V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. (BOE-B-2024-31030)
Extracto de la Resolución de 27 de agosto de 2024 de la Fundación Pluralismo y Convivencia F.S.P, por el que se convocan subvenciones destinadas a la realización de actividades dirigidas a promover el conocimiento y el acomodo de la diversidad religiosa en un marco de diálogo, fomento de la convivencia y lucha contra la intolerancia y el discurso de odio, año 2024.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 215
Jueves 5 de septiembre de 2024
Sec. V-B. Pág. 48220
formatos incluidos digitales, audiovisuales y/o lúdicos y actividades afines.
c) Estudios y/o proyectos de investigación orientados a mejorar el conocimiento
de la diversidad religiosa y de aquellos elementos asociados a ella que influyen en
un sentido o en otro en la convivencia.
d) Actividades de divulgación, tales como la organización de congresos,
seminarios, jornadas, ciclos de conferencias, publicaciones, u otras actividades
afines.
e) Acciones formativas tanto presenciales como online, tales como talleres,
cursos y acciones similares con fines didácticos.
f) Iniciativas de preservación y/o difusión del patrimonio histórico y cultural,
material e inmaterial, de las confesiones religiosas y comunidades.
g) Acciones dirigidas a fomentar la participación de las entidades religiosasen
iniciativas de desarrollo social y comunitario.
Tercero. Bases reguladoras.
Orden PCM/853/2023, de 21 de julio, por la que se modifica la Orden PCM/
693/2022, de 19 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la
concesión de subvenciones de la Fundación Pluralismo y Convivencia, F.S.P., en
régimen de concurrencia competitiva, para la realización de actividades dirigidas a
promover el conocimiento y el acomodo de la diversidad religiosa en un marco de
diálogo, fomento de la convivencia y lucha contra la intolerancia y el discurso de
odio, publicada en el BOE núm. 175, de 24 de julio de 2023, páginas 107859 a
107861 (3 págs.).
Orden PCM/693/2022, de 19 de julio, por la que se aprueban las bases
reguladoras para la concesión de subvenciones de la Fundación Pluralismo y
Convivencia, F.S.P., en régimen de concurrencia competitiva, para la realización
de actividades dirigidas a promover el conocimiento y el acomodo de la diversidad
religiosa en un marco de diálogo, fomento de la convivencia y lucha contra la
intolerancia y el discurso de odio, publicada en el BOE núm. 175, de 22 de julio de
2022, páginas 105336 a 105350 (15 págs.).
Cuarto. Cuantía.
El crédito disponible para las ayudas convocadas es de 162.240 euros (ciento
sesenta y dos mil doscientos cuarenta euros), con cargo al presupuesto de gastos
de la Fundación Pluralismo y Convivencia FSP para el año 2024.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
Las solicitudes deberán presentarse a través de la Sede Electrónica del
Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes en https://
mpr.sede.gob.es accediendo a la Convocatoria 2024 desde la pestaña del
procedimiento de la Fundación Pluralismo y Convivencia, F.S.P.
cve: BOE-B-2024-31030
Verificable en https://www.boe.es
La cuantía máxima de la ayuda se establece en 10.000 euros por proyecto, lo
que deberá representar, como máximo, el 75% de su coste total, correspondiendo
a la entidad beneficiaria cubrir con fondos propios u otras subvenciones, el tanto
por ciento no financiado con la ayuda.
Núm. 215
Jueves 5 de septiembre de 2024
Sec. V-B. Pág. 48220
formatos incluidos digitales, audiovisuales y/o lúdicos y actividades afines.
c) Estudios y/o proyectos de investigación orientados a mejorar el conocimiento
de la diversidad religiosa y de aquellos elementos asociados a ella que influyen en
un sentido o en otro en la convivencia.
d) Actividades de divulgación, tales como la organización de congresos,
seminarios, jornadas, ciclos de conferencias, publicaciones, u otras actividades
afines.
e) Acciones formativas tanto presenciales como online, tales como talleres,
cursos y acciones similares con fines didácticos.
f) Iniciativas de preservación y/o difusión del patrimonio histórico y cultural,
material e inmaterial, de las confesiones religiosas y comunidades.
g) Acciones dirigidas a fomentar la participación de las entidades religiosasen
iniciativas de desarrollo social y comunitario.
Tercero. Bases reguladoras.
Orden PCM/853/2023, de 21 de julio, por la que se modifica la Orden PCM/
693/2022, de 19 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la
concesión de subvenciones de la Fundación Pluralismo y Convivencia, F.S.P., en
régimen de concurrencia competitiva, para la realización de actividades dirigidas a
promover el conocimiento y el acomodo de la diversidad religiosa en un marco de
diálogo, fomento de la convivencia y lucha contra la intolerancia y el discurso de
odio, publicada en el BOE núm. 175, de 24 de julio de 2023, páginas 107859 a
107861 (3 págs.).
Orden PCM/693/2022, de 19 de julio, por la que se aprueban las bases
reguladoras para la concesión de subvenciones de la Fundación Pluralismo y
Convivencia, F.S.P., en régimen de concurrencia competitiva, para la realización
de actividades dirigidas a promover el conocimiento y el acomodo de la diversidad
religiosa en un marco de diálogo, fomento de la convivencia y lucha contra la
intolerancia y el discurso de odio, publicada en el BOE núm. 175, de 22 de julio de
2022, páginas 105336 a 105350 (15 págs.).
Cuarto. Cuantía.
El crédito disponible para las ayudas convocadas es de 162.240 euros (ciento
sesenta y dos mil doscientos cuarenta euros), con cargo al presupuesto de gastos
de la Fundación Pluralismo y Convivencia FSP para el año 2024.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
Las solicitudes deberán presentarse a través de la Sede Electrónica del
Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes en https://
mpr.sede.gob.es accediendo a la Convocatoria 2024 desde la pestaña del
procedimiento de la Fundación Pluralismo y Convivencia, F.S.P.
cve: BOE-B-2024-31030
Verificable en https://www.boe.es
La cuantía máxima de la ayuda se establece en 10.000 euros por proyecto, lo
que deberá representar, como máximo, el 75% de su coste total, correspondiendo
a la entidad beneficiaria cubrir con fondos propios u otras subvenciones, el tanto
por ciento no financiado con la ayuda.