III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-18095)
Resolución de 29 de agosto de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Parque Solar Fotovoltaico San Lorenzo D, de 34,377 MW de potencia instalada, para su hibridación con el parque eólico existente San Lorenzo D, de 33,75 MW, y para una parte de su infraestructura de evacuación, en la provincia de Valladolid".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 9 de septiembre de 2024
Sec. III. Pág. 112236
Mudarra, propiedad de Red Eléctrica de España (REE). En este sentido, se origina una
instalación híbrida de generación eléctrica de origen renovable.
La SET San Lorenzo 30/220 kV, la LAAT (220 kV) y la SET Mudarra (REE) quedan
fuera del alcance de este proyecto y no son objeto de la presente evaluación.
Además, se realizarán labores de adecuación de la SET San Lorenzo 30/220 kV,
para la conexión de la nueva planta en 30 kV, incorporando nuevas celdas de conexión y
medida que se conectarán a la barra de distribución de 30 kV existente, donde se prevé
que se evacúe la energía del módulo de generación fotovoltaico con valor nominal
de 34,377 MW.
Las obras tendrán una duración aproximada de cinco meses.
Finalmente, el desmantelamiento de la instalación consistirá en la retirada de los
paneles, el desmontaje de la estructura de soporte y de las estaciones de potencia, el
relleno de los huecos resultantes con 30 cm de tierra vegetal, la demolición y retirada de
las arquetas de concentración y de la instalación de transformación y su traslado a
vertedero autorizado, el desenterramiento de la LSMT, la retirada del cerramiento y su
incorporación a la cadena de reciclado de metales.
Tras el desmontaje de los componentes, se procederá a la restauración de la parcela
seleccionada para la implantación de la PHFV, se realizará una remodelación,
descompactación y despedregado del terreno, así como un aporte de tierra vegetal
procedente de la tierra retirada y acopiada durante la construcción.
En relación con los residuos de obra, el estudio de impacto ambiental (EsIA) incluye
un estudio de gestión de residuos, que será utilizado posteriormente por el contratista de
la obra para la elaboración del Plan de Gestión de Residuos.
2.
Tramitación del procedimiento
Conforme al artículo 36 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación
ambiental, con fechas 15 y 21 de marzo de 2023, la Dirección General de Política
Energética y Minas del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
publica respectivos anuncios en el BOE y en el «Boletín Oficial de la Provincia de
Valladolid», por los que se somete a información pública el documento técnico y el
estudio de impacto ambiental del proyecto «Parque Solar Fotovoltaico San Lorenzo D,
de 34,377 MW de potencia instalada, para su hibridación con el parque eólico existente
San Lorenzo D, de 33,75 MW, y para una parte de su infraestructura de evacuación, en
la provincia de Valladolid». Además, se publican anuncios en el Tablón de Edictos del
Ayuntamiento de Torrelobatón (del 14 de febrero al 29 de marzo de 2023) y del
Ayuntamiento de Castromonte (del 14 de febrero al 28 de marzo de 2023).
Simultáneamente, y en virtud del artículo 37 de la citada ley, se realiza el trámite de
consultas a las Administraciones Públicas afectadas y personas interesadas, durante al
menos treinta días.
El resultado de los trámites de información pública y consultas se resume en el
anexo de la presente resolución.
Con fecha 30 de octubre de 2023, tiene entrada en esta Dirección General el
expediente para el inicio del trámite de evaluación ambiental ordinaria. Tras el análisis de la
documentación se advierte que el contenido del informe elaborado por la Dirección General
de Patrimonio Natural y Política Forestal de la Junta de Castilla y León, así como el
contenido del informe del Ministerio de Defensa no es suficiente para disponer de los
elementos de juicio necesarios para poder realizar una adecuada evaluación ambiental. Por
ello, con fecha 5 de diciembre de 2023, en aplicación del artículo 40.2 de la Ley 21/2013, se
emite requerimiento de subsanación del expediente al órgano sustantivo, solicitando que se
complete la información por parte de los mencionados organismos.
