II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2024-17914)
Resolución de 1 de agosto de 2024, de la Universidad de Lleida, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
25 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 215
Jueves 5 de septiembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 111347
7.9 La propuesta de adjudicación se publicará en el tablón de anuncios de la sede
electrónica de la Universitat de Lleida.
7.10 Contra la propuesta de la comisión, las personas candidatas podrán presentar
reclamación ante el rector, en el plazo máximo de diez días, contados a partir del día
siguiente al de la publicación de la propuesta, en el tablón de anuncios de la sede
electrónica de la Universitat de Lleida.
Las reclamaciones serán valoradas por la Comisión de Reclamaciones de la
Universitat de Lleida que escuchará a los miembros de la comisión, contra cuya
propuesta se haya presentado la reclamación, así como a las personas candidatas.
La Comisión de Reclamaciones examinará el expediente correspondiente al proceso
selectivo para velar por las garantías establecidas y ratificará o no la propuesta
reclamada, en el plazo máximo de un mes, a partir del cual el rector o la rectora dictará
una resolución de acuerdo con la propuesta de la Comisión. La finalización del plazo
establecido sin haberse resuelto la reclamación se entenderá como desestimación de la
reclamación presentada.
Este plazo, de acuerdo con el artículo 22 de la Ley 39/2015 del procedimiento
administrativo común de las administraciones públicas no se tendrá en cuenta a los
efectos que prevé el apartado 3 de la base primera.
La resolución del rector agota la vía administrativa y será impugnable directamente
ante la jurisdicción contenciosa administrativa.
8.
Resolución del concurso
8.1 La comisión de selección elevará la propuesta de la persona designada para
proveer cada plaza, al rector, que dictará la correspondiente resolución de adjudicación
de las plazas.
8.2 La resolución del rector de adjudicación de las plazas, que pone fin al proceso
de selección, agota la vía administrativa y contra esta, las personas interesadas podrán
interponer recurso contencioso administrativo, ante el Tribunal Superior de Justicia de
Cataluña, en el plazo máximo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la
publicación de la resolución, de acuerdo con lo establecido por el artículo 46 de la
Ley 29/1998, de 13 de julio, que regula la jurisdicción contenciosa administrativa.
Asimismo, en virtud de los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del
procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, las personas
interesadas también podrán interponer recurso de reposición ante el rector en el plazo de
un mes, a partir del día siguiente al de la publicación de la resolución. En ese caso, no se
podrá interponer recurso contencioso administrativo hasta que no se haya resuelto de
forma expresa, o se haya producido desestimación presunta, del recurso de reposición.
9.
Nombramientos y toma de posesión
a) Certificado médico oficial que acredite que no padece enfermedad ni defecto
físico ni psíquico que le incapacite para el ejercicio de las funciones correspondientes a
la plaza convocada. No será necesario que presenten esta documentación las personas
aspirantes que, habiendo prestado servicios en la Universitat de Lleida, durante el último
año natural anterior al de la fecha de toma de posesión y en supuesto de idénticas tareas
y riesgos, hayan superado favorablemente reconocimiento específico de vigilancia de la
salud, en la Universitat de Lleida.
cve: BOE-A-2024-17914
Verificable en https://www.boe.es
9.1 Las personas propuestas para ocupar las plazas deberán acreditar, en el plazo
de ocho días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la
propuesta de la comisión, que satisfacen los requisitos para el acceso a la función
pública docente universitaria, fijados en estas bases. Además de presentar los
documentos acreditativos que les sean requeridos, deberán presentar la siguiente
documentación:
Núm. 215
Jueves 5 de septiembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 111347
7.9 La propuesta de adjudicación se publicará en el tablón de anuncios de la sede
electrónica de la Universitat de Lleida.
7.10 Contra la propuesta de la comisión, las personas candidatas podrán presentar
reclamación ante el rector, en el plazo máximo de diez días, contados a partir del día
siguiente al de la publicación de la propuesta, en el tablón de anuncios de la sede
electrónica de la Universitat de Lleida.
Las reclamaciones serán valoradas por la Comisión de Reclamaciones de la
Universitat de Lleida que escuchará a los miembros de la comisión, contra cuya
propuesta se haya presentado la reclamación, así como a las personas candidatas.
La Comisión de Reclamaciones examinará el expediente correspondiente al proceso
selectivo para velar por las garantías establecidas y ratificará o no la propuesta
reclamada, en el plazo máximo de un mes, a partir del cual el rector o la rectora dictará
una resolución de acuerdo con la propuesta de la Comisión. La finalización del plazo
establecido sin haberse resuelto la reclamación se entenderá como desestimación de la
reclamación presentada.
Este plazo, de acuerdo con el artículo 22 de la Ley 39/2015 del procedimiento
administrativo común de las administraciones públicas no se tendrá en cuenta a los
efectos que prevé el apartado 3 de la base primera.
La resolución del rector agota la vía administrativa y será impugnable directamente
ante la jurisdicción contenciosa administrativa.
8.
Resolución del concurso
8.1 La comisión de selección elevará la propuesta de la persona designada para
proveer cada plaza, al rector, que dictará la correspondiente resolución de adjudicación
de las plazas.
8.2 La resolución del rector de adjudicación de las plazas, que pone fin al proceso
de selección, agota la vía administrativa y contra esta, las personas interesadas podrán
interponer recurso contencioso administrativo, ante el Tribunal Superior de Justicia de
Cataluña, en el plazo máximo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la
publicación de la resolución, de acuerdo con lo establecido por el artículo 46 de la
Ley 29/1998, de 13 de julio, que regula la jurisdicción contenciosa administrativa.
Asimismo, en virtud de los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del
procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, las personas
interesadas también podrán interponer recurso de reposición ante el rector en el plazo de
un mes, a partir del día siguiente al de la publicación de la resolución. En ese caso, no se
podrá interponer recurso contencioso administrativo hasta que no se haya resuelto de
forma expresa, o se haya producido desestimación presunta, del recurso de reposición.
9.
Nombramientos y toma de posesión
a) Certificado médico oficial que acredite que no padece enfermedad ni defecto
físico ni psíquico que le incapacite para el ejercicio de las funciones correspondientes a
la plaza convocada. No será necesario que presenten esta documentación las personas
aspirantes que, habiendo prestado servicios en la Universitat de Lleida, durante el último
año natural anterior al de la fecha de toma de posesión y en supuesto de idénticas tareas
y riesgos, hayan superado favorablemente reconocimiento específico de vigilancia de la
salud, en la Universitat de Lleida.
cve: BOE-A-2024-17914
Verificable en https://www.boe.es
9.1 Las personas propuestas para ocupar las plazas deberán acreditar, en el plazo
de ocho días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la
propuesta de la comisión, que satisfacen los requisitos para el acceso a la función
pública docente universitaria, fijados en estas bases. Además de presentar los
documentos acreditativos que les sean requeridos, deberán presentar la siguiente
documentación: