III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES. Convenios. (BOE-A-2024-18106)
Resolución de 20 de agosto de 2024, del Instituto de Astrofísica de Canarias, por la que se publica el Convenio con Southeastern Association for Research in Astronomy, sobre la operación del Jacobus Kapteyn Telescope en el Observatorio del Roque de los Muchachos en La Palma.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 9 de septiembre de 2024
Sec. III. Pág. 112321
España, en virtud de la Constitución Española, de 29 de diciembre de 1978, en su
artículo 149.1.15.ª
II. Que el IAC es un Organismo Público de Investigación español, constituido
jurídicamente como Consorcio Público e integrado por la Administración General del
Estado, la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, la Universidad
de La Laguna y el Consejo Superior de Investigaciones Científicas de España (CSIC), de
acuerdo con la ley 14/2011 de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.
III. Que los fines del IAC, conforme a sus Estatutos («Boletín Oficial del Estado»
del 21 de diciembre de 2018), son la investigación astrofísica, el desarrollo de
instrumentación científica, la formación de personal investigador, la administración de los
Observatorios de Canarias y la divulgación científica.
IV. Que el Reino de España abrió los Observatorios de Canarias del IAC (en
adelante, OCAN) a la comunidad científica internacional desde que se firmara el Acuerdo
de cooperación en astrofísica y su protocolo el 26 de mayo de 1979, publicado en el
BOE número 246, de 14 de octubre de 1983, (en adelante, el Tratado Internacional).
Todas las instalaciones y equipos de la SARA se consideran como una instalación
telescópica especial del IAC dentro del marco del Tratado Internacional y con respecto a
las relaciones con terceros.
V. Conforme al Tratado Internacional, se ha establecido el Comité Científico
Internacional (en adelante, CCI) para proporcionar a los operadores de los telescopios,
las instituciones usuarias, un foro en el que expresar sus necesidades y preferencias con
respecto a la gestión del Observatorio y a sus servicios comunes.
VI. Que el IAC está firmemente convencido de los beneficios sociales, científicos y
tecnológicos que la divulgación astrofísica proporciona. De este modo, como viene
realizando desde hace décadas, desea seguir promoviendo distintos proyectos de
divulgación astrofísica y astronómica. Además, la operación exitosa del Telescopio
Jacobus Kapteyn (en adelante, JKT) por parte de la SARA y el IAC creará una atmósfera
de colaboración para el desarrollo de ciencia y tecnología para el mutuo beneficio de las
Partes.
VII. Que el IAC opera los OCAN, donde ha desarrollado las infraestructuras,
laboratorios y equipamiento necesarios para ello en sus centros de La Laguna, el CALP
e IACTEC y en el Observatorio del Teide, Tenerife (en adelante, OT) y en el Observatorio
del Roque de los Muchachos, La Palma (en adelante, ORM).
VIII. Las obligaciones del IAC definidas en este convenio se llevarán a cabo dentro
del marco del citado Tratado Internacional de Cooperación en Astrofísica, firmado
en 1979, y toda la legislación aplicable al IAC.
IX. Que las condiciones geográficas y atmosféricas únicas que se dan en los
OO. CC. para la observación, junto con la diferencia de huso horario en relación con los
Estados Unidos de América (en adelante, EE. UU.) permitirán a la SARA ofrecer y
aprovechar astronomía de calidad durante el período diurno en EE. UU.
X. Actualmente, el consorcio SARA tiene 15 miembros. Cada universidad miembro
tiene varios académicos activamente comprometidos en la investigación astronómica.
El objetivo es promover una asociación con beneficios mutuos para instituciones de
enseñanza superior, principalmente mediante el uso compartido de telescopios de
clase 1 m e iniciativas educativas como la «Experiencia de Investigación para
Estudiantes», con financiación de la National Science Foundation (NSF), y otras
entidades financiadoras de Estados Unidos.
XI. Que existe una coincidencia importante en los intereses científicos entre el
personal y los estudiantes del IAC y las universidades que son miembros de la SARA.
