III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2024-17572)
Resolución de 20 de agosto de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Acteco Productos y Servicios, SL.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

Área Funcional

Producción.

Viernes 30 de agosto de 2024

Grupo
profesional

Categoría

Sec. III. Pág. 109590

Descripción funciones y responsabilidades

I

Peón.

Persona trabajadora/a que ejecuta labores consistentes exclusivamente en la aportación de su esfuerzo físico, tareas de clasificación y carga y descarga, sin otra condición que prestar la debida atención y la voluntad de
llevar a cabo aquello que le sea ordenado. Polivalencia formativa para cambiar de puesto, en la misma área de producción.

I

Especialista.

Operarios/as, mayores de dieciocho años, que tienen la capacidad y los conocimientos de la materia suficientes para realizar trabajos específicos de su oficio, sin perjuicio de que puedan realizar otros trabajos comunes, con
responsabilidad directa de su ejecución. Tendrán esta clasificación aquellas personas trabajadoras que manejen máquinas propias de la especialidad.

II

Carretillero/a.

Operario/a que maneje equipos autopropulsados eléctricos, diésel o gas (carretillas, toros, palas cargadoras) de manera habitual. Carnet de carretilla según norma UNE Experiencia mínima de 1 año en puesto similar.

II

Carretillera/o
especialista.

Operario/a que maneje equipos autopropulsados eléctricos, diésel o gas (carretillas, toros, palas cargadoras) de manera habitual. Carnet de carretilla según norma UNE Experiencia mínima de 1 año en puesto similar.
Formación básica obligatoria o equivalente (ESO, secundaria). Operario/a que, atendiendo a su adecuado mantenimiento y conservación, maneja y controla maquinaria fija (prensa cizalla, fragmentadora y prensas
compactadoras), así como el que maneja grúas cargadoras, tanto fijas como móviles, con pulpo o electroimán, pudiendo desarrollar otros trabajos de especialista cuando las necesidades de la empresa lo requieran. Persona
trabajadora/a capacitado/a para ejercer las funciones de un especialista y además las básicas de mantenimiento y reparación de la maquinaria de la empresa. Formación básica obligatoria o equivalente (ESO, secundaria).

II

Operaria/o Ind.

Operario/a que es responsable de una o varias máquinas de inyección, extrusión, compresión, rotomoldeo y auxiliares, control de inyectada, temperaturas, regulación, ajuste y puesta en marcha de la máquina. Formación
básica obligatoria o equivalente (ESO, secundaria). Carnet carretilla según norma UNE.

I

Técnico Calidad.

Persona trabajadora/a que realiza todas aquellas operaciones relacionadas de muestreo, análisis y seguimiento de la trazabilidad de los materiales implicados en el reciclado de plástico, de acuerdo con los parámetros
establecidos en el Sistema de Gestión de Calidad y Medio Ambiente. Formación Profesional superior o experiencia demostrable en puesto similar.

II

Oficial Ind.

Operario/a con conocimientos adecuados para el correcto desarrollo del puesto de trabajo en cuanto a producción, calidad y mantenimiento. Presenta polivalencia para desempeñar el puesto de trabajo adecuadamente en
diferentes líneas de producción. Formación básica obligatoria o equivalente (ESO, secundaria). Carnet carretilla según norma UNE. Formación especifica área de extrusión.

II

Oficial Mant.

Operario/a que realiza tareas de oficios auxiliares de la industria como mecánica, matricería, electricidad, informática, torno, fresadora, impresores, etc., con capacidad suficiente para realizar las tareas normales del oficio, con
conocimientos específicos de las líneas de producción. Formación profesional básica o experiencia demostrable equivalente. Carnet carretilla según norma UNE.

II

Oficial res.

Operario/a con conocimientos adecuados para el correcto desarrollo del puesto de trabajo en cuanto al manejo de la maquinaria móvil y fija, identificación y manipulación del residuo atendiendo a la correspondencia legislativa
del mismo, así como a su incompatibilidad en el almacenamiento. Formación básica obligatoria o equivalente (ESO, secundaria). Carnet carretilla según norma UNE.

II

Jefa/e de turno.

Persona trabajadora/a que colabora en el proceso productivo, coordina y organiza personal a su cargo, asegurando los modos operatorios, para la realización de las tareas asignadas de forma que el conjunto sea lo más
eficiente posible, logrando los objetivos de producción. Reporta a la persona responsable de planta. Puesto de promoción interna. Formación profesional superior o equivalente (FPII). Carnet carretilla según norma UNE.
Función principal: Gestionar y organizar al personal. Controla producciones. Mínimo 3 años de experiencia.

Técnico Ind.

Operario/a con conocimientos superiores a lo esperado para el correcto desarrollo del puesto de trabajo en cuanto a producción, calidad y mantenimiento. Presenta polivalencia para desempeñar el puesto de trabajo
adecuadamente en diferentes líneas de producción. Es capaz de detectar, analizar y trasladar averías o malfuncionamientos de la maquinaria o de calidad, aportando soluciones y colaborando en la ejecución de las mismas.
Formación básica obligatoria o equivalente (ESO, secundaria). Carnet carretilla según norma UNE. Formación específica área de extrusión.

III

Técnico Mant.

Operario/a que realiza tareas de oficios auxiliares de la industria como mecánica, matricería, electricidad, informática, torno, fresadora, impresores, etc., con capacidad suficiente para realizar las tareas normales del oficio, con
conocimientos específicos de las líneas de producción, realizando mejoras y modificaciones en las líneas productivas. Formación profesional básica o experiencia demostrable equivalente. Carnet carretilla según norma UNE.

III

Técnico Residuos.

Operario/a con conocimientos superiores para el correcto desarrollo del puesto de trabajo en cuanto al manejo de la maquinaria móvil y fija, identificación y manipulación del residuo atendiendo a la correspondencia legislativa
del mismo, así como a su incompatibilidad en el almacenamiento. Polivalencia entre secciones RI y RP mantenida en el tiempo disponiendo de conocimientos y experiencia en ambas secciones. Carnet ADR básico.
Formación básica obligatoria o equivalente (ESO, secundaria). Carnet carretilla según norma UNE.

IV

Encargada/o de
sección.

Persona trabajadora/a que colabora en el proceso productivo, coordina y organiza personal a su cargo, asegurando los modos operatorios, para la realización de las tareas asignadas de forma que el conjunto sea lo más
eficiente posible, logrando los objetivos de producción/sección, así como la coordinación del mantenimiento de la maquinaria asignada a su sección y planificación logística de entradas y salidas. Reporta a la persona
responsable de planta. Puesto de promoción interna. Formación profesional superior o equivalente (FPII). Carnet carretilla según norma UNE. Formación específica en su área (extrusión, residuos y calidades). Vela por los
objetivos de la sección. Mínimo 5 años de experiencia.

cve: BOE-A-2024-17572
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 210