II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2024-18071)
Resolución de 2 de septiembre de 2024, de la Universidad de Huelva, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
15 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 218
Lunes 9 de septiembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 111991
c) Tener cumplidos dieciséis años de edad y no exceder, en su caso, de la edad
máxima de jubilación forzosa.
d) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas
correspondientes a profesor o profesora de universidad.
e) No haber sido separada mediante expediente disciplinario del servicio de
cualquiera de las Administraciones públicas o de los Órganos Constitucionales o
Estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o
especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al Cuerpo
o Escala de funcionarios/as, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban
en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado/a o inhabilitado/a. En el
caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado/a o en situación equivalente
ni haber sido sometido/a a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado,
en los mismos términos el acceso al empleo público.
2.2
Requisitos específicos.
a) Poseer la acreditación para el cuerpo Catedrático de Universidad, de acuerdo
con lo establecido en el título I del Real Decreto 678/2023, de 18 de julio. Asimismo,
podrán presentarse a estos concursos quienes posean la acreditación para el acceso a
dicho cuerpo de Catedrático de Universidad, conforme a lo establecido en el Real
Decreto 1312/2007, de 5 de octubre, y en el Real Decreto 415/2015, de 29 de mayo.
También podrán concursar quienes se encuentren en posesión de la habilitación para el
acceso al respectivo cuerpo de Catedráticos/as de Universidad, conforme a lo
establecido en el Real Decreto 774/2002, de 26 de julio, sin que el área de conocimiento
en la que fueron habilitados resulte condicionante para concursar a cualquiera de las
plazas convocadas.
b) Haber prestado como mínimo dos años de servicios efectivos en el puesto de
Profesorado Titular de Universidad de origen.
2.3 En el supuesto de personas de nacionalidad no española o de un Estado en el
que la lengua castellana o española no tenga carácter oficial, tener un conocimiento
adecuado del idioma español para el desempeño de la labor docente e investigadora
asignada. A tal efecto, se podrá exigir, en su caso, la superación de una prueba
específica que lo acredite. Quedarán eximidas de realizar la prueba las personas que
estén en posesión del diploma español como lengua extranjera (nivel C1 o superior)
regulado por el Real Decreto 1137/2002, de 31 de octubre, o del certificado de nivel
avanzado o equivalente en español para extranjeros, expedido por la administración
educativa competente. A tal efecto, junto a la solicitud de participación deberán aportar
copia auténtica, compulsada o autenticada por otro medio fehaciente, de dicho diploma o
del mencionado certificado.
2.4 Todos los requisitos enumerados en las bases 2.1, 2.2 y, en su caso, 2.3
deberán poseerse al día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes y
mantenerse hasta el momento de la toma de posesión.
3.
Presentación.
3.1.1 En el plazo de diez días hábiles, a partir del día siguiente al de la publicación
de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», las personas interesadas
presentarán su solicitud en formato normalizado (anexo II de esta Resolución, y también
publicado en la página web https://www.uhu.es/ordenacion-academica/plazas-deprofesorado/plazas-cuerpos-docentes-universitarios), dirigida a la Sra. Rectora Magfca.
de la Universidad de Huelva, debiendo incorporar los documentos necesarios para su
acreditación, en el Registro General de la Universidad de Huelva (Dirección: Universidad
de Huelva, C/ Doctor Cantero Cuadrado, núm. 6, C.P. 21004 Huelva), sin perjuicio de la
presentación de la solicitud de conformidad con lo previsto en el artículo 16.4 de la
cve: BOE-A-2024-18071
Verificable en https://www.boe.es
3.1
Solicitudes y documentación
Núm. 218
Lunes 9 de septiembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 111991
c) Tener cumplidos dieciséis años de edad y no exceder, en su caso, de la edad
máxima de jubilación forzosa.
d) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas
correspondientes a profesor o profesora de universidad.
e) No haber sido separada mediante expediente disciplinario del servicio de
cualquiera de las Administraciones públicas o de los Órganos Constitucionales o
Estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o
especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al Cuerpo
o Escala de funcionarios/as, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban
en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado/a o inhabilitado/a. En el
caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado/a o en situación equivalente
ni haber sido sometido/a a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado,
en los mismos términos el acceso al empleo público.
2.2
Requisitos específicos.
a) Poseer la acreditación para el cuerpo Catedrático de Universidad, de acuerdo
con lo establecido en el título I del Real Decreto 678/2023, de 18 de julio. Asimismo,
podrán presentarse a estos concursos quienes posean la acreditación para el acceso a
dicho cuerpo de Catedrático de Universidad, conforme a lo establecido en el Real
Decreto 1312/2007, de 5 de octubre, y en el Real Decreto 415/2015, de 29 de mayo.
También podrán concursar quienes se encuentren en posesión de la habilitación para el
acceso al respectivo cuerpo de Catedráticos/as de Universidad, conforme a lo
establecido en el Real Decreto 774/2002, de 26 de julio, sin que el área de conocimiento
en la que fueron habilitados resulte condicionante para concursar a cualquiera de las
plazas convocadas.
b) Haber prestado como mínimo dos años de servicios efectivos en el puesto de
Profesorado Titular de Universidad de origen.
2.3 En el supuesto de personas de nacionalidad no española o de un Estado en el
que la lengua castellana o española no tenga carácter oficial, tener un conocimiento
adecuado del idioma español para el desempeño de la labor docente e investigadora
asignada. A tal efecto, se podrá exigir, en su caso, la superación de una prueba
específica que lo acredite. Quedarán eximidas de realizar la prueba las personas que
estén en posesión del diploma español como lengua extranjera (nivel C1 o superior)
regulado por el Real Decreto 1137/2002, de 31 de octubre, o del certificado de nivel
avanzado o equivalente en español para extranjeros, expedido por la administración
educativa competente. A tal efecto, junto a la solicitud de participación deberán aportar
copia auténtica, compulsada o autenticada por otro medio fehaciente, de dicho diploma o
del mencionado certificado.
2.4 Todos los requisitos enumerados en las bases 2.1, 2.2 y, en su caso, 2.3
deberán poseerse al día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes y
mantenerse hasta el momento de la toma de posesión.
3.
Presentación.
3.1.1 En el plazo de diez días hábiles, a partir del día siguiente al de la publicación
de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», las personas interesadas
presentarán su solicitud en formato normalizado (anexo II de esta Resolución, y también
publicado en la página web https://www.uhu.es/ordenacion-academica/plazas-deprofesorado/plazas-cuerpos-docentes-universitarios), dirigida a la Sra. Rectora Magfca.
de la Universidad de Huelva, debiendo incorporar los documentos necesarios para su
acreditación, en el Registro General de la Universidad de Huelva (Dirección: Universidad
de Huelva, C/ Doctor Cantero Cuadrado, núm. 6, C.P. 21004 Huelva), sin perjuicio de la
presentación de la solicitud de conformidad con lo previsto en el artículo 16.4 de la
cve: BOE-A-2024-18071
Verificable en https://www.boe.es
3.1
Solicitudes y documentación