III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2024-17576)
Resolución de 20 de agosto de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el XXVI Convenio colectivo de Nokia Spain, SA.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 210
Viernes 30 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 109694
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL
17576
Resolución de 20 de agosto de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por
la que se registra y publica el XXVI Convenio colectivo de Nokia Spain, SA.
Visto el texto del XXVI Convenio Colectivo de la empresa Nokia Spain, SA (código de
convenio n.º 90004872011981), que fue suscrito, con fecha 17 de abril de 2024, de una
parte por los designados por la Dirección de la empresa, en representación de la misma,
y de otra por el Comité intercentros, en representación de los trabajadores afectados, y
que ha sido finalmente subsanado mediante acta de 15 de julio de 2024, y de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de
los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23
de octubre (BOE del 24), y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y
depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad,
Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Primero.
Ordenar la inscripción del citado convenio colectivo en el correspondiente Registro
de Convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios
electrónicos de este centro directivo, con notificación a la Comisión negociadora.
Segundo.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 20 de agosto de 2024.–La Directora General de Trabajo, María Nieves
González García.
XXVI CONVENIO COLECTIVO INTERPROVINCIAL DE LA EMPRESA NOKIA
SPAIN, SA
CAPÍTULO PRIMERO
Sección 1.ª
Naturaleza jurídica, ámbito territorial y personal.
El presente convenio colectivo interprovincial, concertado por la Comisión
Negociadora, constituida por los miembros designados al efecto por el Comité
Intercentros y por la dirección de Nokia Spain, SA (en adelante «la Dirección»), es de
aplicación, con exclusión de cualquier otro, a todo el personal que forme parte de la
plantilla activa de Nokia Spain, SA (en adelante «la Empresa» o «la Compañía»),
cualquiera que sea el lugar en que preste sus servicios.
No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, quedan excluidos del ámbito de
aplicación del presente convenio, a efectos del tratamiento salarial, del establecimiento
de los incrementos anuales, del sistema de promoción y de todos los aspectos
contenidos en el convenio que así lo especifiquen, todas las personas trabajadoras con
Grupo profesional 00.
cve: BOE-A-2024-17576
Verificable en https://www.boe.es
Artículo 1.
Ámbito de aplicación y vigencia
Núm. 210
Viernes 30 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 109694
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL
17576
Resolución de 20 de agosto de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por
la que se registra y publica el XXVI Convenio colectivo de Nokia Spain, SA.
Visto el texto del XXVI Convenio Colectivo de la empresa Nokia Spain, SA (código de
convenio n.º 90004872011981), que fue suscrito, con fecha 17 de abril de 2024, de una
parte por los designados por la Dirección de la empresa, en representación de la misma,
y de otra por el Comité intercentros, en representación de los trabajadores afectados, y
que ha sido finalmente subsanado mediante acta de 15 de julio de 2024, y de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de
los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23
de octubre (BOE del 24), y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y
depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad,
Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Primero.
Ordenar la inscripción del citado convenio colectivo en el correspondiente Registro
de Convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios
electrónicos de este centro directivo, con notificación a la Comisión negociadora.
Segundo.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 20 de agosto de 2024.–La Directora General de Trabajo, María Nieves
González García.
XXVI CONVENIO COLECTIVO INTERPROVINCIAL DE LA EMPRESA NOKIA
SPAIN, SA
CAPÍTULO PRIMERO
Sección 1.ª
Naturaleza jurídica, ámbito territorial y personal.
El presente convenio colectivo interprovincial, concertado por la Comisión
Negociadora, constituida por los miembros designados al efecto por el Comité
Intercentros y por la dirección de Nokia Spain, SA (en adelante «la Dirección»), es de
aplicación, con exclusión de cualquier otro, a todo el personal que forme parte de la
plantilla activa de Nokia Spain, SA (en adelante «la Empresa» o «la Compañía»),
cualquiera que sea el lugar en que preste sus servicios.
No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, quedan excluidos del ámbito de
aplicación del presente convenio, a efectos del tratamiento salarial, del establecimiento
de los incrementos anuales, del sistema de promoción y de todos los aspectos
contenidos en el convenio que así lo especifiquen, todas las personas trabajadoras con
Grupo profesional 00.
cve: BOE-A-2024-17576
Verificable en https://www.boe.es
Artículo 1.
Ámbito de aplicación y vigencia