I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE. Rutas aéreas. (BOE-A-2024-18330)
Orden TRM/951/2024, de 29 de agosto, por la que se modifican parámetros operativos establecidos en el Acuerdo del Consejo de Ministros de 5 de octubre de 2018, por el que se declaran obligaciones de servicio público en las rutas aéreas Melilla/Almería, Melilla/Granada y Melilla/Sevilla.
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 222
Viernes 13 de septiembre de 2024
Sec. I. Pág. 113249
Ruta aérea Melilla/Almería:
El servicio requerido será de ocho frecuencias semanales, las compañías adecuarán
libremente los días de operación y los horarios a la demanda real del mercado.
La capacidad mínima anual será de 42.000 asientos.
Quedando el resto de condiciones de las rutas Melilla-Granada y Melilla-Almería y las
condiciones de la ruta Melilla-Sevilla sin modificar.
Segundo.
Publicidad y eficacia.
Esta orden se publicará en «Boletín Oficial del Estado», siendo aplicables las
modificaciones en las obligaciones de servicio público a que se refiere el apartado
primero a partir de la fecha referida en el mismo.
cve: BOE-A-2024-18330
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 29 de agosto de 2024.–El Ministro de Transportes y Movilidad Sostenible,
Óscar Puente Santiago.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 222
Viernes 13 de septiembre de 2024
Sec. I. Pág. 113249
Ruta aérea Melilla/Almería:
El servicio requerido será de ocho frecuencias semanales, las compañías adecuarán
libremente los días de operación y los horarios a la demanda real del mercado.
La capacidad mínima anual será de 42.000 asientos.
Quedando el resto de condiciones de las rutas Melilla-Granada y Melilla-Almería y las
condiciones de la ruta Melilla-Sevilla sin modificar.
Segundo.
Publicidad y eficacia.
Esta orden se publicará en «Boletín Oficial del Estado», siendo aplicables las
modificaciones en las obligaciones de servicio público a que se refiere el apartado
primero a partir de la fecha referida en el mismo.
cve: BOE-A-2024-18330
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 29 de agosto de 2024.–El Ministro de Transportes y Movilidad Sostenible,
Óscar Puente Santiago.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X