I. Disposiciones generales. MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA. Organización. (BOE-A-2024-18185)
Real Decreto 896/2024, de 10 de septiembre, por el que se modifica el Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, y el Real Decreto 205/2024, de 27 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Defensa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 220

Miércoles 11 de septiembre de 2024
Dos.

Sec. I. Pág. 112856

El artículo 4 queda redactado de la siguiente forma:

«Artículo 4. Dirección General de Estrategia e Innovación de la Industria de
Defensa.

a) Planificar y programar las políticas de armamento y material y de
investigación, desarrollo e innovación del Departamento, y controlar su ejecución.
b) Proponer y dirigir los planes y programas de investigación y desarrollo de
sistemas de armas y equipos de interés para la defensa nacional, en coordinación
con los organismos nacionales e internacionales competentes en este ámbito y
controlar los activos inmateriales derivados de aquellos, que se hayan obtenido,
total o parcialmente, con fondos públicos del Ministerio de Defensa, mediante la
creación y mantenimiento de los oportunos registros de activos.
c) Impulsar el apoyo institucional a la internacionalización de la industria
española de defensa, coordinar la promoción internacional de la enajenación de
bienes muebles y productos de defensa y, en coordinación con la Dirección
General de Política de Defensa, dirigir las actuaciones de los agregados y
consejeros de Defensa.
d) Ejercer las competencias que se le atribuyan para negociar y gestionar la
cooperación industrial.
e) Proponer la política industrial de la Defensa, coordinando su actuación con
otros organismos.
f) Controlar los activos materiales derivados de esa política que se hayan
obtenido, total o parcialmente, con fondos públicos del Ministerio de Defensa,
mediante la creación y mantenimiento de los oportunos registros de activos.
g) Impulsar, en coordinación con la Dirección General de Política de Defensa,
la cooperación internacional en los ámbitos bilateral y multilateral, así como ejercer
la representación nacional en los foros industriales y de armamento de dichas
organizaciones.
h) Ejercer las competencias atribuidas en relación con el control del comercio
exterior de material de defensa y de productos y tecnologías de doble uso.
i) Apoyar la exportación de productos y tecnologías de Defensa y de doble uso.
j) Controlar las transferencias de tecnología nacional a terceros países, así
como la obtenida de programas, acuerdos o convenios internacionales.
k) Ejercer la gestión de las inversiones extranjeras en España relacionadas
con la Defensa.
3.

De esta dirección general dependen los siguientes órganos directivos:

a) La Subdirección General de Planificación, Tecnología e Innovación, que
desarrolla las funciones señaladas en el apartado 2, letras a) y b).

cve: BOE-A-2024-18185
Verificable en https://www.boe.es

1. La Dirección General de Estrategia e Innovación de la Industria de
Defensa es el órgano directivo al que le corresponde la planificación y desarrollo
de la política industrial de la Defensa así como la cooperación industrial en esta
materia, la cooperación internacional y representación en foros internacionales de
industria de Defensa, el apoyo institucional a la internacionalización de la industria
de Defensa española y a la exportación, el control del comercio exterior de
armamento y material, de las transferencias de tecnología a terceros países y de
los activos tanto materiales como inmateriales derivados de la política industrial y
de innovación del Departamento. A estos efectos, dependen funcionalmente de
esta dirección general los órganos competentes en las citadas materias de las
Fuerzas Armadas y de los organismos autónomos del Departamento.
2. Corresponden a esta dirección general, en el ámbito de sus competencias,
las siguientes funciones: