III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Convenios. (BOE-A-2024-18252)
Resolución 420/38366/2024, de 4 de septiembre, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con el Centro Internacional de Toledo para la Paz, para el desarrollo durante el año 2024 de actividades de investigación, difusión, debate y capacitación sobre seguridad y defensa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 220
Miércoles 11 de septiembre de 2024
Sec. III. Pág. 113009
Sin embargo, sí se podrán abonar con cargo al convenio las gratificaciones o
retribuciones extraordinarias que otorgue el Centro Internacional de Toledo para la Paz
(CITpax) a algún miembro integrante de su plantilla en concepto de asistencias o
indemnizaciones por la coordinación de jornadas, la impartición de conferencias o por
labores de administración específicas de las actividades objeto del convenio, siempre
que dichas indemnizaciones se fijen con arreglo a criterios de economía y eficiencia.
Para justificar dichos gastos deberá certificarse que dicha retribución corresponde a
un trabajo específico desempeñado para la realización de las actividades objeto del
convenio.
cve: BOE-A-2024-18252
Verificable en https://www.boe.es
– Gastos de telefonía: debe quedar constancia en la documentación justificativa que
el consumo telefónico se ha llevado a cabo específicamente para cumplimentar el objeto
del convenio.
– Gastos de manutención, alojamiento y locomoción: han de ir acompañados de una
memoria explicativa en la que se exponga la necesidad de los gastos y que los mismos
han sido ocasionados como consecuencia de las actividades objeto del convenio, así
como el lugar de celebración de las actividades y la identificación de los participantes en
las mismas (nombre y apellidos).
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 220
Miércoles 11 de septiembre de 2024
Sec. III. Pág. 113009
Sin embargo, sí se podrán abonar con cargo al convenio las gratificaciones o
retribuciones extraordinarias que otorgue el Centro Internacional de Toledo para la Paz
(CITpax) a algún miembro integrante de su plantilla en concepto de asistencias o
indemnizaciones por la coordinación de jornadas, la impartición de conferencias o por
labores de administración específicas de las actividades objeto del convenio, siempre
que dichas indemnizaciones se fijen con arreglo a criterios de economía y eficiencia.
Para justificar dichos gastos deberá certificarse que dicha retribución corresponde a
un trabajo específico desempeñado para la realización de las actividades objeto del
convenio.
cve: BOE-A-2024-18252
Verificable en https://www.boe.es
– Gastos de telefonía: debe quedar constancia en la documentación justificativa que
el consumo telefónico se ha llevado a cabo específicamente para cumplimentar el objeto
del convenio.
– Gastos de manutención, alojamiento y locomoción: han de ir acompañados de una
memoria explicativa en la que se exponga la necesidad de los gastos y que los mismos
han sido ocasionados como consecuencia de las actividades objeto del convenio, así
como el lugar de celebración de las actividades y la identificación de los participantes en
las mismas (nombre y apellidos).
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X