III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Convenios. (BOE-A-2024-18397)
Resolución de 5 de septiembre de 2024, de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., por la que se publica el Convenio con la Mancomunidad de Municipios del Agua del Bierzo y el Ayuntamiento de Cacabelos, para la financiación, ejecución y entrega de las obras del proyecto de recuperación del dominio público hidráulico del Arroyo de Vega de Rey y actuaciones en la red municipal de saneamiento de Cacabelos (León).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 222

Viernes 13 de septiembre de 2024

Sec. III. Pág. 113593

Cuarto.
Que los artículos 44 y 29 de las citadas Ley 7/1985 y 1/1998 reconocen a los
municipios el derecho a asociarse con otros en mancomunidades para la ejecución en
común de obras y servicios determinados de su competencia.
De acuerdo con lo anterior, el artículo 2.º de los Estatutos de la Mancomunidad de
Municipios del Agua del Bierzo establece dentro de los fines de dicha Mancomunidad las
obras de alcantarillado y saneamiento en el núcleo de Cacabelos, así como la gestión de
la red de alcantarillado municipal y el servicio de saneamiento hasta su conexión con los
emisarios generales del sistema de depuración.
En el ejercicio de tales competencias, la Mancomunidad de Municipios del Agua del
Bierzo manifiesta su voluntad de asumir la gestión de la explotación de las obras
resultantes de la actuación del proyecto de recuperación del DPH del Arroyo de Vega del
Rey y actuaciones en la red municipal de saneamiento de Cacabelos. T.M. Cacabelos
(León).
Quinto.
Que conforme a los artículos 143 y 144 de la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del
Sector Público, las Administraciones cooperarán al servicio del interés general de
acuerdo con las técnicas que consideren más adecuadas, como la cooperación
interadministrativa para la aplicación de la normativa reguladora de una materia o
actuaciones de cooperación en materia patrimonial, incluidos los cambios de titularidad y
la cesión de bienes.
Estas relaciones de cooperación, que requieren la aceptación expresa de las partes,
se formularán en acuerdos de los órganos de cooperación o en convenios en los que se
preverán las condiciones y compromisos que se asumen.
Sexto.
Que el convenio contiene una previsión con relevancia para la legislación patrimonial
consistente en la entrega por parte de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil O.A., a
favor del Ayuntamiento de Cacabelos, de las actuaciones que el organismo de cuenca se
compromete a construir en terrenos que la entidad local pondrá a su disposición.
La Confederación Hidrográfica del Miño-Sil O.A. realizará la operación patrimonial de
transmisión del pleno dominio de la obra, mediante una cesión gratuita de las previstas
en el artículo 147 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las
Administraciones Públicas (LPAP), previo informe favorable de la Dirección General del
Patrimonio del Estado.
Dado que la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil O.A es un organismo público
cuyos bienes no están exceptuados de incorporación (Incorporación al patrimonio de la
Administración General del Estado de bienes de los organismos públicos) conforme a lo
previsto en el artículo 80.2 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las
Administraciones Públicas (LPAP), se requiere, de acuerdo con el artículo 188.3 LPAP, la
comunicación previa de la celebración de este convenio al Director General del
Patrimonio del Estado.

Que el artículo 48 de la citada Ley de Régimen Jurídico del Sector Público establece
que las Administraciones públicas y sus organismos públicos, en el ámbito de sus
respectivas competencias, podrán suscribir convenios con sujetos de derecho público,
que deberán mejorar la eficiencia de la gestión pública, facilitar la utilización conjunta de
medios y servicios públicos, contribuir a la realización de actividades de utilidad pública y
cumplir con la legislación de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera.

cve: BOE-A-2024-18397
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Séptimo.