III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Subvenciones. (BOE-A-2024-18173)
Orden TES/945/2024, de 6 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones a las actividades de promoción del trabajo autónomo y para sufragar los gastos de funcionamiento de las asociaciones de trabajadores autónomos de ámbito estatal.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 219
Martes 10 de septiembre de 2024
Sec. III. Pág. 112759
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL
Orden TES/945/2024, de 6 de septiembre, por la que se establecen las bases
reguladoras de la concesión de subvenciones a las actividades de promoción
del trabajo autónomo y para sufragar los gastos de funcionamiento de las
asociaciones de trabajadores autónomos de ámbito estatal.
El Ministerio de Trabajo y Economía Social, en virtud del Real Decreto 502/2024,
de 21 de mayo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de
Trabajo y Economía Social, y se modifica el Real Decreto 1052/2015, de 20 de
noviembre, por el que se establece la estructura de las Consejerías de Empleo y
Seguridad Social en el exterior y se regula su organización, funciones y provisión de
puestos de trabajo, tiene atribuidas, entre sus funciones, el diseño, gestión y seguimiento
de programas y ayudas al fomento del trabajo autónomo y de sus organizaciones.
Para la puesta en práctica de dichas funciones, los Presupuestos Generales del
Estado consignan los créditos oportunos en las aplicaciones presupuestarias del
Programa «Desarrollo del Trabajo Autónomo».
El programa del Desarrollo del Trabajo Autónomo se vertebra en torno a tres ideas
fuerza: la primera, la defensa del trabajo decente en el trabajo autónomo; en segundo
lugar, impulsar la cultura del auto emprendimiento contribuyendo de forma activa a
mejorar su entorno social, económico y ambiental; y, por último, situar el diálogo social
como vehículo dinamizador de las personas emprendedoras que protagonizan iniciativas
económicas a través del trabajo autónomo.
La acción de la defensa del trabajo decente en el trabajo autónomo se expresa en
una doble dimensión; respecto del desarrollo del propio trabajo en condiciones dignas y
generando empleo de calidad para otras personas, consolidando un tejido económico
motor del bienestar de nuestra sociedad.
Esta doble dimensión va dirigida a potenciar medidas e iniciativas que contribuyan a
generar un tejido económico y social más sólido, a través de dos factores claves; la
formación en la gestión del propio negocio y en el desarrollo de una actividad con un alto
grado de especialización y valor añadido, de manera que se propicie la optimización de
los recursos, la capacidad de adaptación y la resiliencia de los proyectos y de la
innovación aplicada a la actividad económica para desarrollar el potencial del proyecto; y
la innovación proyectada sobre la mejora de las condiciones en que se lleva a cabo
dicha actividad. El desarrollo del potencial económico de la iniciativa empresarial ha de ir
acompañado de una mejora de las condiciones de trabajo, de la protección de la propia
salud laboral de las personas trabajadoras por cuenta propia, y de avances hacia la
efectiva conciliación de la vida profesional, personal y familiar. De esta manera, se podrá
hacer frente a los grandes retos del trabajo autónomo para adaptarse a los parámetros
del trabajo decente.
Con el impulso a la cultura del autoemprendimiento, se contribuye de forma activa a
mejorar su entorno social, económico y ambiental. Este apoyo institucional decidido a la
actividad de las personas trabajadoras por cuenta propia es fundamental. Dicho apoyo
reclama de actuaciones en muy diferentes ámbitos: en materia de financiación, de
formación, de acompañamiento y asesoramiento, de facilitación de los trámites
administrativos y de mejora de la regulación normativa.
