III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2024-18253)
Resolución de 2 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Generali Seguros y Reaseguros, SAU.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 220
Miércoles 11 de septiembre de 2024
Sec. III. Pág. 113010
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL
18253
Resolución de 2 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Trabajo,
por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Generali Seguros y
Reaseguros, SAU.
Visto el texto del Convenio colectivo de la empresa Generali Seguros y Reaseguros,
SAU (código de convenio núm. 90101962012014), que fue suscrito con fecha 22 de abril
de 2024, de una parte, por los designados por la Dirección de la empresa en
representación de la misma y, de otra, por las secciones sindicales de CC.OO., USO y
UGT, en representación de los trabajadores afectados, y que ha sido finalmente
subsanado mediante actas de 8 y 11 de julio de 2024, y de conformidad con lo dispuesto
en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto
refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (BOE del 24),
y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios
colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad.
Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Primero.
Ordenar la inscripción del citado convenio colectivo en el correspondiente Registro
de Convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios
electrónicos de este centro directivo, con notificación a la Comisión negociadora.
Segundo.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 2 de septiembre de 2024.–La Directora General de Trabajo, María Nieves
González García.
CONVENIO COLECTIVO DE GENERALI SEGUROS Y REASEGUROS, SAU
CAPÍTULO I
Disposiciones generales
Objeto del convenio y legitimación.
El presente convenio colectivo se formaliza al amparo de lo dispuesto en el título III
del Estatuto de los Trabajadores y tiene por objeto regular las relaciones laborales de
Generali Seguros y Reaseguros, SAU (en adelante Generali SAU), que se detallan en el
siguiente artículo.
El convenio ha sido suscrito, de una parte, por la representación de la Dirección de
Generali SAU y, de otra, por las secciones sindicales de las representaciones de los
trabajadores y las trabajadoras de CC.OO., USOC y UGT.
Las partes se reconocen recíprocamente como interlocutoras válidas que ostentan la
legitimación requerida para suscribir el presente convenio colectivo con validez y eficacia
general.
cve: BOE-A-2024-18253
Verificable en https://www.boe.es
Artículo 1.
Núm. 220
Miércoles 11 de septiembre de 2024
Sec. III. Pág. 113010
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL
18253
Resolución de 2 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Trabajo,
por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Generali Seguros y
Reaseguros, SAU.
Visto el texto del Convenio colectivo de la empresa Generali Seguros y Reaseguros,
SAU (código de convenio núm. 90101962012014), que fue suscrito con fecha 22 de abril
de 2024, de una parte, por los designados por la Dirección de la empresa en
representación de la misma y, de otra, por las secciones sindicales de CC.OO., USO y
UGT, en representación de los trabajadores afectados, y que ha sido finalmente
subsanado mediante actas de 8 y 11 de julio de 2024, y de conformidad con lo dispuesto
en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto
refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (BOE del 24),
y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios
colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad.
Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Primero.
Ordenar la inscripción del citado convenio colectivo en el correspondiente Registro
de Convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios
electrónicos de este centro directivo, con notificación a la Comisión negociadora.
Segundo.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 2 de septiembre de 2024.–La Directora General de Trabajo, María Nieves
González García.
CONVENIO COLECTIVO DE GENERALI SEGUROS Y REASEGUROS, SAU
CAPÍTULO I
Disposiciones generales
Objeto del convenio y legitimación.
El presente convenio colectivo se formaliza al amparo de lo dispuesto en el título III
del Estatuto de los Trabajadores y tiene por objeto regular las relaciones laborales de
Generali Seguros y Reaseguros, SAU (en adelante Generali SAU), que se detallan en el
siguiente artículo.
El convenio ha sido suscrito, de una parte, por la representación de la Dirección de
Generali SAU y, de otra, por las secciones sindicales de las representaciones de los
trabajadores y las trabajadoras de CC.OO., USOC y UGT.
Las partes se reconocen recíprocamente como interlocutoras válidas que ostentan la
legitimación requerida para suscribir el presente convenio colectivo con validez y eficacia
general.
cve: BOE-A-2024-18253
Verificable en https://www.boe.es
Artículo 1.