III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE. Mercancías peligrosas. Cursos. (BOE-A-2024-17771)
Resolución de 19 de julio de 2024, del Organismo Público Puertos del Estado, por la que se otorga la prórroga de la homologación a Escuela Canaria de Navegación y Seguridad Marítima, para impartir cursos de manipulación de mercancías peligrosas para operadores de muelle y terminal, y cursos de capacitación para manipulación de mercancías peligrosas para los componentes de las organizaciones portuarias.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 213
Martes 3 de septiembre de 2024
Sec. III. Pág. 110789
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE
17771
Resolución de 19 de julio de 2024, del Organismo Público Puertos del
Estado, por la que se otorga la prórroga de la homologación a Escuela
Canaria de Navegación y Seguridad Marítima, para impartir cursos de
manipulación de mercancías peligrosas para operadores de muelle y
terminal, y cursos de capacitación para manipulación de mercancías
peligrosas para los componentes de las organizaciones portuarias.
El centro formativo Escuela Canaria de Navegación y Seguridad Marítima ha
solicitado la prórroga de la homologación para impartir cursos de Manipulación de
Mercancías Peligrosas para Operadores de Muelle y Terminal y cursos de Capacitación
para la Manipulación de Mercancías Peligrosas para los Componentes de las
Organizaciones Portuarias. Analizada la documentación aportada, y de conformidad con
lo dispuesto en la Orden de 30 de mayo de 1990, por la que se establecen las
condiciones de los cursos de capacitación para manipulación de mercancías peligrosas
en los puertos de interés general (BOE número 134, de 5 de junio de 1990),
Esta Presidencia, a la vista del informe emitido por la Dirección de Explotación de
Puertos del Estado, resuelve:
Primero.
Otorgar la prórroga de homologación al centro formativo Escuela Canaria de
Navegación y Seguridad Marítima para impartir cursos de Manipulación de Mercancías
Peligrosas para Operadores de Muelle y Terminal y cursos de Capacitación para la
Manipulación de Mercancías Peligrosas para los Componentes de las Organizaciones
Portuarias.
Segundo.
Esta homologación tendrá una validez de tres años desde el momento de su
publicación en el «Boletín Oficial del Estado», pudiendo ser prorrogada siempre que se
solicite por la entidad homologada con una antelación mínima de tres meses a la fecha
de expiración y continúe reuniendo los requisitos exigidos por la normativa reguladora.
El centro formativo Escuela Canaria de Navegación y Seguridad Marítima informará
al Organismo Público Puertos del Estado, mediante correo electrónico a la dirección de
email auditoria@puertos.es, y en un plazo no inferior a un mes previo a la celebración de
cada curso, de los siguientes contenidos: fechas de inicio y finalización del curso a
impartir, responsable del curso, número de alumnos, identidad y número de identificación
personal (DNI, NIE o n.º de pasaporte) de cada uno de los alumnos, lugar donde se va a
impartir el curso, características del equipamiento material que se va a utilizar,
distribución del contenido del curso en las fechas de desarrollo del mismo, relación de
los formadores y evaluadores del curso correspondiente acompañada del curriculum
profesional, cualificación y experiencia de aquéllos que no hayan participado en cursos
anteriores o que no consten en el expediente de homologación. En el caso de que no se
disponga en ese momento de la lista de nombres de los alumnos, esta se remitirá por
correo electrónico a Puertos del Estado tan pronto como sea posible y siempre con
anterioridad al comienzo del curso
cve: BOE-A-2024-17771
Verificable en https://www.boe.es
Tercero.
Núm. 213
Martes 3 de septiembre de 2024
Sec. III. Pág. 110789
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE
17771
Resolución de 19 de julio de 2024, del Organismo Público Puertos del
Estado, por la que se otorga la prórroga de la homologación a Escuela
Canaria de Navegación y Seguridad Marítima, para impartir cursos de
manipulación de mercancías peligrosas para operadores de muelle y
terminal, y cursos de capacitación para manipulación de mercancías
peligrosas para los componentes de las organizaciones portuarias.
El centro formativo Escuela Canaria de Navegación y Seguridad Marítima ha
solicitado la prórroga de la homologación para impartir cursos de Manipulación de
Mercancías Peligrosas para Operadores de Muelle y Terminal y cursos de Capacitación
para la Manipulación de Mercancías Peligrosas para los Componentes de las
Organizaciones Portuarias. Analizada la documentación aportada, y de conformidad con
lo dispuesto en la Orden de 30 de mayo de 1990, por la que se establecen las
condiciones de los cursos de capacitación para manipulación de mercancías peligrosas
en los puertos de interés general (BOE número 134, de 5 de junio de 1990),
Esta Presidencia, a la vista del informe emitido por la Dirección de Explotación de
Puertos del Estado, resuelve:
Primero.
Otorgar la prórroga de homologación al centro formativo Escuela Canaria de
Navegación y Seguridad Marítima para impartir cursos de Manipulación de Mercancías
Peligrosas para Operadores de Muelle y Terminal y cursos de Capacitación para la
Manipulación de Mercancías Peligrosas para los Componentes de las Organizaciones
Portuarias.
Segundo.
Esta homologación tendrá una validez de tres años desde el momento de su
publicación en el «Boletín Oficial del Estado», pudiendo ser prorrogada siempre que se
solicite por la entidad homologada con una antelación mínima de tres meses a la fecha
de expiración y continúe reuniendo los requisitos exigidos por la normativa reguladora.
El centro formativo Escuela Canaria de Navegación y Seguridad Marítima informará
al Organismo Público Puertos del Estado, mediante correo electrónico a la dirección de
email auditoria@puertos.es, y en un plazo no inferior a un mes previo a la celebración de
cada curso, de los siguientes contenidos: fechas de inicio y finalización del curso a
impartir, responsable del curso, número de alumnos, identidad y número de identificación
personal (DNI, NIE o n.º de pasaporte) de cada uno de los alumnos, lugar donde se va a
impartir el curso, características del equipamiento material que se va a utilizar,
distribución del contenido del curso en las fechas de desarrollo del mismo, relación de
los formadores y evaluadores del curso correspondiente acompañada del curriculum
profesional, cualificación y experiencia de aquéllos que no hayan participado en cursos
anteriores o que no consten en el expediente de homologación. En el caso de que no se
disponga en ese momento de la lista de nombres de los alumnos, esta se remitirá por
correo electrónico a Puertos del Estado tan pronto como sea posible y siempre con
anterioridad al comienzo del curso
cve: BOE-A-2024-17771
Verificable en https://www.boe.es
Tercero.