Por último, a través de la Estrategia Nacional de Impulso del Trabajo
Autónomo 2022-2027 (ENDITA 2022-2027), que engloba las líneas de actuación del
Gobierno en materia de trabajo autónomo que se van a desarrollar en los próximos años, se
procederá al impulso renovador para el sector poniendo el foco en medidas clave como la
digitalización, la formación especializada para el trabajo autónomo o la innovación.
cve: BOE-A-2024-18173
Verificable en https://www.boe.es
18173
Núm. 219
Martes 10 de septiembre de 2024
Sec. III. Pág. 112759
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL
Orden TES/945/2024, de 6 de septiembre, por la que se establecen las bases
reguladoras de la concesión de subvenciones a las actividades de promoción
del trabajo autónomo y para sufragar los gastos de funcionamiento de las
asociaciones de trabajadores autónomos de ámbito estatal.
El Ministerio de Trabajo y Economía Social, en virtud del Real Decreto 502/2024,
de 21 de mayo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de
Trabajo y Economía Social, y se modifica el Real Decreto 1052/2015, de 20 de
noviembre, por el que se establece la estructura de las Consejerías de Empleo y
Seguridad Social en el exterior y se regula su organización, funciones y provisión de
puestos de trabajo, tiene atribuidas, entre sus funciones, el diseño, gestión y seguimiento
de programas y ayudas al fomento del trabajo autónomo y de sus organizaciones.
Para la puesta en práctica de dichas funciones, los Presupuestos Generales del
Estado consignan los créditos oportunos en las aplicaciones presupuestarias del
Programa «Desarrollo del Trabajo Autónomo».
El programa del Desarrollo del Trabajo Autónomo se vertebra en torno a tres ideas
fuerza: la primera, la defensa del trabajo decente en el trabajo autónomo; en segundo
lugar, impulsar la cultura del auto emprendimiento contribuyendo de forma activa a
mejorar su entorno social, económico y ambiental; y, por último, situar el diálogo social
como vehículo dinamizador de las personas emprendedoras que protagonizan iniciativas
económicas a través del trabajo autónomo.
La acción de la defensa del trabajo decente en el trabajo autónomo se expresa en
una doble dimensión; respecto del desarrollo del propio trabajo en condiciones dignas y
generando empleo de calidad para otras personas, consolidando un tejido económico
motor del bienestar de nuestra sociedad.
Esta doble dimensión va dirigida a potenciar medidas e iniciativas que contribuyan a
generar un tejido económico y social más sólido, a través de dos factores claves; la
formación en la gestión del propio negocio y en el desarrollo de una actividad con un alto
grado de especialización y valor añadido, de manera que se propicie la optimización de
los recursos, la capacidad de adaptación y la resiliencia de los proyectos y de la
innovación aplicada a la actividad económica para desarrollar el potencial del proyecto; y
la innovación proyectada sobre la mejora de las condiciones en que se lleva a cabo
dicha actividad. El desarrollo del potencial económico de la iniciativa empresarial ha de ir
acompañado de una mejora de las condiciones de trabajo, de la protección de la propia
salud laboral de las personas trabajadoras por cuenta propia, y de avances hacia la
efectiva conciliación de la vida profesional, personal y familiar. De esta manera, se podrá
hacer frente a los grandes retos del trabajo autónomo para adaptarse a los parámetros
del trabajo decente.
Con el impulso a la cultura del autoemprendimiento, se contribuye de forma activa a
mejorar su entorno social, económico y ambiental. Este apoyo institucional decidido a la
actividad de las personas trabajadoras por cuenta propia es fundamental. Dicho apoyo
reclama de actuaciones en muy diferentes ámbitos: en materia de financiación, de
formación, de acompañamiento y asesoramiento, de facilitación de los trámites
administrativos y de mejora de la regulación normativa.
Por último, a través de la Estrategia Nacional de Impulso del Trabajo
Autónomo 2022-2027 (ENDITA 2022-2027), que engloba las líneas de actuación del
Gobierno en materia de trabajo autónomo que se van a desarrollar en los próximos años, se
procederá al impulso renovador para el sector poniendo el foco en medidas clave como la
digitalización, la formación especializada para el trabajo autónomo o la innovación.
cve: BOE-A-2024-18173
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