Ambas Partes tienen interés en la formación avanzada de sus estudiantes por medio del
uso de telescopios profesionales y participar en el desarrollo tecnológico, así como en la
divulgación de la astronomía. El IAC está colaborando con miembros de la SARA en
proyectos conjuntos de investigación astrofísica y, por tanto, el IAC ofrece la
infraestructura de su Observatorio del Roque de los Muchachos y su telescopio, el JKT,
que la SARA operará por control remoto como una instalación para la investigación y la
cve: BOE-A-2024-18106
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 218
Lunes 9 de septiembre de 2024
Sec. III. Pág. 112321
España, en virtud de la Constitución Española, de 29 de diciembre de 1978, en su
artículo 149.1.15.ª
II. Que el IAC es un Organismo Público de Investigación español, constituido
jurídicamente como Consorcio Público e integrado por la Administración General del
Estado, la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, la Universidad
de La Laguna y el Consejo Superior de Investigaciones Científicas de España (CSIC), de
acuerdo con la ley 14/2011 de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.
III. Que los fines del IAC, conforme a sus Estatutos («Boletín Oficial del Estado»
del 21 de diciembre de 2018), son la investigación astrofísica, el desarrollo de
instrumentación científica, la formación de personal investigador, la administración de los
Observatorios de Canarias y la divulgación científica.
IV. Que el Reino de España abrió los Observatorios de Canarias del IAC (en
adelante, OCAN) a la comunidad científica internacional desde que se firmara el Acuerdo
de cooperación en astrofísica y su protocolo el 26 de mayo de 1979, publicado en el
BOE número 246, de 14 de octubre de 1983, (en adelante, el Tratado Internacional).
Todas las instalaciones y equipos de la SARA se consideran como una instalación
telescópica especial del IAC dentro del marco del Tratado Internacional y con respecto a
las relaciones con terceros.
V. Conforme al Tratado Internacional, se ha establecido el Comité Científico
Internacional (en adelante, CCI) para proporcionar a los operadores de los telescopios,
las instituciones usuarias, un foro en el que expresar sus necesidades y preferencias con
respecto a la gestión del Observatorio y a sus servicios comunes.
VI. Que el IAC está firmemente convencido de los beneficios sociales, científicos y
tecnológicos que la divulgación astrofísica proporciona. De este modo, como viene
realizando desde hace décadas, desea seguir promoviendo distintos proyectos de
divulgación astrofísica y astronómica. Además, la operación exitosa del Telescopio
Jacobus Kapteyn (en adelante, JKT) por parte de la SARA y el IAC creará una atmósfera
de colaboración para el desarrollo de ciencia y tecnología para el mutuo beneficio de las
Partes.
VII. Que el IAC opera los OCAN, donde ha desarrollado las infraestructuras,
laboratorios y equipamiento necesarios para ello en sus centros de La Laguna, el CALP
e IACTEC y en el Observatorio del Teide, Tenerife (en adelante, OT) y en el Observatorio
del Roque de los Muchachos, La Palma (en adelante, ORM).
VIII. Las obligaciones del IAC definidas en este convenio se llevarán a cabo dentro
del marco del citado Tratado Internacional de Cooperación en Astrofísica, firmado
en 1979, y toda la legislación aplicable al IAC.
IX. Que las condiciones geográficas y atmosféricas únicas que se dan en los
OO. CC. para la observación, junto con la diferencia de huso horario en relación con los
Estados Unidos de América (en adelante, EE. UU.) permitirán a la SARA ofrecer y
aprovechar astronomía de calidad durante el período diurno en EE. UU.
X. Actualmente, el consorcio SARA tiene 15 miembros. Cada universidad miembro
tiene varios académicos activamente comprometidos en la investigación astronómica.
El objetivo es promover una asociación con beneficios mutuos para instituciones de
enseñanza superior, principalmente mediante el uso compartido de telescopios de
clase 1 m e iniciativas educativas como la «Experiencia de Investigación para
Estudiantes», con financiación de la National Science Foundation (NSF), y otras
entidades financiadoras de Estados Unidos.
XI. Que existe una coincidencia importante en los intereses científicos entre el
personal y los estudiantes del IAC y las universidades que son miembros de la SARA.
Ambas Partes tienen interés en la formación avanzada de sus estudiantes por medio del
uso de telescopios profesionales y participar en el desarrollo tecnológico, así como en la
divulgación de la astronomía. El IAC está colaborando con miembros de la SARA en
proyectos conjuntos de investigación astrofísica y, por tanto, el IAC ofrece la
infraestructura de su Observatorio del Roque de los Muchachos y su telescopio, el JKT,
que la SARA operará por control remoto como una instalación para la investigación y la
cve: BOE-A-2024-18106
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 218