No habiendo recibido respuesta, el 20 de febrero de 2024, se realiza requerimiento al
órgano superior jerárquico de dichos organismos. Con fechas 26 y 27 de febrero de 2024,
tienen entrada los informes preceptivos de la Dirección General de Patrimonio Natural y
Política Forestal de la Junta de Castilla y León y del Ministerio de Defensa, respectivamente.
cve: BOE-A-2024-18095
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 218
Lunes 9 de septiembre de 2024
Sec. III. Pág. 112236
Mudarra, propiedad de Red Eléctrica de España (REE). En este sentido, se origina una
instalación híbrida de generación eléctrica de origen renovable.
La SET San Lorenzo 30/220 kV, la LAAT (220 kV) y la SET Mudarra (REE) quedan
fuera del alcance de este proyecto y no son objeto de la presente evaluación.
Además, se realizarán labores de adecuación de la SET San Lorenzo 30/220 kV,
para la conexión de la nueva planta en 30 kV, incorporando nuevas celdas de conexión y
medida que se conectarán a la barra de distribución de 30 kV existente, donde se prevé
que se evacúe la energía del módulo de generación fotovoltaico con valor nominal
de 34,377 MW.
Las obras tendrán una duración aproximada de cinco meses.
Finalmente, el desmantelamiento de la instalación consistirá en la retirada de los
paneles, el desmontaje de la estructura de soporte y de las estaciones de potencia, el
relleno de los huecos resultantes con 30 cm de tierra vegetal, la demolición y retirada de
las arquetas de concentración y de la instalación de transformación y su traslado a
vertedero autorizado, el desenterramiento de la LSMT, la retirada del cerramiento y su
incorporación a la cadena de reciclado de metales.
Tras el desmontaje de los componentes, se procederá a la restauración de la parcela
seleccionada para la implantación de la PHFV, se realizará una remodelación,
descompactación y despedregado del terreno, así como un aporte de tierra vegetal
procedente de la tierra retirada y acopiada durante la construcción.
En relación con los residuos de obra, el estudio de impacto ambiental (EsIA) incluye
un estudio de gestión de residuos, que será utilizado posteriormente por el contratista de
la obra para la elaboración del Plan de Gestión de Residuos.
2.
Tramitación del procedimiento
Conforme al artículo 36 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación
ambiental, con fechas 15 y 21 de marzo de 2023, la Dirección General de Política
Energética y Minas del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
publica respectivos anuncios en el BOE y en el «Boletín Oficial de la Provincia de
Valladolid», por los que se somete a información pública el documento técnico y el
estudio de impacto ambiental del proyecto «Parque Solar Fotovoltaico San Lorenzo D,
de 34,377 MW de potencia instalada, para su hibridación con el parque eólico existente
San Lorenzo D, de 33,75 MW, y para una parte de su infraestructura de evacuación, en
la provincia de Valladolid». Además, se publican anuncios en el Tablón de Edictos del
Ayuntamiento de Torrelobatón (del 14 de febrero al 29 de marzo de 2023) y del
Ayuntamiento de Castromonte (del 14 de febrero al 28 de marzo de 2023).
Simultáneamente, y en virtud del artículo 37 de la citada ley, se realiza el trámite de
consultas a las Administraciones Públicas afectadas y personas interesadas, durante al
menos treinta días.
El resultado de los trámites de información pública y consultas se resume en el
anexo de la presente resolución.
Con fecha 30 de octubre de 2023, tiene entrada en esta Dirección General el
expediente para el inicio del trámite de evaluación ambiental ordinaria. Tras el análisis de la
documentación se advierte que el contenido del informe elaborado por la Dirección General
de Patrimonio Natural y Política Forestal de la Junta de Castilla y León, así como el
contenido del informe del Ministerio de Defensa no es suficiente para disponer de los
elementos de juicio necesarios para poder realizar una adecuada evaluación ambiental. Por
ello, con fecha 5 de diciembre de 2023, en aplicación del artículo 40.2 de la Ley 21/2013, se
emite requerimiento de subsanación del expediente al órgano sustantivo, solicitando que se
complete la información por parte de los mencionados organismos.
No habiendo recibido respuesta, el 20 de febrero de 2024, se realiza requerimiento al
órgano superior jerárquico de dichos organismos. Con fechas 26 y 27 de febrero de 2024,
tienen entrada los informes preceptivos de la Dirección General de Patrimonio Natural y
Política Forestal de la Junta de Castilla y León y del Ministerio de Defensa, respectivamente.
cve: BOE-A-2024-18095
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 218