III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Convenios. (BOE-A-2024-17693)
Resolución de 28 de agosto de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Centro para el Desarrollo Tecnológico y la Innovación, E.P.E., y el Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial "Esteban Terradas", para la cooperación en el desarrollo de un sistema aéreo autónomo multimisión en el campo de la extinción de incendios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 212

Lunes 2 de septiembre de 2024

Sec. III. Pág. 110356

El contrato se ejecutará de conformidad a las fases definidas en el anexo II del
presente convenio.
Quinta.

Financiación.

El CDTI financiará con cargo a la aplicación presupuestaria PP.GG.EE. 2023:
28.08.467C.74923 el coste de las actividades de apoyo técnico necesarias para poder
desarrollar el prototipo o servicio, así como las de operación y validación del prototipo,
sobre la base de un plan de ensayos y ejecución del mismo propuesto por el INTA y
acordado entre las partes y por un importe máximo de 484.840 euros (sin IVA).
Habrá un pago inicial, una vez el convenio resulte eficaz, de 100.000 euros (sin IVA)
y el resto a la aprobación del plan de ensayos.
Sexta. Comisión de seguimiento.
Dentro del plazo de treinta días hábiles a contar desde la inscripción en el Registro
Electrónico Estatal de órganos e instrumentos de cooperación del Sector Público Estatal
(REOICO) de este convenio deberá constituirse una comisión de seguimiento integrada
por un mínimo de dos y un máximo de cuatro representantes por cada una de las partes.
La comisión de seguimiento tendrá atribuidas las siguientes funciones:
a) Establecimiento de las normas de funcionamiento de la propia comisión de
seguimiento.
b) Realizar el seguimiento de las acciones emprendidas, velando por el
cumplimiento de lo pactado en el presente convenio, así como resolver todas aquellas
cuestiones suscitadas entre las partes por la interpretación del mismo.
c) Diseñar, planificar, ejecutar y efectuar el seguimiento de las actuaciones
concretas del objeto del presente convenio.
d) Decidir sobre las cuestiones que le plantee el Equipo responsable del contrato.
e) Acordar aspectos de detalle de ejecución del convenio siempre que no afecte al
contenido mínimo y esencial del convenio, de conformidad a lo establecido en la cláusula
décima.
f) Cualesquiera otras conducentes al logro de los objetivos propuestos.
Esta Comisión fijará sus propias normas internas de funcionamiento, dentro del
marco dispuesto para los órganos colegiados en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público (en adelante, LRJSP), debiendo reunirse con la
periodicidad que la misma establezca, inicialmente con carácter ordinario al menos
semestralmente dos veces al año o, de forma extraordinaria, cuando lo solicite
justificadamente cualquiera de las partes.
De cada sesión se levantará acta, que especificará necesariamente los asistentes, el
orden del día de la reunión, los puntos principales de las deliberaciones, así como el
contenido de los acuerdos adoptados. Los acuerdos se adoptarán por unanimidad de
sus miembros y serán efectivos desde la aprobación del acta. El acta será firmada por
los representantes de cada una de las partes.

La información que las partes se entreguen para el desarrollo del presente convenio
tendrá carácter confidencial, a menos que las mismas acuerden lo contrario o que
obligaciones legales o regulatorias y/o acuerdos con terceros lo impidan. Mantendrá
dicho carácter confidencial incluso una vez rescindido el convenio.
Cada una de las partes se compromete a guardar la más absoluta confidencialidad,
secreto profesional y reserva de todos los datos e informaciones intercambiados, así
como de la documentación derivada que pudiera generarse.
El carácter confidencial de la información intercambiada implica la prohibición de
realizar cualquier acción con una finalidad distinta a la del presente convenio,

cve: BOE-A-2024-17693
Verificable en https://www.boe.es

Séptima. Confidencialidad de la información.