III. Otras disposiciones. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN. Bienes de interés cultural. (BOE-A-2024-17779)
Acuerdo 91/2024, de 22 de agosto, de la Junta de Castilla y León, por el que se declara el Puente Colgante de Valladolid bien de interés cultural con categoría de monumento.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 213

Martes 3 de septiembre de 2024

Sec. III. Pág. 110874

III. OTRAS DISPOSICIONES

COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN
17779

Acuerdo 91/2024, de 22 de agosto, de la Junta de Castilla y León, por el que
se declara el Puente Colgante de Valladolid bien de interés cultural con
categoría de monumento.

El Puente Colgante de Valladolid, también conocido como el Puente de Hierro,
constituye un hito en la arquitectura de hierro en España, por ser el primer puente
construido en España y el cuarto de Europa, con el sistema de arco atirantado conocido
como Bow-String y uno de los elementos urbanos históricos más característicos e
identificadores de la ciudad de Valladolid.
La Dirección General de Patrimonio Cultural, por Resolución de 12 de enero de 2024,
acordó incoar procedimiento de declaración del Puente Colgante de Valladolid como Bien
de Interés Cultural con la categoría de Monumento.
La Real Academia de Bellas Artes de la Purísima Concepción, con fecha de 2 de
abril de 2024, emite informe favorable a la declaración. Solicitado informe a la IE
Universidad, con fecha 19 de enero de 2024 y transcurridos tres meses sin que dicho
informe haya sido emitido, se entiende favorable a la declaración de acuerdo con lo
dispuesto en el artículo 42.2 del Reglamento para la protección del Patrimonio Cultural
de Castilla y León, aprobado por Decreto 37/2007, de 19 de abril.
Cumplidos los trámites preceptivos de información pública por el plazo de un mes
(BOCYL n.º 85 de 3 de mayo de 2024) y de audiencia al Ayuntamiento de Valladolid, se
presentan alegaciones que han sido estudiadas y valoradas en la propuesta de
declaración dentro del plazo concedido al efecto.
De conformidad con lo preceptuado en el artículo 12.1 de la Ley 12/2002, de 11 de
julio, de Patrimonio Cultural de Castilla y León, y en el artículo 46.3 del Decreto 37/2007,
de 19 de abril, el Consejero de Cultura, Turismo y Deporte ha propuesto declarar el
Puente Colgante de Valladolid como Bien de Interés Cultural con categoría de
Monumento y, a tal efecto, se ha hecho constar que se han cumplimentado los trámites
preceptivos en la incoación e instrucción del expediente, acompañando un extracto de
éste en el que constan los datos necesarios para la declaración y los documentos
gráficos correspondientes.
En su virtud, la Junta de Castilla y León, a propuesta del Consejero de Cultura,
Turismo y Deporte, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión de 22
agosto de 2024, adopta el siguiente acuerdo
Primero.
Declarar el Puente Colgante de Valladolid Bien de Interés Cultural con categoría de
Monumento, de acuerdo con la descripción que figura como anexo del presente Acuerdo.

Delimitar la zona afectada por la declaración:
Descripción literal:
El punto de inicio de la delimitación del Entorno de protección se encuentra en la
intersección de la mediana del Puente de Juan de Austria con la línea que marca el
límite hidrográfico del Río Pisuerga.
Desde este punto y en sentido contrario a las agujas del reloj, une con el vértice
sureste de la tapia que delimita el Colegio de Nuestra Señora de la Consolación

cve: BOE-A-2024-17779
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Segundo.