III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA. Comunidad Autónoma de La Rioja. Convenio. (BOE-A-2024-18256)
Resolución de 4 de septiembre de 2024, de la Biblioteca Nacional de España, O.A., por la que se publica el Convenio con la Sociedad Mercantil Estatal de Acción Cultural, SA, y el Gobierno de La Rioja, para la realización de la exposición "María Lejárraga: una voz en la sombra (1874-1974)".
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 220
Miércoles 11 de septiembre de 2024
Sec. III. Pág. 113068
estima conveniente por razones de índole técnica la entidad organizadora asumirá los
gastos de la intervención.
En el caso de cuadros, estatuas, mobiliario y objetos en general, todos los costes
asociados a la restauración deberán ser asumidos por el organizador, incluyendo los
gastos correspondientes al transporte y seguro de las obras para su restauración fuera
de la BNE. Cuando la restauración se realice por contratación externa, la BNE solicitará,
siempre que sea posible, un mínimo de tres ofertas, reservándose el derecho de
seleccionar la que estime más conveniente desde el punto de vista técnico.
5.
Montaje de las obras
Las obras se instalarán siguiendo las indicaciones dadas por la BNE. De manera
general, los libros se colocarán sobre atriles confeccionados a medida, en metacrilato,
cartón de conservación o cartón pluma de conservación, cuidando de que el ángulo de
apertura coincida con el mencionado en los informes de estado. De modo general, este
no superará los 90º salvo en los casos en que se señale expresamente.
Los atriles serán confeccionados y sometidos a la aprobación de la Biblioteca
Nacional de España. Los gastos de diseño y confección de los atriles correrán a cargo
de la entidad organizadora. Los atriles quedarán en propiedad de la Biblioteca Nacional
de España si así se requiere.
Las vitrinas donde se instalen las obras se cerrarán en presencia del correo de la
Biblioteca Nacional de España y no podrán ser abiertas hasta su desmontaje salvo
autorización expresa de la Biblioteca Nacional de España y siempre en presencia de
correo designado por esta.
Los dibujos, mapas, grabados, fotografías, carteles, tarjetas y hojas sueltas y cualquier
otra obra que se estime oportuno irán montados en carpetas passe-partout de cartulina
neutra, enmarcados con metacrilato o, previa autorización, en cristal calidad museo o
blindado según las indicaciones que realice el personal técnico de la Biblioteca Nacional
de España. Los marcos quedarán en propiedad de la Biblioteca Nacional de España.
La entidad organizadora se responsabilizará del montaje y se hará cargo de los
gastos que origine. El material del montaje quedará en propiedad de la Biblioteca
Nacional de España si así se requiere. Las obras enmarcadas deberán ser
desenmarcadas inmediatamente después de ser desembaladas, corriendo los gastos a
cargo de la entidad organizadora.
6.
Actas de entrega
Una vez realizado el montaje se acreditará el préstamo temporal mediante la firma de
un acta de entrega que será firmada por el correo designado por la Biblioteca Nacional
de España y el responsable de muestra. Si alguna circunstancia lo hace aconsejable, en
ella se indicará el estado de conservación de los documentos prestados y las
condiciones en que se deben exponer de acuerdo con las características del material.
7.
Mención/cita de la Biblioteca Nacional de España
8.
Aceptación de las Normas
Declaro conocer y aceptar estas normas generales y me comprometo a cumplirlas, y
en virtud de lo cual lo firmo.
En Madrid, a ........ de ........................ de 2024.
Fdo. por el responsable de la entidad organizadora.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-A-2024-18256
Verificable en https://www.boe.es
Tanto en las fichas o citas en el catálogo como en las cartelas de la exposición la
Biblioteca será citada como sigue: «Biblioteca Nacional de España».
Núm. 220
Miércoles 11 de septiembre de 2024
Sec. III. Pág. 113068
estima conveniente por razones de índole técnica la entidad organizadora asumirá los
gastos de la intervención.
En el caso de cuadros, estatuas, mobiliario y objetos en general, todos los costes
asociados a la restauración deberán ser asumidos por el organizador, incluyendo los
gastos correspondientes al transporte y seguro de las obras para su restauración fuera
de la BNE. Cuando la restauración se realice por contratación externa, la BNE solicitará,
siempre que sea posible, un mínimo de tres ofertas, reservándose el derecho de
seleccionar la que estime más conveniente desde el punto de vista técnico.
5.
Montaje de las obras
Las obras se instalarán siguiendo las indicaciones dadas por la BNE. De manera
general, los libros se colocarán sobre atriles confeccionados a medida, en metacrilato,
cartón de conservación o cartón pluma de conservación, cuidando de que el ángulo de
apertura coincida con el mencionado en los informes de estado. De modo general, este
no superará los 90º salvo en los casos en que se señale expresamente.
Los atriles serán confeccionados y sometidos a la aprobación de la Biblioteca
Nacional de España. Los gastos de diseño y confección de los atriles correrán a cargo
de la entidad organizadora. Los atriles quedarán en propiedad de la Biblioteca Nacional
de España si así se requiere.
Las vitrinas donde se instalen las obras se cerrarán en presencia del correo de la
Biblioteca Nacional de España y no podrán ser abiertas hasta su desmontaje salvo
autorización expresa de la Biblioteca Nacional de España y siempre en presencia de
correo designado por esta.
Los dibujos, mapas, grabados, fotografías, carteles, tarjetas y hojas sueltas y cualquier
otra obra que se estime oportuno irán montados en carpetas passe-partout de cartulina
neutra, enmarcados con metacrilato o, previa autorización, en cristal calidad museo o
blindado según las indicaciones que realice el personal técnico de la Biblioteca Nacional
de España. Los marcos quedarán en propiedad de la Biblioteca Nacional de España.
La entidad organizadora se responsabilizará del montaje y se hará cargo de los
gastos que origine. El material del montaje quedará en propiedad de la Biblioteca
Nacional de España si así se requiere. Las obras enmarcadas deberán ser
desenmarcadas inmediatamente después de ser desembaladas, corriendo los gastos a
cargo de la entidad organizadora.
6.
Actas de entrega
Una vez realizado el montaje se acreditará el préstamo temporal mediante la firma de
un acta de entrega que será firmada por el correo designado por la Biblioteca Nacional
de España y el responsable de muestra. Si alguna circunstancia lo hace aconsejable, en
ella se indicará el estado de conservación de los documentos prestados y las
condiciones en que se deben exponer de acuerdo con las características del material.
7.
Mención/cita de la Biblioteca Nacional de España
8.
Aceptación de las Normas
Declaro conocer y aceptar estas normas generales y me comprometo a cumplirlas, y
en virtud de lo cual lo firmo.
En Madrid, a ........ de ........................ de 2024.
Fdo. por el responsable de la entidad organizadora.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-A-2024-18256
Verificable en https://www.boe.es
Tanto en las fichas o citas en el catálogo como en las cartelas de la exposición la
Biblioteca será citada como sigue: «Biblioteca Nacional de España».