III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA. Protección de deudores hipotecarios. (BOE-A-2024-18002)
Resolución de 26 de agosto de 2024, de la Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa, por la que se publica la lista de entidades adheridas al Código de Buenas Prácticas para deudores hipotecarios en riesgo de vulnerabilidad.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 6 de septiembre de 2024

Sec. III. Pág. 111667

Por otro lado, la entidad TARGOBANK, S.A., ha sido absorbida por Abanca
Corporación Bancaria, S.A., por lo que debe causar baja del listado de entidades
adheridas.
Teniendo en cuenta que el punto 2 del Acuerdo del Consejo de Ministros de fecha 27
de diciembre de 2023, establece que «Las posteriores variaciones se publicarán
mensualmente en la sede electrónica de la Secretaría General del Tesoro y Financiación
Internacional y en el "Boletín Oficial del Estado", salvo que no hubiera modificación
alguna», se hace necesario actualizar el listado de entidades adheridas al «Código de
Buenas Prácticas para deudores hipotecarios en riesgo de vulnerabilidad» para incluir a
la entidad MSINVS PFP, S.L. y eliminar a la entidad TARGOBANK, S.A.
Por todo ello, en virtud de lo previsto en el punto 2 del Acuerdo del Consejo de
Ministros de fecha 27 de diciembre de 2023, resuelvo:
Ordenar la publicación en la Sede Electrónica de la Secretaría General del Tesoro y
Financiación Internacional y en el «Boletín Oficial del Estado» de la lista de entidades
adheridas al «Código de Buenas Prácticas para deudores hipotecarios en riesgo de
vulnerabilidad», según anexo adjunto.
Madrid, 26 de agosto de 2024.–El Secretario de Estado de Economía y Apoyo a la
Empresa, Israel Arroyo Martínez.
ANEXO
Listado de entidades adheridas al «Código de Buenas Prácticas para deudores
hipotecarios en riesgo de vulnerabilidad», establecido en el Título II del Real
Decreto-ley 19/2022, de 22 de noviembre, por el que se establece un Código de
Buenas Prácticas para aliviar la subida de los tipos de interés en préstamos
hipotecarios sobre vivienda habitual, se modifica el Real Decreto-ley 6/2012, de 9
de marzo, de medidas urgentes de protección de deudores hipotecarios sin
recursos, y se adoptan otras medidas estructurales para la mejora del mercado de
préstamos hipotecarios
– Abanca Corporación Bancaria, S.A.
– Arquia Bank, S.A.
– Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A.
– Banco de Crédito Social Cooperativo, S.A.
– Banco de Sabadell, S.A.
– Banco Santander, S.A.
– Bankinter, S.A.
– CaixaBank, S.A.
– Caixa de Crèdit Dels Enginyers – Caja de Crédito de los Ingenieros, S. Coop. de
Crédito.
– Caixa Popular-Caixa Rural, S. Coop. de Crédito V.
– Caixa Rural Altea, Cooperativa de Crèdit Valenciana.
– Caixa Rural de Callosa d´en Sarriá, Cooperativa de Crédito Valenciana.
– Caixa Rural de L’Alcudia, Sociedad Cooperativa Valenciana de Crédito.
– Caixa Rural de Turís, Cooperativa de Crédito Valenciana.
– Caixa Rural Galega, Sociedad Cooperativa de Crédito Limitada Gallega.
– Caixa Rural Sant Josep de Vilavella, S. Coop. de crédito V.
– Caixa Rural Sant Vicent Ferrer de la Vall d´Uixó, Coop. de Crédit V.
– Caixa Rural Torrent Cooperativa de Crédit Valenciana.
– Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Ontinyent.
– Caja de Crédito de Petrel, Caja Rural, Cooperativa de Crédito Valenciana.
– Caja Laboral Popular Coop. de Crédito.
– Caja Rural Católico Agraria, S. Coop. de Crédito V.
– Caja Rural Central, Sociedad Cooperativa de Crédito.

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Núm. 216