III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Convenios. (BOE-A-2024-18252)
Resolución 420/38366/2024, de 4 de septiembre, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con el Centro Internacional de Toledo para la Paz, para el desarrollo durante el año 2024 de actividades de investigación, difusión, debate y capacitación sobre seguridad y defensa.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 220
Miércoles 11 de septiembre de 2024
Segunda.
Sec. III. Pág. 113003
Aportaciones de las partes.
1. El Ministerio de Defensa, a través de la Secretaría General de Política de
Defensa, se obliga a cogestionar con CITpax la organización y ejecución de la actividad
relacionada en la cláusula primera del presente convenio. En concreto, el cometido del
que se encarga el Ministerio de Defensa consistirá en cogestionar con el CITpax la
organización y ejecución de dicha actividad, y se concretará en las siguientes
colaboraciones:
a) Prestar especial atención en la recepción de los participantes internacionales.
b) Consensuar, para el desarrollo de cada una de las actividades, los lugares de
mayor impacto y de máximo interés para el cumplimiento de lo establecido en el
presente convenio.
c) Colaboración en la búsqueda de expertos y ponentes más cualificados para
participar en las actividades previstas.
d) Supervisar que los lugares de reunión y salas para cada una de las actividades
sean las óptimas.
e) Contactar con los ponentes del Ministerio de Defensa para las exposiciones
informativas y para las interacciones con los expertos que participen en las actividades.
f) Apoyar económicamente al Centro Internacional de Toledo para la Paz para la
realización de las actividades objeto del convenio.
2.
El Centro Internacional de Toledo para la Paz se obliga a:
a) Organizar y desarrollar las actividades objeto de este convenio y asumir, con sus
propios recursos, entre otros, los gastos generales que se generen en concepto de
gastos de personal que forme parte de la propia entidad, adquisición de material
inventariable de todo tipo, y todos aquellos gastos no relacionados directamente con la
actividad objeto del convenio.
b) Aportar para el desarrollo del objeto de este convenio, la cantidad global que se
estima en la cláusula tercera.
c) Acordar con la Secretaría General de Política de Defensa todo lo relativo a la
realización de la actividad relacionada en la cláusula primera.
d) Gestionar las cantidades procedentes del Ministerio de Defensa y la realización
de todos los pagos que origine el desarrollo de la actividad con arreglo a lo que se
señala en la cláusula tercera y en el anexo de este convenio.
e) Entregar a la Secretaría General de Política de Defensa, una vez realizada la
actividad, una memoria de actividades y una memoria económica en la que se
desglosarán los gastos realizados, con cargo a la aportación económica del Ministerio de
Defensa y de CITpax, como consecuencia de la actividad objeto del convenio, además
de las correspondientes facturas, tal y como se indica en la cláusula cuarta.
f) Incorporar de forma visible, en todos los materiales que se elaboren fruto del
presente convenio, el logotipo institucional del Ministerio de Defensa/Secretaría General
de Política de Defensa, según el formato que se remitirá oportunamente.
Financiación.
El Ministerio de Defensa apoyará al CITpax en el desarrollo de la actividad prevista
en este convenio con la cantidad máxima de veintiocho mil euros (28.000,00 €),
impuestos incluidos, con cargo a la aplicación presupuestaria 1401 121M2 226.06, de los
presupuestos correspondientes al ejercicio económico de 2024. Se imputarán a dicha
aplicación presupuestaria los gastos que se reflejan en el anexo de este convenio.
Dicha operación se realizará a través de una propuesta de pago, una vez reconocida
la obligación por el órgano competente, previa fiscalización efectuada por la Intervención
Delegada correspondiente.
cve: BOE-A-2024-18252
Verificable en https://www.boe.es
Tercera.
Núm. 220
Miércoles 11 de septiembre de 2024
Segunda.
Sec. III. Pág. 113003
Aportaciones de las partes.
1. El Ministerio de Defensa, a través de la Secretaría General de Política de
Defensa, se obliga a cogestionar con CITpax la organización y ejecución de la actividad
relacionada en la cláusula primera del presente convenio. En concreto, el cometido del
que se encarga el Ministerio de Defensa consistirá en cogestionar con el CITpax la
organización y ejecución de dicha actividad, y se concretará en las siguientes
colaboraciones:
a) Prestar especial atención en la recepción de los participantes internacionales.
b) Consensuar, para el desarrollo de cada una de las actividades, los lugares de
mayor impacto y de máximo interés para el cumplimiento de lo establecido en el
presente convenio.
c) Colaboración en la búsqueda de expertos y ponentes más cualificados para
participar en las actividades previstas.
d) Supervisar que los lugares de reunión y salas para cada una de las actividades
sean las óptimas.
e) Contactar con los ponentes del Ministerio de Defensa para las exposiciones
informativas y para las interacciones con los expertos que participen en las actividades.
f) Apoyar económicamente al Centro Internacional de Toledo para la Paz para la
realización de las actividades objeto del convenio.
2.
El Centro Internacional de Toledo para la Paz se obliga a:
a) Organizar y desarrollar las actividades objeto de este convenio y asumir, con sus
propios recursos, entre otros, los gastos generales que se generen en concepto de
gastos de personal que forme parte de la propia entidad, adquisición de material
inventariable de todo tipo, y todos aquellos gastos no relacionados directamente con la
actividad objeto del convenio.
b) Aportar para el desarrollo del objeto de este convenio, la cantidad global que se
estima en la cláusula tercera.
c) Acordar con la Secretaría General de Política de Defensa todo lo relativo a la
realización de la actividad relacionada en la cláusula primera.
d) Gestionar las cantidades procedentes del Ministerio de Defensa y la realización
de todos los pagos que origine el desarrollo de la actividad con arreglo a lo que se
señala en la cláusula tercera y en el anexo de este convenio.
e) Entregar a la Secretaría General de Política de Defensa, una vez realizada la
actividad, una memoria de actividades y una memoria económica en la que se
desglosarán los gastos realizados, con cargo a la aportación económica del Ministerio de
Defensa y de CITpax, como consecuencia de la actividad objeto del convenio, además
de las correspondientes facturas, tal y como se indica en la cláusula cuarta.
f) Incorporar de forma visible, en todos los materiales que se elaboren fruto del
presente convenio, el logotipo institucional del Ministerio de Defensa/Secretaría General
de Política de Defensa, según el formato que se remitirá oportunamente.
Financiación.
El Ministerio de Defensa apoyará al CITpax en el desarrollo de la actividad prevista
en este convenio con la cantidad máxima de veintiocho mil euros (28.000,00 €),
impuestos incluidos, con cargo a la aplicación presupuestaria 1401 121M2 226.06, de los
presupuestos correspondientes al ejercicio económico de 2024. Se imputarán a dicha
aplicación presupuestaria los gastos que se reflejan en el anexo de este convenio.
Dicha operación se realizará a través de una propuesta de pago, una vez reconocida
la obligación por el órgano competente, previa fiscalización efectuada por la Intervención
Delegada correspondiente.
cve: BOE-A-2024-18252
Verificable en https://www.boe.es
Tercera.