II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2024-17915)
Resolución de 28 de agosto de 2024, de la Universidad de Salamanca, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y para la estabilización de empleo temporal, en la Escala Auxiliar Administrativa.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 5 de septiembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 111375
2. Otros méritos: 30 puntos. Tal y como establece la base 5.2 de la convocatoria, el
tribunal tomará para su cómputo como fecha límite la fecha de publicación de esta
convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
a. Exámenes obligatorios y eliminatorios aprobados en procesos selectivos para el
acceso a la escala Auxiliar Administrativa de la Universidad de Salamanca: 4,5 puntos
por examen aprobado, con el límite de 18 puntos.
b. Titulación: por poseer titulación superior a la requerida para el acceso a la escala
Auxiliar Administrativa. Sólo se valorará una titulación. El certificado de correspondencia
entre títulos universitarios oficiales («pre-Bolonia») y niveles MECES no se tendrá en
cuenta en la valoración de este apartado.
1. Título de doctor: 6 puntos.
2. Título de máster oficial, licenciado, ingeniero superior, arquitecto o grado con al
menos 300 créditos ECTS que comprenda al menos 60 créditos ECTS de nivel de
máster: 5 puntos.
3. Título de grado, hasta 240 créditos ECTS: 4 puntos.
4. Título de diplomado, arquitecto técnico, ingeniero técnico: 3 puntos.
5. Título de Bachiller, técnico superior o equivalente: 2 puntos.
c. Formación: 0,02 puntos por hora en cursos realizados de los planes de formación
de personal de las Administraciones públicas (INAP, ECLAP…), universidades públicas y
organizaciones sindicales. El máximo que se podrá alcanzar en este apartado es de 6
puntos.
ANEXO II
Declaración jurada
Don/doña ........................................................................................................................
con domicilio en ........................................................................... y documento nacional de
identidad número ......................................., declara bajo juramento o promete, a efectos
de ser nombrado personal funcionario de la escala Auxiliar Administrativa de
la Universidad de Salamanca, no hallarse en ninguna de las situaciones señaladas en el
artículo 56.d) del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se
aprueba el testo refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, el cual
indica como requisito de acceso a la Función Pública del deber de:
«No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera
de las Administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las
comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos
o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de
funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del
personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser
nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido
sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos
términos el acceso al empleo público».
En .......................................................... a .... de ................................... de .....
cve: BOE-A-2024-17915
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 215
Jueves 5 de septiembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 111375
2. Otros méritos: 30 puntos. Tal y como establece la base 5.2 de la convocatoria, el
tribunal tomará para su cómputo como fecha límite la fecha de publicación de esta
convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
a. Exámenes obligatorios y eliminatorios aprobados en procesos selectivos para el
acceso a la escala Auxiliar Administrativa de la Universidad de Salamanca: 4,5 puntos
por examen aprobado, con el límite de 18 puntos.
b. Titulación: por poseer titulación superior a la requerida para el acceso a la escala
Auxiliar Administrativa. Sólo se valorará una titulación. El certificado de correspondencia
entre títulos universitarios oficiales («pre-Bolonia») y niveles MECES no se tendrá en
cuenta en la valoración de este apartado.
1. Título de doctor: 6 puntos.
2. Título de máster oficial, licenciado, ingeniero superior, arquitecto o grado con al
menos 300 créditos ECTS que comprenda al menos 60 créditos ECTS de nivel de
máster: 5 puntos.
3. Título de grado, hasta 240 créditos ECTS: 4 puntos.
4. Título de diplomado, arquitecto técnico, ingeniero técnico: 3 puntos.
5. Título de Bachiller, técnico superior o equivalente: 2 puntos.
c. Formación: 0,02 puntos por hora en cursos realizados de los planes de formación
de personal de las Administraciones públicas (INAP, ECLAP…), universidades públicas y
organizaciones sindicales. El máximo que se podrá alcanzar en este apartado es de 6
puntos.
ANEXO II
Declaración jurada
Don/doña ........................................................................................................................
con domicilio en ........................................................................... y documento nacional de
identidad número ......................................., declara bajo juramento o promete, a efectos
de ser nombrado personal funcionario de la escala Auxiliar Administrativa de
la Universidad de Salamanca, no hallarse en ninguna de las situaciones señaladas en el
artículo 56.d) del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se
aprueba el testo refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, el cual
indica como requisito de acceso a la Función Pública del deber de:
«No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera
de las Administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las
comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos
o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de
funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del
personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser
nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido
sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos
términos el acceso al empleo público».
En .......................................................... a .... de ................................... de .....
cve: BOE-A-2024-17915
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Núm. 215