III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Comunidad Autónoma de Cataluña. Convenio. (BOE-A-2024-17689)
Resolución de 28 de agosto de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio con la Generalitat de Cataluña, para la publicación de normas estatales en lengua catalana.
6 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 212
Lunes 2 de septiembre de 2024
Sec. III. Pág. 110329
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
17689
Resolución de 28 de agosto de 2024, de la Subsecretaría, por la que se
publica el Convenio con la Generalitat de Cataluña, para la publicación de
normas estatales en lengua catalana.
El Ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes y la Consejera del
Departamento de la Presidencia de la Generalitat de Catalunya han suscrito un convenio
para la publicación de normas estatales en lengua catalana.
Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de
la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispongo la
publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del referido convenio como anexo a la
presente resolución.
Madrid, 28 de agosto de 2024.–El Subsecretario de la Presidencia, Justicia y
Relaciones con las Cortes, Alberto Herrera Rodríguez.
ANEXO
Convenio entre la Administración General del Estado y la Generalitat de Cataluña
para la publicación de normas estatales en lengua catalana
24 de julio de 2024.
REUNIDOS
EXPONEN
Primero.
El Real Decreto 489/1997, de 14 de abril, sobre publicación de las Leyes en las lenguas
cooficiales de las Comunidades Autónomas, estableció un primer marco de colaboración
entre el Estado y las Comunidades en relación con dicho ámbito de actuación.
Así, sin perjuicio de la publicación de las normas en castellano en el «Boletín Oficial del
Estado» (BOE), de la que se deriva su plena eficacia a efectos de lo previsto en el artículo 2.1
cve: BOE-A-2024-17689
Verificable en https://www.boe.es
De una parte, don Félix Bolaños García, Ministro de la Presidencia, Justicia y
Relaciones con las Cortes, cargo que ostenta en virtud del nombramiento efectuado por
el Real Decreto 835/2023, de 20 de noviembre (BOE núm. 278, de 21 de noviembre), en
ejercicio de las competencias previstas en los artículos 48.2 y 61.k) de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
De otra parte, doña Laura Vilagrà i Pons, consejera del Departamento de la
Presidencia de la Generalitat de Catalunya, cargo que ostenta en virtud del
nombramiento efectuado por Decreto 22/2021, de 26 de mayo (DOGC núm. 8418A,
de 26 de mayo de 2021), y en virtud de las facultades que se derivan del artículo 12 de la
Ley 13/1989, de 14 de diciembre, al estar adscrita la Entidad Autónoma del Diario Oficial
y de Publicaciones de la Generalitat de Catalunya al Departamento de la Presidencia a
través de la Secretaría del Gobierno en virtud del artículo 1.2.3 del Decreto 289/2022,
de 2 de noviembre, de reestructuración del Departamento de la Presidencia (DOGC
núm. 8785, de 3 de noviembre de 2022).
Núm. 212
Lunes 2 de septiembre de 2024
Sec. III. Pág. 110329
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
17689
Resolución de 28 de agosto de 2024, de la Subsecretaría, por la que se
publica el Convenio con la Generalitat de Cataluña, para la publicación de
normas estatales en lengua catalana.
El Ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes y la Consejera del
Departamento de la Presidencia de la Generalitat de Catalunya han suscrito un convenio
para la publicación de normas estatales en lengua catalana.
Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de
la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispongo la
publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del referido convenio como anexo a la
presente resolución.
Madrid, 28 de agosto de 2024.–El Subsecretario de la Presidencia, Justicia y
Relaciones con las Cortes, Alberto Herrera Rodríguez.
ANEXO
Convenio entre la Administración General del Estado y la Generalitat de Cataluña
para la publicación de normas estatales en lengua catalana
24 de julio de 2024.
REUNIDOS
EXPONEN
Primero.
El Real Decreto 489/1997, de 14 de abril, sobre publicación de las Leyes en las lenguas
cooficiales de las Comunidades Autónomas, estableció un primer marco de colaboración
entre el Estado y las Comunidades en relación con dicho ámbito de actuación.
Así, sin perjuicio de la publicación de las normas en castellano en el «Boletín Oficial del
Estado» (BOE), de la que se deriva su plena eficacia a efectos de lo previsto en el artículo 2.1
cve: BOE-A-2024-17689
Verificable en https://www.boe.es
De una parte, don Félix Bolaños García, Ministro de la Presidencia, Justicia y
Relaciones con las Cortes, cargo que ostenta en virtud del nombramiento efectuado por
el Real Decreto 835/2023, de 20 de noviembre (BOE núm. 278, de 21 de noviembre), en
ejercicio de las competencias previstas en los artículos 48.2 y 61.k) de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
De otra parte, doña Laura Vilagrà i Pons, consejera del Departamento de la
Presidencia de la Generalitat de Catalunya, cargo que ostenta en virtud del
nombramiento efectuado por Decreto 22/2021, de 26 de mayo (DOGC núm. 8418A,
de 26 de mayo de 2021), y en virtud de las facultades que se derivan del artículo 12 de la
Ley 13/1989, de 14 de diciembre, al estar adscrita la Entidad Autónoma del Diario Oficial
y de Publicaciones de la Generalitat de Catalunya al Departamento de la Presidencia a
través de la Secretaría del Gobierno en virtud del artículo 1.2.3 del Decreto 289/2022,
de 2 de noviembre, de reestructuración del Departamento de la Presidencia (DOGC
núm. 8785, de 3 de noviembre de 2022).