III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA. Convenios. (BOE-A-2024-18099)
Resolución de 2 de septiembre de 2024, del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, por la que se publica el Convenio con Redelae.Lat, para la programación conjunta de actividades de artes escénicas y música representativas de la cultura española en el marco del Festival Internacional de Teatro de Manizales, del Festival Internacional de Teatro y Música de Comfama San Ignacio (Medellín) y del Festival Internacional de Artes Vivas (Bogotá D.C.), en Colombia, durante 2024 y 2025, dirigida al refuerzo de la competitividad de las industrias culturales en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia -financiado por la Unión Europea- Next Generation EU.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 218

Lunes 9 de septiembre de 2024

Sec. III. Pág. 112298

del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia - Financiado por la Unión
Europea - NextGenerationEU, con el fin de organizar una programación conjunta de
actividades de artes escénicas y música representativas de la cultura española en el
marco del Festival Internacional de Teatro de Manizales, del Festival Internacional de
Teatro y Música de Comfama San Ignacio (Medellín) y del Festival Internacional de Artes
Vivas (Bogotá D.C.), en Colombia, durante 2024 y 2025.
Segunda.

Actuaciones de las partes.

Las partes participarán activamente en la organización conjunta de las actividades y
realizarán un seguimiento de la gestión de todas las actuaciones que integren la
programación.
Las partes se comprometen a realizar representaciones (conciertos, espectáculos y
lecturas dramatizadas, entre otros) de hasta un máximo de ocho (8) artistas y/o
compañías privadas españolas de relevancia en las artes escénicas o la música, que
serán concretadas en la Comisión de Seguimiento entre las partes, con criterios de
excelencia y representatividad de la cultura española.
Las actuaciones comprendidas en esta cláusula tendrán lugar durante los años 2024
y 2025. Dentro de este periodo, las fechas específicas de todas las actuaciones se
concretarán asimismo por acuerdo de las partes en la Comisión de Seguimiento prevista
en la cláusula octava.
Tercera. Obligaciones y compromisos económicos asumidos por las partes.
El INAEM, para su cumplimento, se compromete a:
– Suscribir contratos con cada uno de los artistas y compañías españolas para el pago
de los honorarios, con cargo a la aplicación presupuestaria 24.107.14XA.290.27.15, hasta
un importe máximo de ciento ochenta mil euros (180.000 €), IVA incluido.

– Suscribir contratos con cada uno de los artistas y compañías españolas, para el
pago del alojamiento, gastos de manutención, desplazamientos internos en Colombia
para sus representaciones, conciertos o actuaciones. Asimismo, se compromete al pago
de los gastos de producción; la construcción de la escenografía si fuese necesario; el
transporte de la carga y los costos operativos locales; derechos de autor, publicidad y
ediciones; implantación técnica del espectáculo; personal y servicios generales para la
organización de las representaciones; y otros gastos que pudieran ser necesarios para
las funciones o el desarrollo de las acciones previstas, y que explícitamente no esté
cubierto por el INAEM, hasta un máximo de ciento once mil euros (111.000 €) impuestos
incluidos.
– Además, en todos los casos, REDELAE se compromete a asumir los siguientes
gastos derivados de su funcionamiento estructural y los gastos inherentes al desarrollo
de los festivales –Festival Internacional de Teatro de Manizales, del Festival Internacional
de Teatro y Música de Comfama San Ignacio (Medellín) y del Festival Internacional de

cve: BOE-A-2024-18099
Verificable en https://www.boe.es

La estimación económica de la participación del INAEM se cuantifica, por lo tanto, en
un máximo de ciento ochenta mil euros (180.000 €), IVA incluido, cuantía que se
articulará a través de contratos específicos. La distribución anual será de cincuenta mil
euros (50.000 €) para el ejercicio 2024, y ciento treinta mil euros (130.000 €) para el
ejercicio 2025, siempre que exista crédito adecuado y suficiente.
Por acuerdo de las partes en la Comisión de Seguimiento podrán aprobarse
reajustes de las anualidades de las aportaciones, en función de la evolución de la
ejecución del objeto y de las actuaciones asumidas en el Convenio, siempre que estos
reajustes no supongan un incremento económico del global de la aportación ni del plazo
total. En este caso, los posibles reajustes se someterán a previa intervención delegada
en el Organismo.
REDELAE, para su cumplimiento, se compromete a: