III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y DEPORTES. Ayudas. (BOE-A-2024-18085)
Resolución de 5 de septiembre de 2024, de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se publica el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Educación de 30 de julio de 2024, por el que se aprueba la propuesta de distribución territorial y los criterios de reparto de los créditos gestionados por comunidades autónomas destinados al Programa de cooperación territorial de financiación de libros de texto y materiales didácticos, en el ejercicio presupuestario 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 218

Lunes 9 de septiembre de 2024

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evaluación del programa, así como para la elaboración de las estadísticas para fines
estatales.
– Remitir al Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes, antes del 31
de marzo de 2026 el estado de ejecución y certificación de control de fondos, de acuerdo
con el artículo 86.2 séptima y octava de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General
Presupuestaria, así como la documentación justificativa establecida en la normativa
nacional aplicable a los créditos transferidos. Esta documentación incluirá, además de la
mencionada, una memoria de actividades y un certificado de desglose económico, de
acuerdo a los modelos facilitados por el MEFPD.
– Hacer constar en todas las actuaciones del programa y difundir, en cualquier
ámbito, la participación del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes.
Así, en todas las actuaciones de comunicación, convocatoria, publicidad, resolución y
notificación de este programa derivadas de la aportación del Estado a las Comunidades
Autónomas, éstas deberán hacer constar expresamente la colaboración del Ministerio y
la mención expresa: «Programa financiado por el Ministerio de Educación, Formación
Profesional y Deportes», así como incorporar el logo institucional del Ministerio de
Educación, Formación Profesional y Deportes.
El Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes se compromete a:

cve: BOE-A-2024-18085
Verificable en https://www.boe.es

– Financiar las actuaciones necesarias para cumplir los objetivos del presente
Programa de acuerdo con los criterios de distribución aprobados en el seno de la
Conferencia Sectorial de Educación.
– Mantener una estructura de coordinación que colaborará con el responsable de
cada Comunidad Autónoma en el apoyo y seguimiento del programa «Libros de texto y
materiales didácticos».
– Realizar el seguimiento de las actuaciones del programa «Libros de texto y
materiales didácticos» en colaboración con las Comunidades Autónomas.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X