III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2024-18386)
Resolución de 2 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Serveo Servicios, SAU, y los trabajadores adscritos al servicio de restauración y atención a bordo de los trenes.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 222
Viernes 13 de septiembre de 2024
Sec. III. Pág. 113440
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL
18386
Resolución de 2 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Trabajo,
por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Serveo Servicios,
SAU, y los trabajadores adscritos al servicio de restauración y atención a
bordo de los trenes.
Visto el texto del convenio colectivo de la empresa Serveo Servicios, SAU, y los
trabajadores adscritos al servicio de restauración y atención a bordo de los trenes
(Código de convenio n.º: 90102871012018), que fue suscrito con fecha 17 de mayo
de 2024, de una parte por los designados por la Dirección de la empresa, en
representación de la misma y, de otra, por el Comité Intercentros en representación de
los trabajadores afectados, y que ha sido finalmente subsanado mediante acta de 10 de
julio de 2024, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la
Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto
Legislativo 2/2015, de 23 de octubre –BOE del 24–, y en el Real Decreto 713/2010,
de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos
de trabajo y planes de igualdad,
Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Primero.
Ordenar la inscripción del citado convenio colectivo en el correspondiente Registro
de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad con
funcionamiento a través de medios electrónicos de este centro directivo, con notificación
a la Comisión Negociadora.
Segundo.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 2 de septiembre de 2024.–La Directora General de Trabajo, María Nieves
González García.
I CONVENIO COLECTIVO ENTRE LA EMPRESA SERVEO SERVICIOS, SAU Y LAS
PERSONAS TRABAJADORAS ADSCRITAS A LOS SERVICIOS DE RESTAURACIÓN
Y ATENCIÓN A BORDO DE LOS TRENES Y LOGISTICA PARA LOS TRENES DE
TRANSPORTE FERROVIARIO DE VIAJEROS
CAPÍTULO PRIMERO
Objeto: El presente convenio regula las condiciones de trabajo entre la Empresa y
personas trabajadoras vinculadas a Serveo Servicios, SAU mediante relación laboral,
establecida en virtud de las distintas modalidades contractuales contempladas por la
legislación vigente en cada momento y de acuerdo con los siguientes artículos, de
conformidad con el ámbito personal contemplado en el artículo 2.
cve: BOE-A-2024-18386
Verificable en https://www.boe.es
Disposiciones Generales
Núm. 222
Viernes 13 de septiembre de 2024
Sec. III. Pág. 113440
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL
18386
Resolución de 2 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Trabajo,
por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Serveo Servicios,
SAU, y los trabajadores adscritos al servicio de restauración y atención a
bordo de los trenes.
Visto el texto del convenio colectivo de la empresa Serveo Servicios, SAU, y los
trabajadores adscritos al servicio de restauración y atención a bordo de los trenes
(Código de convenio n.º: 90102871012018), que fue suscrito con fecha 17 de mayo
de 2024, de una parte por los designados por la Dirección de la empresa, en
representación de la misma y, de otra, por el Comité Intercentros en representación de
los trabajadores afectados, y que ha sido finalmente subsanado mediante acta de 10 de
julio de 2024, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la
Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto
Legislativo 2/2015, de 23 de octubre –BOE del 24–, y en el Real Decreto 713/2010,
de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos
de trabajo y planes de igualdad,
Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Primero.
Ordenar la inscripción del citado convenio colectivo en el correspondiente Registro
de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad con
funcionamiento a través de medios electrónicos de este centro directivo, con notificación
a la Comisión Negociadora.
Segundo.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 2 de septiembre de 2024.–La Directora General de Trabajo, María Nieves
González García.
I CONVENIO COLECTIVO ENTRE LA EMPRESA SERVEO SERVICIOS, SAU Y LAS
PERSONAS TRABAJADORAS ADSCRITAS A LOS SERVICIOS DE RESTAURACIÓN
Y ATENCIÓN A BORDO DE LOS TRENES Y LOGISTICA PARA LOS TRENES DE
TRANSPORTE FERROVIARIO DE VIAJEROS
CAPÍTULO PRIMERO
Objeto: El presente convenio regula las condiciones de trabajo entre la Empresa y
personas trabajadoras vinculadas a Serveo Servicios, SAU mediante relación laboral,
establecida en virtud de las distintas modalidades contractuales contempladas por la
legislación vigente en cada momento y de acuerdo con los siguientes artículos, de
conformidad con el ámbito personal contemplado en el artículo 2.
cve: BOE-A-2024-18386
Verificable en https://www.boe.es
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