III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2024-17463)
Resolución de 26 de julio de 2024, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Envatios Promoción XXII, SL, autorización administrativa previa de modificaciones y autorización administrativa de construcción para la instalación fotovoltaica "Envatios XXII", de 233,70 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, en los términos municipales de Añover de Tajo, Borox y Seseña (Toledo) y Valdemoro (Madrid).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 208
Miércoles 28 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 108818
Conforme a la declaración de impacto ambiental y los condicionados aceptados por
el promotor durante la tramitación, la infraestructura de evacuación contempla las
siguientes actuaciones:
Considerando que, en virtud del artículo 53.1 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre,
la autorización administrativa de construcción permite al titular realizar la construcción de
la instalación cumpliendo los requisitos técnicos exigibles.
El promotor suscribe, en diciembre de 2022, abril de 2023 y julio de 2024,
declaraciones responsables que acreditan el cumplimiento de la normativa que le es de
aplicación.
La Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, reconoce la libre iniciativa
empresarial para el ejercicio de las actividades destinadas al suministro de energía eléctrica.
En virtud del artículo 53.4 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, el promotor ha acreditado
su capacidad legal, técnica y económico-financiera para la realización del proyecto. A tal fin,
la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia emitió el correspondiente informe
teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 127.6 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de
diciembre, aprobado en su sesión celebrada el 11 de enero de 2024.
De acuerdo con lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la propuesta de resolución de
esta Dirección General ha sido sometida a trámite de audiencia del promotor, el cual ha
respondido al mismo con observaciones y documentación, que han sido analizadas y
parcialmente incorporadas en la resolución. Tomando en consideración los principios de
celeridad y economía procesal que debe regir la actividad de la Administración, resulta
procedente resolver por medio de un único acto la solicitud del peticionario, relativa a la
concesión de autorización administrativa previa y autorización administrativa de
construcción del proyecto.
Estas autorizaciones se van a conceder sin perjuicio de las concesiones y
autorizaciones que sean necesarias relativas a la ordenación del territorio y al medio
ambiente, y a cualesquiera otras motivadas por disposiciones que resulten aplicables,
así como sin perjuicio del resto de autorizaciones y permisos que sean necesarios para
la ejecución de la obra según lo previsto en el artículo 53.6 de la Ley 24/2013, de 26 de
diciembre, y el artículo 120.2 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Como consecuencia de lo anteriormente expuesto,
Esta Dirección General de Política Energética y Minas, resuelve:
Primero.
Otorgar a Envatios Promoción XXII, SL, autorización administrativa previa de las
modificaciones del proyecto de planta fotovoltaica «Envatios XXII» de 233,70 MW de
potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, en los términos municipales de
cve: BOE-A-2024-17463
Verificable en https://www.boe.es
– Líneas subterráneas a 30 kV que conectan la implantación en la zona Añover de
Tajo de la planta fotovoltaica Envatios XXII con la subestación eléctrica SET Añover de
Tajo 30/220 kV.
– Subestación eléctrica elevadora SET Añover de Tajo 30/220 kV.
– Líneas subterráneas a 30 kV que conectan la implantación en la zona Seseña de
la planta fotovoltaica Envatios XXII con la subestación eléctrica SET Seseña 30/220 kV.
– Subestación eléctrica elevadora SET Seseña 30/220 kV.
– Línea a 220 kV entre SET Añover de Tajo 30/220 kV y SET Colectora
Promotores 220 kV, con E/S en la SET Seseña 30/220 kV.
– Subestación eléctrica SE Colectora Promotores 220 kV.
– Línea a 220 kV entre la subestación SE Colectora Promotores 220 kV y la
Subestación Eléctrica Valdemoro 220 kV (Red Eléctrica de España), con E/S en Recinto
de Medida Valdemoro.
– Recinto de Medida Valdemoro 220 kV.
Núm. 208
Miércoles 28 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 108818
Conforme a la declaración de impacto ambiental y los condicionados aceptados por
el promotor durante la tramitación, la infraestructura de evacuación contempla las
siguientes actuaciones:
Considerando que, en virtud del artículo 53.1 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre,
la autorización administrativa de construcción permite al titular realizar la construcción de
la instalación cumpliendo los requisitos técnicos exigibles.
El promotor suscribe, en diciembre de 2022, abril de 2023 y julio de 2024,
declaraciones responsables que acreditan el cumplimiento de la normativa que le es de
aplicación.
La Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, reconoce la libre iniciativa
empresarial para el ejercicio de las actividades destinadas al suministro de energía eléctrica.
En virtud del artículo 53.4 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, el promotor ha acreditado
su capacidad legal, técnica y económico-financiera para la realización del proyecto. A tal fin,
la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia emitió el correspondiente informe
teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 127.6 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de
diciembre, aprobado en su sesión celebrada el 11 de enero de 2024.
De acuerdo con lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la propuesta de resolución de
esta Dirección General ha sido sometida a trámite de audiencia del promotor, el cual ha
respondido al mismo con observaciones y documentación, que han sido analizadas y
parcialmente incorporadas en la resolución. Tomando en consideración los principios de
celeridad y economía procesal que debe regir la actividad de la Administración, resulta
procedente resolver por medio de un único acto la solicitud del peticionario, relativa a la
concesión de autorización administrativa previa y autorización administrativa de
construcción del proyecto.
Estas autorizaciones se van a conceder sin perjuicio de las concesiones y
autorizaciones que sean necesarias relativas a la ordenación del territorio y al medio
ambiente, y a cualesquiera otras motivadas por disposiciones que resulten aplicables,
así como sin perjuicio del resto de autorizaciones y permisos que sean necesarios para
la ejecución de la obra según lo previsto en el artículo 53.6 de la Ley 24/2013, de 26 de
diciembre, y el artículo 120.2 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Como consecuencia de lo anteriormente expuesto,
Esta Dirección General de Política Energética y Minas, resuelve:
Primero.
Otorgar a Envatios Promoción XXII, SL, autorización administrativa previa de las
modificaciones del proyecto de planta fotovoltaica «Envatios XXII» de 233,70 MW de
potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, en los términos municipales de
cve: BOE-A-2024-17463
Verificable en https://www.boe.es
– Líneas subterráneas a 30 kV que conectan la implantación en la zona Añover de
Tajo de la planta fotovoltaica Envatios XXII con la subestación eléctrica SET Añover de
Tajo 30/220 kV.
– Subestación eléctrica elevadora SET Añover de Tajo 30/220 kV.
– Líneas subterráneas a 30 kV que conectan la implantación en la zona Seseña de
la planta fotovoltaica Envatios XXII con la subestación eléctrica SET Seseña 30/220 kV.
– Subestación eléctrica elevadora SET Seseña 30/220 kV.
– Línea a 220 kV entre SET Añover de Tajo 30/220 kV y SET Colectora
Promotores 220 kV, con E/S en la SET Seseña 30/220 kV.
– Subestación eléctrica SE Colectora Promotores 220 kV.
– Línea a 220 kV entre la subestación SE Colectora Promotores 220 kV y la
Subestación Eléctrica Valdemoro 220 kV (Red Eléctrica de España), con E/S en Recinto
de Medida Valdemoro.
– Recinto de Medida Valdemoro 220 kV.