V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. (BOE-B-2024-30953)
Extracto de la Orden de 30 de agosto de 2024 del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación por la que se convocan, para el ejercicio 2024, las ayudas destinadas a actuaciones de fortalecimiento industrial en la transformación de productos de la pesca y acuicultura dentro del proyecto estratégico para la recuperación y transformación económica del sector agroalimentario, en el marco del plan de recuperación, transformación y resiliencia, financiadas con fondos "Next Generation".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 214

Miércoles 4 de septiembre de 2024

Sec. V-B. Pág. 48027

Cualquier persona que tenga conocimiento de hechos que pudieran ser
constitutivos de fraude o irregularidad en relación con proyectos u operaciones
financiadas total o parcialmente con cargo a fondos procedentes de la Unión
Europea en el marco de esta convocatoria, podrá poner dichos hechos en
conocimiento del Servicio Nacional de Coordinación Antifraude de la Intervención
General de la Administración del Estado, por medios electrónicos a través del
canal habilitado al efecto por dicho Servicio en la dirección web:
https://www.igae.pap.hacienda.gob.es/sitios/igae/es-ES/snca/Paginas/
ComunicacionSNCA.aspx
Octavo. Política informativa en materia de protección de datos.
El responsable del tratamiento es el Ministerio de Agricultura, Pesca y
Alimentación a través de la Subdirección General de Análisis, Coordinación y
Estadística, siendo la Delegada de Protección de Datos la Inspectora General de
Servicios (bzn-DPD@mapa.es)
Los datos personales incorporados serán utilizados exclusivamente para la
tramitación de las subvenciones objeto de esta convocatoria y se conservarán
mientras la legislación aplicable obligue a su conservación de acuerdo con lo
dispuesto en la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español y su
normativa de desarrollo sobre el Sistema de Archivos de la Administración General
del Estado.
El titular de los datos personales objeto de tratamiento podrá solicitar al
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, a través de su sede electrónica
(https://sede.mapa.gob.es/), el acceso, rectificación y supresión de sus datos
personales, la limitación y oposición al tratamiento de sus datos y a no ser objeto
de decisiones automatizadas. Asimismo, si considera vulnerados sus derechos,
podrá presentar una reclamación de tutela ante la Agencia Española de Protección
de Datos a través de su sede electrónica.
Noveno. Régimen de recursos.
Contra la resolución que se dicte, los interesados podrán interponer,
potestativamente, recurso de reposición ante el Ministro de Agricultura, Pesca y
Alimentación en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación
de la misma de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y siguientes de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, o directamente recurso contencioso administrativo en el
plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la notificación de este acto,
según lo previsto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa, sin que puedan simultanearse ambas vías.
Madrid, 30 de agosto de 2024.- El Ministro de Agricultura, Pesca y
Alimentación, Luis Planas Puchades.
cve: BOE-B-2024-30953
Verificable en https://www.boe.es

ID: A240039393-1

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X