III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-18096)
Resolución de 2 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula Informe de Determinación de Afección Ambiental del proyecto "Planta Fotovoltaica Helioenergy PV2, de 4,99 MW de potencia instalada, para su hibridación con la planta termosolar existente Helioenergy 2, de 50 MW de potencia instalada, y de su infraestructura de evacuación", en Écija (Sevilla).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 218

Lunes 9 de septiembre de 2024

Sec. III. Pág. 112267

Con fecha 6 de agosto de 2024, la Dirección General de Sostenibilidad Ambiental y
Economía Circular remite informe de la Dirección General de Espacios Naturales
Protegidos, ambas de la Junta de Andalucía, que indica que no existen afecciones
apreciables a espacios de la Red Natura 2000 que precisen de una evaluación
específica, conforme al artículo 46.4 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del
Patrimonio Natural y de la Biodiversidad. Asimismo, traslada que ha solicitado informe a
la Delegación Territorial de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul en Sevilla,
el cual no ha tenido entrada a fecha de esta resolución. En virtud de ello, esta resolución
ratifica el sentido de la propuesta formulada.
Fundamentos de Derecho
De conformidad con el artículo 22 del Real Decreto-ley 20/2022, de medidas de
respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania y de
apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad,
el órgano ambiental elaborará una propuesta de informe de determinación de afección
ambiental que remitirá al órgano competente en materia de medio ambiente, el cual
dispondrá de un plazo de diez días para formular observaciones. Transcurrido dicho
plazo, la falta de respuesta se considerará como aceptación del contenido de la
propuesta.
Corresponde a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, la resolución
de los procedimientos de evaluación de impacto ambiental de proyectos de competencia
estatal, de acuerdo con el artículo 8.1.b) del Real Decreto 503/2024, de 21 de mayo, por
el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio para la Transición
Ecológica y el Reto Demográfico, y se modifica el Real Decreto 1009/2023, de 5 de
diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos
ministeriales.
Esta Dirección General, a la vista de los antecedentes de hecho referidos y de los
fundamentos de derecho alegados, teniendo en cuenta el contenido del expediente
administrativo, resuelve la formulación de informe de determinación de afección
ambiental en el sentido de que el proyecto «Planta Fotovoltaica Helioenergy PV2,
de 4,99 MW de potencia instalada, para su hibridación con la planta termosolar existente
Helioenergy 2, de 50 MW de potencia instalada, y de su infraestructura de evacuación»
en el término municipal de Écija, en la provincia de Sevilla, continúe con la
correspondiente tramitación del procedimiento de autorización al no apreciarse efectos
adversos significativos en el medio ambiente, con las medidas y condiciones planteadas,
que requieran su sometimiento a procedimiento de evaluación ambiental.
El presente informe de determinación de afección ambiental será publicado en la
página web de este órgano ambiental y en el «Boletín Oficial del Estado» y notificado a
promotor y órgano sustantivo en los términos del artículo 22 del Real Decreto-ley 20/2022.
De conformidad con el apartado quinto del citado artículo 22, el informe de
determinación de afección ambiental no será objeto de recurso sin perjuicio de los que,
en su caso, procedan en vía administrativa y judicial frente al acto de autorización del
proyecto.

cve: BOE-A-2024-18096
Verificable en https://www.boe.es

Madrid, 2 de septiembre de 2024.–La Directora General de Calidad y Evaluación
Ambiental, Marta Gómez Palenque.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X