III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y DEPORTES. Ayudas. (BOE-A-2024-18092)
Resolución de 5 de septiembre de 2024, de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se publica el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Educación de 30 de julio de 2024, por el que se aprueba la propuesta de distribución territorial y los criterios de reparto de los créditos gestionados por comunidades autónomas destinados al Programa de cooperación territorial para la orientación, avance y enriquecimiento educativo en centros de especial complejidad educativa (Programa PROA+, Fondo Social Europeo+), en el ejercicio presupuestario 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 9 de septiembre de 2024

Sec. III. Pág. 112189

Igualmente, el artículo 148.2.f) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público, dispone que, en el seno de la Conferencia Sectorial
Educación, se fijarán los criterios de reparto y la distribución resultante entre las
Comunidades Autónomas.
El Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes realizará el
seguimiento y control de la aplicación de los créditos, con objeto de comprobar el destino
específico para el que fueron transferidos y su adecuada ejecución, según los
mecanismos que, a tal efecto, se incluyan en el Acuerdo de la Conferencia Sectorial por
el que se fijen los criterios objetivos que sirvan de base para la distribución territorial de
los créditos presupuestarios, así como la distribución resultante.
Respecto a la tramitación de este acuerdo, cabe señalar que, según lo dispuesto en
la disposición adicional primera, apartado cuatro, de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre
de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023 prorrogados para 2024, con
carácter previo al acuerdo de Conferencia Sectorial sobre distribución de créditos
regulado en el artículo 86.2 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General
Presupuestaria se ha recabado el informe favorable de la Secretaría de Estado de
Presupuestos y Gastos.
Asimismo, de acuerdo con lo previsto en el apartado a), de la regla segunda, del
artículo 86.2 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, al ser el importe total a distribuir
superior a 12 millones de euros, se ha recabado, con carácter previo a la convocatoria
de la Conferencia Sectorial, la autorización del Consejo de Ministros de 23 de julio
de 2024. La citada autorización no conlleva la aprobación del gasto, que deberá
realizarse por el órgano competente con carácter previo a la celebración de la
Conferencia Sectorial.
Una vez aprobada la distribución de los créditos por la Conferencia Sectorial, la
concesión correspondiente a cada comunidad autónoma se realizará por resolución del
Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes.
En su virtud, el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes y las
Comunidades Autónomas acuerdan aprobar el programa de cooperación territorial para
la orientación, avance y enriquecimiento educativo en centros de especial complejidad
educativa, PROA+ FSE+, los criterios objetivos que sirven de base para la distribución
territorial del crédito, así como la distribución resultante a las Comunidades Autónomas,
en el año 2024, por importe de 105.936.386,00 euros, en los términos establecidos en el
anexo del presente acuerdo.
ANEXO
Programa de cooperación territorial para la orientación, avance y enriquecimiento
educativo en centros de especial complejidad educativa (Programa PROA+,
Fondo Social Europeo+)
1.

Normativa aplicable

– Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.
– Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
– Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
– Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo de Educación, modificada por la Ley
Orgánica 3/2020, de 29 de noviembre.
– Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de junio
de 2021 por el que se establecen las disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo
de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo Plus, al Fondo de Cohesión, al Fondo
de Transición Justa y al Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura, así como
las normas financieras para dichos Fondos y para el Fondo de Asilo, Migración e
Integración, el Fondo de Seguridad Interior y el Instrumento de Apoyo Financiero a la
Gestión de Fronteras y la Política de Visados.

cve: BOE-A-2024-18092
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Núm. 218