III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES. Convenios. (BOE-A-2024-18262)
Resolución de 4 de septiembre de 2024, de la Secretaría General de Universidades, por la que se publica el Convenio con la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, para colaborar en el Certamen Universitario "Arquímedes" de Introducción a la Investigación Científica.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 220
Miércoles 11 de septiembre de 2024
Sec. III. Pág. 113096
Tercera. Ámbitos de aplicación.
La formalización del presente convenio se refiere únicamente al XXI Certamen
Universitario «Arquímedes» y no implica la existencia de asociación o creación de ningún
tipo de entidad conjunta de colaboración, de tal forma que ninguna de las partes podrá
obligar y vincular a la otra en virtud de este convenio y permanecerán independientes
entre sí, sin que medie relación alguna de representación o agencia.
Cuarta. Obligaciones de las partes.
4.1 Corresponde al Ministerio a través de la Secretaría General de Universidades
realizar la convocatoria del certamen, realizar la instrucción y el seguimiento del
certamen, organizar la fase final incluyendo la entrega de premios y aportando para ello
todos los medios materiales y personales necesarios para su realización, así como
realizar la resolución de concesión y el pago de los premios correspondientes al
Ministerio, recogidos en la convocatoria.
4.2 El Ministerio se compromete a conceder un máximo de tres premios en especie
a sendos trabajos para que los participantes de los equipos realicen estancias de
investigación en centros del CSIC.
Así mismo, el Ministerio a través de la Secretaría General de Universidades se
compromete a que la convocatoria prevea un premio a la memoria mejor evaluada por
el CSIC de entre las presentadas por los beneficiarios de las estancias por importe
de 3.000 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 28.09.463A.488.04.
4.3 El CSIC se compromete a participar en la propuesta de selección de
los 25 trabajos que deberán ser presentados en la fase final y pública del certamen como
miembro del Jurado asumiendo los gastos que pudiera generar.
4.4 El CSIC se compromete a que las personas beneficiarias de las estancias las
realicen en 2025. El CSIC se compromete a que las estancias de investigación en sus
centros que fueran concedidas a los investigadores de cada uno de los tres equipos que,
como máximo, pudieran obtener un premio para ello, incluyan los gastos de viaje y
estancia en los institutos del CSIC de los miembros de los equipos investigadores, así
como los derivados de su ejecución durante su estancia en estos centros, por un importe
máximo de 2.000 euros por equipo premiado. También, la suscripción de una póliza
colectiva de asistencia médica y de accidentes laborales a favor del tutor del equipo y
sus miembros, en aquellos casos que carecieran de ello, durante su estancia en los
centros de investigación. La aportación se realizará con cargo a la aplicación
presupuestaria 28.301.463A.48.
El CSIC se compromete a entregar un diploma indicando la estancia que en su caso
hubiera otorgado en el acto de entrega de premios.
Mecanismo de seguimiento, comprobación y control.
Para el seguimiento y ejecución de este convenio, así como para resolver las
posibles divergencias que pudieran surgir en la interpretación de sus términos, y con el
fin de estimular y coordinar las actuaciones de las partes, se constituye una Comisión
Mixta de Seguimiento y Ejecución compuesta de 4 miembros, dos en representación de
cada una de las partes.
Asimismo, podrán asistir a las reuniones de esta comisión los expertos que se
designen en cada caso por las partes, necesarios para el mejor desarrollo de los
correspondientes trabajos. No obstante, la presencia de dichos expertos se circunscribirá
a su calidad de asesores, no teniendo en ningún caso derecho de voto, ni los derechos
ejecutivos que le corresponden a los miembros de dicha comisión.
La comisión tendrá las siguientes funciones:
a) Interpretación y control del desarrollo y ejecución del presente convenio.
b) Seguimiento de las actividades integrantes en el presente convenio.
cve: BOE-A-2024-18262
Verificable en https://www.boe.es
Quinta.
Núm. 220
Miércoles 11 de septiembre de 2024
Sec. III. Pág. 113096
Tercera. Ámbitos de aplicación.
La formalización del presente convenio se refiere únicamente al XXI Certamen
Universitario «Arquímedes» y no implica la existencia de asociación o creación de ningún
tipo de entidad conjunta de colaboración, de tal forma que ninguna de las partes podrá
obligar y vincular a la otra en virtud de este convenio y permanecerán independientes
entre sí, sin que medie relación alguna de representación o agencia.
Cuarta. Obligaciones de las partes.
4.1 Corresponde al Ministerio a través de la Secretaría General de Universidades
realizar la convocatoria del certamen, realizar la instrucción y el seguimiento del
certamen, organizar la fase final incluyendo la entrega de premios y aportando para ello
todos los medios materiales y personales necesarios para su realización, así como
realizar la resolución de concesión y el pago de los premios correspondientes al
Ministerio, recogidos en la convocatoria.
4.2 El Ministerio se compromete a conceder un máximo de tres premios en especie
a sendos trabajos para que los participantes de los equipos realicen estancias de
investigación en centros del CSIC.
Así mismo, el Ministerio a través de la Secretaría General de Universidades se
compromete a que la convocatoria prevea un premio a la memoria mejor evaluada por
el CSIC de entre las presentadas por los beneficiarios de las estancias por importe
de 3.000 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 28.09.463A.488.04.
4.3 El CSIC se compromete a participar en la propuesta de selección de
los 25 trabajos que deberán ser presentados en la fase final y pública del certamen como
miembro del Jurado asumiendo los gastos que pudiera generar.
4.4 El CSIC se compromete a que las personas beneficiarias de las estancias las
realicen en 2025. El CSIC se compromete a que las estancias de investigación en sus
centros que fueran concedidas a los investigadores de cada uno de los tres equipos que,
como máximo, pudieran obtener un premio para ello, incluyan los gastos de viaje y
estancia en los institutos del CSIC de los miembros de los equipos investigadores, así
como los derivados de su ejecución durante su estancia en estos centros, por un importe
máximo de 2.000 euros por equipo premiado. También, la suscripción de una póliza
colectiva de asistencia médica y de accidentes laborales a favor del tutor del equipo y
sus miembros, en aquellos casos que carecieran de ello, durante su estancia en los
centros de investigación. La aportación se realizará con cargo a la aplicación
presupuestaria 28.301.463A.48.
El CSIC se compromete a entregar un diploma indicando la estancia que en su caso
hubiera otorgado en el acto de entrega de premios.
Mecanismo de seguimiento, comprobación y control.
Para el seguimiento y ejecución de este convenio, así como para resolver las
posibles divergencias que pudieran surgir en la interpretación de sus términos, y con el
fin de estimular y coordinar las actuaciones de las partes, se constituye una Comisión
Mixta de Seguimiento y Ejecución compuesta de 4 miembros, dos en representación de
cada una de las partes.
Asimismo, podrán asistir a las reuniones de esta comisión los expertos que se
designen en cada caso por las partes, necesarios para el mejor desarrollo de los
correspondientes trabajos. No obstante, la presencia de dichos expertos se circunscribirá
a su calidad de asesores, no teniendo en ningún caso derecho de voto, ni los derechos
ejecutivos que le corresponden a los miembros de dicha comisión.
La comisión tendrá las siguientes funciones:
a) Interpretación y control del desarrollo y ejecución del presente convenio.
b) Seguimiento de las actividades integrantes en el presente convenio.
cve: BOE-A-2024-18262
Verificable en https://www.boe.es
Quinta.