III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2024-17713)
Resolución de 14 de agosto de 2024, de la Secretaría de Estado de Energía, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 23 de julio de 2024, por el que se otorga a Sextante Solar, SL, autorización administrativa previa de las modificaciones y autorización administrativa de construcción para la instalación fotovoltaica Sextante Solar, de 105,36 MW de potencia instalada, y sus infraestructuras de evacuación, en los términos municipales de Camarena, Chozas de Canales, Lominchar, Palomeque, Cedillo del Condado, El Viso de San Juan y Carranque, en la Provincia de Toledo, y Serranillos del Valle, Griñón y Moraleja de Enmedio, en la Comunidad de Madrid.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 2 de septiembre de 2024
Sec. III. Pág. 110517
de 2023 y 21 de abril de 2023, y que el tramo no se ha visto modificado con respecto a lo
autorizado, por lo cual no es objeto de pronunciamiento dentro del procedimiento de
actualización de la AAP. En cuanto al parque fotovoltaico PFV Hércules, el promotor
responde que el alegante era conocedor del trazado de su línea de evacuación y que
debía de adaptar su proyecto a ésta.
Se ha recibido alegación de Solaria Promoción y Desarrollo Fotovoltaico, SLU,
informando de la existencia de un cruzamiento entre la infraestructura de evacuación del
promotor con la infraestructura de evacuación a 220 kV SET Pantoja-SET Los Hijares,
pertenecientes al expediente PFot-495AC, promovido por el alegante, y considerando
que el promotor debe incorporar las modificaciones que sean necesarias para eliminar o
minimizar dicha afección. A su vez, el alegante manifiesta su disposición a reunirse con
el promotor con el fin de llegar a un acuerdo que satisfaga a ambas partes. Se ha dado
traslado al promotor, el cual responde indicando que el tramo mencionado de la línea de
evacuación aéreo-subterránea de 220kV SET San Andrés-SET Moraleja REE 220, entre
sus apoyos 50 y 51, fue sometido a información pública mediante publicación en el
«Boletín Oficial del Estado» el día 6 de mayo de 2022, posteriormente obtuvo la DIA y la
AAP con fechas de 20 de enero de 2023 y 21 de abril de 2023 y que este tramo no se ha
visto modificado con respecto a lo autorizado y, por tanto, no es objeto de
pronunciamiento dentro del procedimiento de actualización de la AAP.
Se ha recibido alegación de la sociedades Corporación Empresarial Tegara II, SL,
Progresión Dinámica, SL, y Brezo Desarrollos España, SL, informando de la existencia
de interferencias entre la línea eléctrica aéreo-subterránea de alta tensión 220 kV SET
San Andrés-SET Moraleja REE220, y la PSFV «El Lago», tramitada en el expediente
PFot-520, la PSFV «Hayabusa», la LSAT SET San Pedro-SET Hayabusa y la LSMT
Hayabusa-SET Hayabusa, incluidas en el expediente PFot-455 AC, en los términos
municipales de Lominchar y Palomeque, en la provincia de Toledo. Manifiestan su
disposición para alcanzar un acuerdo con el promotor para llegar una solución técnica
que satisfaga ambas partes. Se ha dado traslado al promotor, que responde que el tramo
mencionado de la línea de evacuación, a su paso por los municipios de Lominchar,
Cedillo del Condado y Palomeque, no se ha visto modificado desde su diseño oficial y
por lo tanto entiende que el alegante ha tenido la oportunidad, desde el inicio de
tramitación de su proyecto, de adaptar el diseño de sus plantas fotovoltaicas a la línea de
evacuación del proyecto. El promotor también manifiesta que el anuncio del 11 de agosto
de 2023 se hace únicamente sobre las modificaciones del proyecto. A este respecto,
destacan que el proyecto obtuvo la DIA y la AAP con fechas de 20 de enero de 2023
y 21 de abril de 2023 y que el tramo no se ha visto modificado con respecto a lo
autorizado y, por tanto, no es objeto de pronunciamiento dentro del procedimiento de
actualización de la AAP.
Se ha recibido alegación de Minerva Power, SL, informando de la existencia de un
paralelismo y un cruzamiento entre la línea de evacuación proyectada del promotor y la
línea de evacuación compartida del alegante perteneciente al expediente PFot-769
Luciérnaga. El alegante manifiesta que su línea compartida de evacuación ha dejado un
circuito de reserva en el tramo 6, indicando que éste podría ser utilizado por el promotor,
y que tanto el promotor como el alegante, así como los promotores de los proyectos
Harbour Sevilla Manchuela 2, SL, y Fotovoltaica el Casar, SL, están en proceso de
revisión de un acuerdo para compartir tramo en el paralelismo considerado, con objeto
de resolver las interferencias detectadas. Se ha dado traslado al promotor, el cual
responde indicando que declara su interés en alcanzar un acuerdo que haga compatible
y minimice las sinergias entre los proyectos de ambos expedientes con el objetivo de
encontrar una solución viable para ambos proyectos.
