II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DEL INTERIOR. Cuerpo Nacional de Policía. (BOE-A-2024-17401)
Resolución de 31 de julio de 2024, de la Dirección General de la Policía, por la que se convoca oposición libre para cubrir plazas de alumnos/as de la Escuela Nacional de Policía, de la División de Formación y Perfeccionamiento, aspirantes a ingreso en la Escala Básica, categoría de Policía, de la Policía Nacional.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 208

Miércoles 28 de agosto de 2024

Sec. II.B. Pág. 108573

7. Intoxicaciones crónicas que determinen trastornos anatómicos o funcionales que
menoscaben la capacidad para el normal desarrollo de las funciones policiales.
8. Utilización de cualquier tipo de medicación o droga que pueda disminuir la
capacidad de reacción del examinado o que funcionalmente menoscaben la capacidad
para el normal desarrollo de las funciones policiales.
C.

Piel y tejido celular subcutáneo

1. Dermatosis extensas y generalizadas de la piel o cuero cabelludo de tendencia
crónica o recidivante, o aquellas que por su localización, extensión o estado clínico
interfieran con las actividades policiales o con el uso de la uniformidad o dotación
profesional que menoscaben la capacidad para el normal desarrollo de las funciones
policiales, evaluados de forma individualizada y con informe emitido por la persona
asesora médica designada.
2. Dermopatías contagiosas.
3. Afecciones y cicatrices localizadas que afecten a la movilidad o impidan el uso
del equipo reglamentario.
4. Úlceras inveteradas o con tendencia recidivante.
D.
D.1

Neurología y psiquiatría

Neurología.

1. Cubiertas membranosas y óseas, y del sistema vascular, que produzcan
alteraciones motoras o sensitivas, que menoscaben la capacidad para el normal
desarrollo de las funciones policiales.
2. Enfermedades crónicas sistematizadas, difusas o en focos, y lesiones de
cualquier parte del sistema nervioso central o periférico, o de las meninges, que originen
trastornos motores o sensitivos.
3. Lesiones traumáticas craneoencefálicas, vertebromedulares o de nervios
periféricos y sus secuelas que determinen alteraciones morfológicas o funcionales o que
menoscaben la capacidad para el normal desarrollo de las funciones policiales.
4. Epilepsia en todas sus formas. Crisis de actividad comicial (como los llamados
equivalentes epilépticos y otras) con hallazgos electroencefalográficos significativos.
5. Movimientos anormales uni o bilaterales, generalizados o no.
6. Síndromes neurológicos que cursen con afectación de las funciones corticales.
7. Enfermedades metabólicas, carenciales, por tóxicos, fármacos y drogas que
produzcan alteraciones de los sistemas nerviosos central y periférico.
8. Paresia, hemiparesia en cualquier localización, aguda o crónica.
Psiquiatría.

1. Trastornos mentales orgánicos.
2. Trastornos mentales y del comportamiento relacionados con el consumo de
tóxicos (drogas, psicotropos y/o alcohol), al igual que la evidencia de abuso de los
mismos o su detección analítica en el reconocimiento.
3. Trastornos psicóticos en todas sus expresiones, incluidos los existentes en los
antecedentes, aun cuando no exista producción clínica.
4. Trastornos del estado de ánimo de carácter persistente o recurrente, incluidos los
existentes en los antecedentes, aun cuando se encuentren asintomáticos.
5. Trastornos de ansiedad, trastornos adaptativos, trastornos relacionados con
factores estresantes y trastornos somatomorfos que menoscaben la capacidad para el
normal desarrollo de las funciones policiales o adaptación al medio policial.
6. Trastornos del comportamiento asociados a disfunciones fisiológicas y/o a
factores somáticos que menoscaben la capacidad para el normal desarrollo de las
funciones policiales o su adaptación a las mismas.

cve: BOE-A-2024-17401
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D.2