III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2024-17577)
Resolución de 20 de agosto de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica la modificación del III Convenio colectivo de Evolutio Cloud Enabler, SAU.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 210

Viernes 30 de agosto de 2024

Sec. III. Pág. 109752

del día 25, y entre las 23.00 horas del día 31 y las 15.00 horas del día 1, esta
compensación quedará en los siguientes términos:
– Hasta 4 horas de dedicación: 165,34 euros.
– Más de 4 horas de dedicación: 242,41 euros.
4.2

Intervenciones planificadas.

Estas se pagan conforme a los siguientes tramos horarios:
– Laborables diurnos: 34,26 euros/hora.
– Laborables nocturnos, fines de semana diurnos y festivos diurnos: 40,94
euros/hora.
– Fines de semana nocturnos y festivos nocturnos: 47,31 euros/hora.
Entendiendo el horario nocturno el comprendido entre las 22:00 y las 6:00
horas.
Las Intervenciones Planificadas de empleado/as que no hacen disponibilidad
pero que, de forma excepcional, puedan ser requeridos para una intervención para
solucionar o coordinar la solución de un incidente, se regirán por este mismo
sistema retributivo según tramo horario.
En el caso de que al empleado/a que haya realizado una intervención
planificada se le requiera que esté disponible durante las 24 horas siguientes a las
que se ha realizado dicha intervención, recibirá una compensación de 54,73 euros
brutos por esa disponibilidad.
Todas las intervenciones deben ser a requerimiento de la Compañía y de
acuerdo con el procedimiento que establezca cada área.

Como fase previa se identificarán aquellos servicios, proyectos o
circunstancias que requieran que un/a empleado/a esté asignado a alguno de
estos servicios de guardia o disponibilidad.
Aquellas personas susceptibles de prestar sus servicios en modo guardia,
disponibilidad o turnicidad, deberán firmar un acuerdo de prestación de servicio de
acuerdo al colectivo al que pertenezcan.
Sólo se podrá estar adscrito a un modelo de prestación de servicios en cada
momento, que será el que se determine en función de las necesidades del
proyecto al que esté asignado. En caso de movilidad interna a otros proyectos que
requieran otro tipo de servicio se gestionará con la suficiente antelación para
permitir realizar los cambios necesarios.
En el servicio prestado en sistema de turnos no cabe la posibilidad de realizar
intervenciones planificadas fuera de horario o servicios en modo guardia o
disponibilidad ya que, de acuerdo con la naturaleza del servicio a turnos, siempre
debería haber alguna persona en el siguiente turno capaz de gestionar las
intervenciones, salvo autorización expresa del jefe directo.
Las intervenciones planificadas se consideran algo excepcional y sujetas a
realizar fuera del horario habitual de trabajo asignado a ese/a empleado/a en
concreto.
Determinados proyectos o servicios pueden requerir la necesidad de ajustar el
horario habitual de trabajo a las necesidades de dicho servicio. Si es el caso, se
informará con la suficiente antelación al empleado/a. Estas circunstancias que
pueden considerarse coyunturales no conllevarán una compensación económica
adicional, siempre que el ajuste horario de realice dentro de la jornada diurna, en
otro caso habría que aplicar las compensaciones correspondientes.
No se abonará ninguna otra cantidad o plus diferentes a las recogidas en esta
política salvo autorización expresa del Director/a de Área y de People & Change.

cve: BOE-A-2024-17577
Verificable en https://www.boe.es

Administración y control del servicio