III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y DEPORTES. Ayudas. (BOE-A-2024-18092)
Resolución de 5 de septiembre de 2024, de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se publica el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Educación de 30 de julio de 2024, por el que se aprueba la propuesta de distribución territorial y los criterios de reparto de los créditos gestionados por comunidades autónomas destinados al Programa de cooperación territorial para la orientación, avance y enriquecimiento educativo en centros de especial complejidad educativa (Programa PROA+, Fondo Social Europeo+), en el ejercicio presupuestario 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 218
Lunes 9 de septiembre de 2024
Sec. III. Pág. 112195
cada comunidad autónoma se le librarán y harán efectivos por cuartas partes en la
segunda quincena natural de cada trimestre, sin que deba producirse más excepción a
esta regla que la del pago correspondiente al primer trimestre, que sólo podrán hacerse
efectivos una vez se haya aprobado definitivamente la distribución territorial de los
créditos y se hayan suscrito o formalizado los correspondientes compromisos
financieros, convenios o resoluciones, en los términos previstos en las reglas anteriores.
Para llevar a cabo este programa, el Ministerio de Educación, Formación Profesional
Deportes, se compromete a aportar los fondos asignados a las actuaciones del programa
para la orientación, avance y enriquecimiento educativo en centros de especial
complejidad educativa (Programa PROA+, FSE+), distribuidos de acuerdo con los
porcentajes y los criterios de distribución indicados en este acuerdo.
Asimismo, las comunidades autónomas se comprometen a ejecutar toda la
financiación recibida del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes
(MEFPD) para este programa realizando las licitaciones y contrataciones que fueran
necesarias para implementar cada una de las actuaciones en el marco de lo establecido
en el presente programa de cooperación territorial.
6.
Criterios de distribución
El Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes aporta los fondos en
función de los siguientes criterios:
– Nivel de estudios de la población de 25-64 años, en cada comunidad autónoma,
según los datos consolidados del año 2023. Explotación de las variables educativas de la
Encuesta de Población Activa (INE). Subdirección General de Estadística y Estudios del
MEFPD. Ponderación 60 %.
– Tasa de idoneidad (complementario) a los 15 años, en cada comunidad autónoma,
según los datos consolidados del curso 2022-2023. Subdirección General de Estadística
y Estudios del MEFPD. Ponderación 30 %.
– Dispersión de la población e insularidad, según las cifras oficiales de población de
los municipios españoles: Revisión del Padrón Municipal a 1 de enero de 2023 del
Instituto Nacional de Estadística. Porcentaje de población en entidades singulares de
población menores de 5.000 habitantes, se incluye la población completa de las
siguientes islas: Ibiza, Formentera, Menorca, Lanzarote, Fuerteventura, La Gomera, El
Hierro y La Palma. Ponderación 10 %.
Los indicadores estarán ponderados por el número total de alumnado de Educación
Básica y Secundaria Posobligatoria de cada comunidad autónoma.
La distribución del crédito se hace asignando a cada comunidad autónoma un
importe mínimo de 1.500.000,00 euros.
7.
Distribución resultante
Comunidad autónoma
Andalucía.
2024
21.396.750,00
Aragón.
3.827.057,00
Asturias (Principado de).
2.823.667,00
Baleares.
3.915.235,00
Canarias.
5.698.555,00
cve: BOE-A-2024-18092
Verificable en https://www.boe.es
Las Administraciones de las Comunidades Autónomas, en el ejercicio de sus
competencias gestionarán los fondos que le correspondan para implementar las
actuaciones de este programa, de acuerdo con la siguiente distribución:
Núm. 218
Lunes 9 de septiembre de 2024
Sec. III. Pág. 112195
cada comunidad autónoma se le librarán y harán efectivos por cuartas partes en la
segunda quincena natural de cada trimestre, sin que deba producirse más excepción a
esta regla que la del pago correspondiente al primer trimestre, que sólo podrán hacerse
efectivos una vez se haya aprobado definitivamente la distribución territorial de los
créditos y se hayan suscrito o formalizado los correspondientes compromisos
financieros, convenios o resoluciones, en los términos previstos en las reglas anteriores.
Para llevar a cabo este programa, el Ministerio de Educación, Formación Profesional
Deportes, se compromete a aportar los fondos asignados a las actuaciones del programa
para la orientación, avance y enriquecimiento educativo en centros de especial
complejidad educativa (Programa PROA+, FSE+), distribuidos de acuerdo con los
porcentajes y los criterios de distribución indicados en este acuerdo.
Asimismo, las comunidades autónomas se comprometen a ejecutar toda la
financiación recibida del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes
(MEFPD) para este programa realizando las licitaciones y contrataciones que fueran
necesarias para implementar cada una de las actuaciones en el marco de lo establecido
en el presente programa de cooperación territorial.
6.
Criterios de distribución
El Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes aporta los fondos en
función de los siguientes criterios:
– Nivel de estudios de la población de 25-64 años, en cada comunidad autónoma,
según los datos consolidados del año 2023. Explotación de las variables educativas de la
Encuesta de Población Activa (INE). Subdirección General de Estadística y Estudios del
MEFPD. Ponderación 60 %.
– Tasa de idoneidad (complementario) a los 15 años, en cada comunidad autónoma,
según los datos consolidados del curso 2022-2023. Subdirección General de Estadística
y Estudios del MEFPD. Ponderación 30 %.
– Dispersión de la población e insularidad, según las cifras oficiales de población de
los municipios españoles: Revisión del Padrón Municipal a 1 de enero de 2023 del
Instituto Nacional de Estadística. Porcentaje de población en entidades singulares de
población menores de 5.000 habitantes, se incluye la población completa de las
siguientes islas: Ibiza, Formentera, Menorca, Lanzarote, Fuerteventura, La Gomera, El
Hierro y La Palma. Ponderación 10 %.
Los indicadores estarán ponderados por el número total de alumnado de Educación
Básica y Secundaria Posobligatoria de cada comunidad autónoma.
La distribución del crédito se hace asignando a cada comunidad autónoma un
importe mínimo de 1.500.000,00 euros.
7.
Distribución resultante
Comunidad autónoma
Andalucía.
2024
21.396.750,00
Aragón.
3.827.057,00
Asturias (Principado de).
2.823.667,00
Baleares.
3.915.235,00
Canarias.
5.698.555,00
cve: BOE-A-2024-18092
Verificable en https://www.boe.es
Las Administraciones de las Comunidades Autónomas, en el ejercicio de sus
competencias gestionarán los fondos que le correspondan para implementar las
actuaciones de este programa, de acuerdo con la siguiente distribución: