III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE. Convenios. (BOE-A-2024-17917)
Resolución de 1 de agosto de 2024, de la Autoridad Portuaria de la Bahía de Algeciras, por la que se publica la Adenda de modificación y prórroga al Convenio con el Consorcio de Bomberos de la provincia de Cádiz, en materia de prevención y extinción de incendios, salvamento, rescate y protección civil en la zona terrestre del dominio público portuario afecto a esta Autoridad Portuaria y en los buques atracados en su zona de servicio.
4 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 215
Jueves 5 de septiembre de 2024
Sec. III. Pág. 111387
El segundo, en representación de la Autoridad Portuaria de la Bahía de Algeciras (en
adelante, APBA), CIF Q-1177006-D, con domicilio a efectos del presente Convenio en
Avenida de la Hispanidad n.º 2, 11207 Algeciras. Actúa conforme al ejercicio de la
competencia que le confiere el artículo 31 del Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de
septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y
de la Marina Mercante (en adelante, TRLPEMM).
Los intervinientes, que actúan en razón de sus respectivos cargos, se reconocen
mutua y recíprocamente la capacidad legal necesaria para la formalización de la
presente Adenda y en su mérito,
MANIFIESTAN
I. Que tras los trámites preceptivos con fecha 12 de agosto de 2020 se firmó el
«Convenio entre la Autoridad Portuaria Bahía de Algeciras y el Consorcio de Bomberos
de la provincia de Cádiz en materia de prevención y extinción de incendios, salvamento,
rescate y protección civil en la zona terrestre del dominio público portuario afecto a esta
Autoridad Portuaria y en los buques atracados en su zona de servicio» el cual fue
publicado en el «Boletín Oficial del Estado» n.º 245 de 14 de septiembre de 2020 e
inscrito el 25 de agosto de 2020 en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e
Instrumentos de Cooperación (REOICO) con el n.º RCN-FOM202000069.
II. Que en la cláusula novena del mencionado convenio se recogía que el mismo
tenía una duración de cuatro años desde su entrada en vigor, contemplándose la
posibilidad de una prórroga por un periodo adicional de hasta cuatro años más, mediante
acuerdo de las partes adoptado antes de la finalización prevista del mismo. Igualmente,
en la cláusula undécima se determinaba que la modificación del contenido del convenio
requerirá el acuerdo unánime de los firmantes formalizándose mediante la
correspondiente adenda al Convenio.
III. Que manteniéndose las condiciones que el convenio firmado en su momento
venían a cubrir y siendo conscientes de la necesidad de asegurar la consecución del
objetivo común de garantizar la seguridad en el dominio público portuario afecto a la
APBA, que se encuentra en su totalidad ubicado en términos municipales en los que el
Consorcio ejerce sus competencias, ambas partes consideran de interés el prorrogar el
mismo por un periodo adicional de cuatro años.
IV. Que igualmente se considera conveniente modificar algunos aspectos del
convenio que afectaría a los siguientes cláusulas:
– Segunda: se consideran necesario incluir en el ámbito geográfico de las
actuaciones recogidas en el mismo el denominado Dique Exento del Puerto Bahía de
Algeciras.
– Sexta: De una parte, adecuar al ejercicio 2024 la referencia recogida en el último
párrafo del punto 1, y de otra, adaptar el calendario de las obligaciones asumidas por la
APBA a los años de prórroga contemplados en la nueva adenda.
– Séptima: Actualizar la composición de la Comisión de seguimiento, vigilancia y
control.
ACUERDAN
Primero.
En virtud de la cláusula novena del convenio firmado el 12 de agosto de 2020,
prorrogar dicho convenio por un periodo adicional de cuatro años más.
cve: BOE-A-2024-17917
Verificable en https://www.boe.es
Por todo cuanto antecede, ambas partes,
Núm. 215
Jueves 5 de septiembre de 2024
Sec. III. Pág. 111387
El segundo, en representación de la Autoridad Portuaria de la Bahía de Algeciras (en
adelante, APBA), CIF Q-1177006-D, con domicilio a efectos del presente Convenio en
Avenida de la Hispanidad n.º 2, 11207 Algeciras. Actúa conforme al ejercicio de la
competencia que le confiere el artículo 31 del Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de
septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y
de la Marina Mercante (en adelante, TRLPEMM).
Los intervinientes, que actúan en razón de sus respectivos cargos, se reconocen
mutua y recíprocamente la capacidad legal necesaria para la formalización de la
presente Adenda y en su mérito,
MANIFIESTAN
I. Que tras los trámites preceptivos con fecha 12 de agosto de 2020 se firmó el
«Convenio entre la Autoridad Portuaria Bahía de Algeciras y el Consorcio de Bomberos
de la provincia de Cádiz en materia de prevención y extinción de incendios, salvamento,
rescate y protección civil en la zona terrestre del dominio público portuario afecto a esta
Autoridad Portuaria y en los buques atracados en su zona de servicio» el cual fue
publicado en el «Boletín Oficial del Estado» n.º 245 de 14 de septiembre de 2020 e
inscrito el 25 de agosto de 2020 en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e
Instrumentos de Cooperación (REOICO) con el n.º RCN-FOM202000069.
II. Que en la cláusula novena del mencionado convenio se recogía que el mismo
tenía una duración de cuatro años desde su entrada en vigor, contemplándose la
posibilidad de una prórroga por un periodo adicional de hasta cuatro años más, mediante
acuerdo de las partes adoptado antes de la finalización prevista del mismo. Igualmente,
en la cláusula undécima se determinaba que la modificación del contenido del convenio
requerirá el acuerdo unánime de los firmantes formalizándose mediante la
correspondiente adenda al Convenio.
III. Que manteniéndose las condiciones que el convenio firmado en su momento
venían a cubrir y siendo conscientes de la necesidad de asegurar la consecución del
objetivo común de garantizar la seguridad en el dominio público portuario afecto a la
APBA, que se encuentra en su totalidad ubicado en términos municipales en los que el
Consorcio ejerce sus competencias, ambas partes consideran de interés el prorrogar el
mismo por un periodo adicional de cuatro años.
IV. Que igualmente se considera conveniente modificar algunos aspectos del
convenio que afectaría a los siguientes cláusulas:
– Segunda: se consideran necesario incluir en el ámbito geográfico de las
actuaciones recogidas en el mismo el denominado Dique Exento del Puerto Bahía de
Algeciras.
– Sexta: De una parte, adecuar al ejercicio 2024 la referencia recogida en el último
párrafo del punto 1, y de otra, adaptar el calendario de las obligaciones asumidas por la
APBA a los años de prórroga contemplados en la nueva adenda.
– Séptima: Actualizar la composición de la Comisión de seguimiento, vigilancia y
control.
ACUERDAN
Primero.
En virtud de la cláusula novena del convenio firmado el 12 de agosto de 2020,
prorrogar dicho convenio por un periodo adicional de cuatro años más.
cve: BOE-A-2024-17917
Verificable en https://www.boe.es
Por todo cuanto antecede, ambas partes,