Se ha recibido contestación de Mitra Beta, SLU, informando que la línea de
evacuación del promotor presenta varios cruzamientos y paralelismos con la línea de
evacuación L/220kV Guadarrama III-Buenavista REE tramitada por el alegante en el
expediente PFot-466 AC, y por ello manifiesta su voluntad de llegar a un acuerdo para
compatibilizarlos. Además, el alegante manifiesta que ha llegado a un acuerdo con la
cve: BOE-A-2024-17713
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 212
Lunes 2 de septiembre de 2024
Sec. III. Pág. 110517
de 2023 y 21 de abril de 2023, y que el tramo no se ha visto modificado con respecto a lo
autorizado, por lo cual no es objeto de pronunciamiento dentro del procedimiento de
actualización de la AAP. En cuanto al parque fotovoltaico PFV Hércules, el promotor
responde que el alegante era conocedor del trazado de su línea de evacuación y que
debía de adaptar su proyecto a ésta.
Se ha recibido alegación de Solaria Promoción y Desarrollo Fotovoltaico, SLU,
informando de la existencia de un cruzamiento entre la infraestructura de evacuación del
promotor con la infraestructura de evacuación a 220 kV SET Pantoja-SET Los Hijares,
pertenecientes al expediente PFot-495AC, promovido por el alegante, y considerando
que el promotor debe incorporar las modificaciones que sean necesarias para eliminar o
minimizar dicha afección. A su vez, el alegante manifiesta su disposición a reunirse con
el promotor con el fin de llegar a un acuerdo que satisfaga a ambas partes. Se ha dado
traslado al promotor, el cual responde indicando que el tramo mencionado de la línea de
evacuación aéreo-subterránea de 220kV SET San Andrés-SET Moraleja REE 220, entre
sus apoyos 50 y 51, fue sometido a información pública mediante publicación en el
«Boletín Oficial del Estado» el día 6 de mayo de 2022, posteriormente obtuvo la DIA y la
AAP con fechas de 20 de enero de 2023 y 21 de abril de 2023 y que este tramo no se ha
visto modificado con respecto a lo autorizado y, por tanto, no es objeto de
pronunciamiento dentro del procedimiento de actualización de la AAP.
Se ha recibido alegación de la sociedades Corporación Empresarial Tegara II, SL,
Progresión Dinámica, SL, y Brezo Desarrollos España, SL, informando de la existencia
de interferencias entre la línea eléctrica aéreo-subterránea de alta tensión 220 kV SET
San Andrés-SET Moraleja REE220, y la PSFV «El Lago», tramitada en el expediente
PFot-520, la PSFV «Hayabusa», la LSAT SET San Pedro-SET Hayabusa y la LSMT
Hayabusa-SET Hayabusa, incluidas en el expediente PFot-455 AC, en los términos
municipales de Lominchar y Palomeque, en la provincia de Toledo. Manifiestan su
disposición para alcanzar un acuerdo con el promotor para llegar una solución técnica
que satisfaga ambas partes. Se ha dado traslado al promotor, que responde que el tramo
mencionado de la línea de evacuación, a su paso por los municipios de Lominchar,
Cedillo del Condado y Palomeque, no se ha visto modificado desde su diseño oficial y
por lo tanto entiende que el alegante ha tenido la oportunidad, desde el inicio de
tramitación de su proyecto, de adaptar el diseño de sus plantas fotovoltaicas a la línea de
evacuación del proyecto. El promotor también manifiesta que el anuncio del 11 de agosto
de 2023 se hace únicamente sobre las modificaciones del proyecto. A este respecto,
destacan que el proyecto obtuvo la DIA y la AAP con fechas de 20 de enero de 2023
y 21 de abril de 2023 y que el tramo no se ha visto modificado con respecto a lo
autorizado y, por tanto, no es objeto de pronunciamiento dentro del procedimiento de
actualización de la AAP.
Se ha recibido alegación de Minerva Power, SL, informando de la existencia de un
paralelismo y un cruzamiento entre la línea de evacuación proyectada del promotor y la
línea de evacuación compartida del alegante perteneciente al expediente PFot-769
Luciérnaga. El alegante manifiesta que su línea compartida de evacuación ha dejado un
circuito de reserva en el tramo 6, indicando que éste podría ser utilizado por el promotor,
y que tanto el promotor como el alegante, así como los promotores de los proyectos
Harbour Sevilla Manchuela 2, SL, y Fotovoltaica el Casar, SL, están en proceso de
revisión de un acuerdo para compartir tramo en el paralelismo considerado, con objeto
de resolver las interferencias detectadas. Se ha dado traslado al promotor, el cual
responde indicando que declara su interés en alcanzar un acuerdo que haga compatible
y minimice las sinergias entre los proyectos de ambos expedientes con el objetivo de
encontrar una solución viable para ambos proyectos.
Se ha recibido contestación de Mitra Beta, SLU, informando que la línea de
evacuación del promotor presenta varios cruzamientos y paralelismos con la línea de
evacuación L/220kV Guadarrama III-Buenavista REE tramitada por el alegante en el
expediente PFot-466 AC, y por ello manifiesta su voluntad de llegar a un acuerdo para
compatibilizarlos. Además, el alegante manifiesta que ha llegado a un acuerdo con la
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