III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES. Convenios. (BOE-A-2024-18261)
Resolución de 3 de septiembre de 2024, del Instituto de Astrofísica de Canarias, por la que se publica el Convenio con la Fundación "la Caixa", para el desarrollo del Programa de Becas de doctorado INPhINIT "la Caixa" 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 220

Miércoles 11 de septiembre de 2024

Sec. III. Pág. 113092

Previo a la cesión de dichos datos, Fundación «la Caixa» se obliga a recabar de sus
beneficiarios que decidan participar en el Programa, su correspondiente consentimiento
a la cesión de sus datos personales al IAC.
Una vez los beneficiarios hayan formalizado el contrato laboral con el IAC, estos
serán informados del tratamiento de sus datos personales por parte del IAC, para la
gestión y desarrollo de sus estudios de doctorado, así como de la fuente de obtención de
sus datos personales.
Asimismo, en caso de que sea requerida por la Fundación «la Caixa», el IAC se
compromete a ceder la información sobre los resultados y participación de los
beneficiarios a Fundación «la Caixa», con el fin de realizar una evaluación y seguimiento
de los doctorandos.
Ambas partes se comprometen a cumplir en todo momento con la normativa vigente
en materia de protección de datos personales.
Octava.

Duración, efectos y modificación del convenio.

El presente convenio será eficaz una vez esté inscrito en el Registro Estatal de
Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal. Además, será
publicado en el «Boletín Oficial del Estado», y extenderá su vigencia por un periodo de
cuatro (4) años desde su inscripción en el citado Registro.
Este convenio podrá prorrogarse, antes de su finalización, y por acuerdo mutuo
escrito de las Partes, y tras sustanciar los trámites preceptivos, por un periodo adicional
de otros cuatro años a contar desde su inscripción en el citado Registro.
Por otra parte, el convenio producirá efectos hasta que finalicen las ayudas que se
hayan convocado, concedido y renovado durante su plazo de duración. Por tanto, la
Fundación «la Caixa» asume la financiación hasta su extinción de todas las becas
concedidas durante la vigencia del convenio.
Este convenio, de conformidad con lo previsto por el artículo 49.g) de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, podrá ser modificado por
escrito y por acuerdo unánime de las partes, siguiendo para ello los trámites necesarios
para su suscripción.
Expresamente se acuerda que la entrada en vigor de cualquier norma legal o
reglamentaria que tenga incidencia en el desarrollo de la relación contractual del
beneficiario dará derecho a una revisión del convenio para acordar la modificación o
supresión de aquellas cláusulas que resulten afectadas por esta nueva norma.
Novena.

Extinción del convenio.

a) El transcurso del plazo de vigencia del convenio sin haberse acordado la
prórroga del mismo.
b) El acuerdo unánime de los firmantes.
c) El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de
alguno de los firmantes.
En este caso, cualquiera de las partes podrá notificar a la parte incumplidora un
requerimiento para que cumpla en un determinado plazo con las obligaciones o
compromisos que se consideran incumplidos. Este requerimiento será comunicado al
responsable de la comisión de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del
convenio y a la otra parte firmante.
Si trascurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el incumplimiento, la
parte que lo dirigió notificará a la otra parte firmante la concurrencia de la causa de
resolución y se entenderá resuelto el convenio. La resolución del convenio por esta
causa no conllevará indemnización alguna.

cve: BOE-A-2024-18261
Verificable en https://www.boe.es

Serán causas de extinción de este convenio el cumplimiento de las actuaciones que
constituyen su objeto o por incurrir en causa de resolución.
Son causas de resolución las siguientes: