024, de 12 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica
del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, y se modifica el Real
Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica
básica de los departamentos ministeriales.
4. La Administración marítima (2): Administración periférica (texto refundido de la
Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante: libro segundo: título II, capítulo II).
Real Decreto 638/2007, de 18 de mayo, por el que se regulan las Capitanías Marítimas y
los Distritos Marítimos: disposiciones generales: Objeto. Coordinación con otros
organismos y entidades (capítulo I). Funciones de los Capitanes Marítimos y de los Jefes
de Distrito (capítulo II).
5. El Reglamento sobre el Despacho de Buques aprobado por la Orden de 18 de
enero de 2000: documentos (capítulo II). Del despacho de los buques (capítulo III,
excepto el artículo 18). Enroles y desenroles (capítulo IV).
6. Real Decreto 210/2004, de 6 de febrero, por el que se establece un sistema de
seguimiento y de información sobre el tráfico marítimo: disposiciones generales
(capítulo I). Notificación y seguimiento de los buques (capítulo II). Seguimiento de los
buques peligrosos e intervención en caso de problemas y accidentes en el mar
(capítulo IV). Reglamento de inspección y certificación de buques civiles, aprobado por el
Real Decreto 1837/2000, de 10 de noviembre: Obligaciones de operadores, empresas
operadoras, capitanes y patrones de los buques (título II, capítulo I, artículo 14).
7. Real Decreto 62/2008, de 25 de enero, por el que se aprueba el reglamento de
las condiciones de seguridad marítima, de la navegación y de la vida humana en la mar,
aplicables a las concentraciones náuticas de carácter conmemorativo y pruebas náuticodeportivas.
8. Real Decreto 1435/2010, de 5 de noviembre, por el que se regula el
abanderamiento y matriculación de las embarcaciones de recreo en las listas sexta y
séptima del registro de matrícula de buques. Real Decreto 685/2010, de 20 de mayo, por
el que se regula el otorgamiento de permiso temporal de navegación para determinadas
embarcaciones de recreo.
9. Real Decreto 607/1999, de 16 de abril, por el que se regula el Reglamento del
seguro de responsabilidad civil de suscripción obligatoria para embarcaciones de recreo
o deportivas.
10. Real Decreto 875/2014, de 10 de octubre, por el que se regulan las titulaciones
náuticas para el gobierno de las embarcaciones de recreo: disposiciones generales
(capítulo I). De las actividades de formación (capítulo VI). Régimen de inspecciones,
cve: BOE-A-2024-18383
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Núm. 222