III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-17863)
Resolución de 28 de agosto de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de determinación de afección ambiental del proyecto "Planta Solar Fotovoltaica Extresol 1 FV, de 10,2 MW de potencia instalada, para su hibridación con la planta termosolar existente Extresol 1 de 49,9 MW de potencia instalada, y de parte de su infraestructura de evacuación en Torre Miguel Sesmero (Badajoz)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 214

Miércoles 4 de septiembre de 2024

Sec. III. Pág. 111221

a 1 km al norte y a 1,5 km y 2,5 km al este, coincidiendo estos dos últimos con un kernel
de cernícalo primilla, alcaraván, aguilucho cenizo y avutarda. Colindante al proyecto, hay
presencia de lagunas artificiales permanentes creadas por las centrales termosolares,
donde se detectó una pareja de aguiluchos cenizos cazando en la misma área. El
estudio de avifauna recoge que debido a la sequía prolongada que ha afectado a la
región, se ha observado una ausencia significativa de ciertas especies acuáticas
emblemáticas de la ZEPA «Llanos y Complejo Lagunar de la Albuera». En el área de
estudio de radio 5 km, se ha detectado la presencia de sisón (8 individuos), milano real
(26 individuos), ganga ortega (64 individuos), alcaraván (41 individuos), aguilucho cenizo
(12 individuos), águila real (1 individuo), alimoche (2 individuos, vulnerable, CREA,
CEEA), garceta grande (4 individuos, vulnerable, CREA), buitre negro (19 individuos),
avutarda (65 individuos). No se indica la presencia de dormideros, detectándose
solamente un nido de busardo ratonero a 4,5 km al norte, ni la presencia de leks.
La cigüeña negra no ha sido detectada en el trabajo de campo, si bien el proyecto se
encuentra dentro del ámbito del Plan de Recuperación de la cigüeña negra y a 1 km se
localiza el ámbito del Plan de Conservación del águila perdicera.
Afección por vertidos a cauces públicos o al litoral

El área de estudio se encuentra en la Demarcación Hidrográfica del Guadiana. Se
aprecia ocupación por el proyecto de dominio público hidráulico, zonas de servidumbre,
zonas de policía y zonas inundables.
No consta estudio hidrológico con la determinación del dominio público hidráulico, las
zonas de flujo preferente, las zonas inundables en el emplazamiento del proyecto
incluyendo cauces no detectados en la cartografía, y zonas endorreicas. El Informe de la
prospección arqueológica mediante datos LiDAR detecta una laguna seca. El estudio de
avifauna indica que hay una laguna en la parcela solar, aunque la región ha sufrido una
prolongada sequía. Este fenómeno ha resultado en la desecación de las lagunas de la
ZEPA «Complejo Lagunar de La Albuera» durante un periodo considerable, que casi
iguala la duración total del estudio de avifauna.
La mayor superficie de la zona de influencia está ocupada por la Masa de agua
subterránea (MASb) de «Tierra de Barros» con código 41.017 en el Sistema de
Información de Redes Automáticas (SIRA). La extensión del acuífero es de 1.727 km2. El
acuífero es de tipo detrítico en régimen libre, asociado a los materiales del Terciario y
Cuaternario. La recarga procede de la infiltración de la precipitación y, en menor
proporción, de los retornos de riego y la descarga natural hacia la red de drenaje
superficial y de modo lateral hacia la masa Vegas Bajas. Debido a que no se encuentran
cauces en las proximidades, este impacto se basa en la posibilidad de la contaminación
de la masa de agua subterránea por vertidos descontrolados de residuos, que pueden
producirse tanto en la fase de construcción como en la de desmantelamiento. Cabe
destacar que la parcela solar se proyecta limítrofe a una zona húmeda, donde el
promotor plantea medidas compensatorias. Al no presentarse estudio hidrológico de la
zona de implantación no se puede descartar la presencia de algún cauce no detectado
en la cartografía que desemboque en esta zona húmeda.
Durante la construcción, la mayor parte de los vertidos producidos se encontrarán
asociados al personal de la obra y específicamente a los efluentes de aguas residuales
generados, los cuales deberán ser almacenados temporalmente en una fosa química de
obra o a través de instalaciones que se dispongan para el enganche a la red de
saneamiento municipal. Las actividades de movimiento de tierras y almacenamiento de
los residuos en el punto de acopio, pueden generar impactos a la escorrentía superficial
y subterránea que afecten la calidad del agua, al producir arrastre de partículas.
Durante el funcionamiento de la planta, las actividades de lavado de paneles pueden
generar agua con sólidos en suspensión que sean arrastrados por escorrentía a los arroyos
aledaños afectando a la calidad del agua. También, podría producirse contaminación
accidental por el derrame de aceite de la maquinaria de mantenimiento.

cve: BOE-A-2024-17863
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