II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2024-18070)
Resolución de 2 de septiembre de 2024, de la Universidad de Huelva, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
18 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 218
Lunes 9 de septiembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 111983
concurso señalado en el punto anterior, a petición de los interesados, en tanto se
mantenga la situación de licencia.
16.
Nombramientos y tomas de posesión
16.1 La Rectora procederá a realizar los nombramientos de las personas
adjudicatarias, de conformidad con la propuesta de la Comisión de Selección, una vez
que la persona adjudicataria acredite, en el plazo máximo de diez días hábiles contados
desde el día siguiente a la publicación de la propuesta de provisión, el cumplimiento de
los requisitos establecidos en la Base 2 de esta convocatoria, mediante la presentación
en el Registro de esta Universidad de la siguiente documentación:
A continuación, se ordenará la inscripción del nombramiento en el correspondiente
registro de personal y su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» y en el «Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía», así como su comunicación al Consejo de
Universidades.
16.2. En un plazo máximo de veinte días hábiles a contar desde el día siguiente a
la publicación de su nombramiento en el «Boletín Oficial del Estado», la persona
nombrada deberá tomar posesión de su plaza, momento en el que adquirirá la condición
de funcionaria o funcionario del CDU de que se trate, con los derechos y deberes que le
son propios.
16.3. La plaza obtenida tras el concurso deberá desempeñarse durante dos años,
al menos, antes de poder participar en un nuevo concurso para obtener una plaza en
otra Universidad.
16.4. Las resoluciones de la Rectora que realicen los nombramientos pondrán fin a
la vía administrativa, pudiendo interponerse contra ellas recurso potestativo de
reposición, o bien ser recurridas directamente ante la jurisdicción contenciosoadministrativa, de acuerdo con lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de dicha jurisdicción.
17.
Incompatibilidades
El personal docente e investigador objeto de esta convocatoria estará sujeto a lo
previsto en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al
Servicio de las Administraciones Públicas, y en sus normas de desarrollo, sin perjuicio de
lo dispuesto en el artículo 60 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema
Universitario.
cve: BOE-A-2024-18070
Verificable en https://www.boe.es
a) Copia del DNI en vigor, o documento equivalente, de ser su nacionalidad distinta
de la española.
b) Copia del Certificado de Acreditación Nacional exigida para el Cuerpo al que se
concursa.
c) Declaración jurada de no haber sido separada mediante expediente disciplinario
del servicio de cualquiera de las Administraciones públicas o de los Órganos
Constitucionales o Estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en
inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial,
para el acceso al Cuerpo o Escala de funcionarios, o para ejercer funciones similares a
las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido
separado/a o inhabilitado/a. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse
inhabilitado/a o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o
equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo
público.
d) Certificado Médico Oficial de no padecer enfermedad ni discapacidad física ni
psíquica que le incapacite para el desempeño de las funciones correspondiente a
profesor o profesora de universidad (a excepción de quienes posean ya la condición de
Funcionario de Carrera de la Universidad de Huelva).
Núm. 218
Lunes 9 de septiembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 111983
concurso señalado en el punto anterior, a petición de los interesados, en tanto se
mantenga la situación de licencia.
16.
Nombramientos y tomas de posesión
16.1 La Rectora procederá a realizar los nombramientos de las personas
adjudicatarias, de conformidad con la propuesta de la Comisión de Selección, una vez
que la persona adjudicataria acredite, en el plazo máximo de diez días hábiles contados
desde el día siguiente a la publicación de la propuesta de provisión, el cumplimiento de
los requisitos establecidos en la Base 2 de esta convocatoria, mediante la presentación
en el Registro de esta Universidad de la siguiente documentación:
A continuación, se ordenará la inscripción del nombramiento en el correspondiente
registro de personal y su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» y en el «Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía», así como su comunicación al Consejo de
Universidades.
16.2. En un plazo máximo de veinte días hábiles a contar desde el día siguiente a
la publicación de su nombramiento en el «Boletín Oficial del Estado», la persona
nombrada deberá tomar posesión de su plaza, momento en el que adquirirá la condición
de funcionaria o funcionario del CDU de que se trate, con los derechos y deberes que le
son propios.
16.3. La plaza obtenida tras el concurso deberá desempeñarse durante dos años,
al menos, antes de poder participar en un nuevo concurso para obtener una plaza en
otra Universidad.
16.4. Las resoluciones de la Rectora que realicen los nombramientos pondrán fin a
la vía administrativa, pudiendo interponerse contra ellas recurso potestativo de
reposición, o bien ser recurridas directamente ante la jurisdicción contenciosoadministrativa, de acuerdo con lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de dicha jurisdicción.
17.
Incompatibilidades
El personal docente e investigador objeto de esta convocatoria estará sujeto a lo
previsto en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al
Servicio de las Administraciones Públicas, y en sus normas de desarrollo, sin perjuicio de
lo dispuesto en el artículo 60 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema
Universitario.
cve: BOE-A-2024-18070
Verificable en https://www.boe.es
a) Copia del DNI en vigor, o documento equivalente, de ser su nacionalidad distinta
de la española.
b) Copia del Certificado de Acreditación Nacional exigida para el Cuerpo al que se
concursa.
c) Declaración jurada de no haber sido separada mediante expediente disciplinario
del servicio de cualquiera de las Administraciones públicas o de los Órganos
Constitucionales o Estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en
inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial,
para el acceso al Cuerpo o Escala de funcionarios, o para ejercer funciones similares a
las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido
separado/a o inhabilitado/a. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse
inhabilitado/a o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o
equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo
público.
d) Certificado Médico Oficial de no padecer enfermedad ni discapacidad física ni
psíquica que le incapacite para el desempeño de las funciones correspondiente a
profesor o profesora de universidad (a excepción de quienes posean ya la condición de
Funcionario de Carrera de la Universidad de Huelva).