I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE CULTURA. Subvenciones. (BOE-A-2024-17373)
Real Decreto 843/2024, de 27 de agosto, por el que se regula la concesión directa de subvenciones a diversas entidades para la promoción de las artes escénicas y musicales en el año 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 28 de agosto de 2024

Sec. I. Pág. 108487

El Ayuntamiento de Vilanova i la Geltrú para la conmemoración del bicentenario de
Víctor Balaguer (1824-2024). El año Víctor Balaguer, organizado por la Generalidad de
Cataluña y el Ayuntamiento de Vilanova i la Geltrú, que contará con el apoyo del
Ministerio de Cultura a través del INAEM, se inscribe en el calendario de
conmemoraciones oficiales del país este 2024, con la voluntad de poner de relieve,
recuperar y divulgar una figura que ha dejado huella en el patrimonio colectivo, con el
objetivo de divulgar su relevancia histórica y valorar su legado.
Asimismo, se prevé como destinataria de subvención a la Diputación de Alicante,
para la realización de la XXXI edición de la Muestra de Teatro Español de Autores
Contemporáneos de Alicante, en colaboración con el resto de instituciones locales, con
el objetivo de crear un espacio de promoción de las personas autoras vivas españolas de
todas las comunidades autónomas, abierto a diversos estilos y tendencias.
También a la Fundación Teatro de La Abadía, centro de estudios y creación escénica
de la Comunidad de Madrid, para la programación y el resto de sus actividades de 2024,
con un proyecto de tres décadas de andadura que es un centro de referencia en la
Comunidad de Madrid. El INAEM forma parte de su patronato.
Asimismo, a la Fundación Teatre Lliure-Teatre Public, para la programación y el resto
de sus actividades de 2024. La fundación cuenta con cuatro salas con programaciones
diferenciadas y públicos diversos y el INAEM forma parte de su patronato, constituido,
entre otros, por entidades locales.
También a la Fundación Sala Beckett de Barcelona para el desarrollo de su proyecto
integral de formación, creación, promoción y servicio a la autoría española. El órgano
rector de la fundación es el Obrador Internacional de Dramaturgia que, con un patronato
formado por doce dramaturgos y dramaturgas, vela por el cumplimiento de sus objetivos
fundacionales.
Asimismo, al Centro de Iniciativas y Turismo de Tolosa para el Centro Internacional
de Títeres de Tolosa-TOPIC. La Asociación Centro de Iniciativas y Turismo de Tolosa
desarrolla actividades relacionadas con el teatro de objetos y de títeres a través del
Centro Internacional de Títeres de Tolosa, TOPIC, en 2024.
A la Asociación Cultural Espacio Cuarta Pared de Madrid, para el desarrollo de su
proyecto integral de exhibición, producción, formación e investigación teatral. La Cuarta
Pared fue galardonado con el Premio Nacional de Teatro en 2020 y es un espacio
pionero y de referencia entre las salas alternativas españolas.
También a la Asociación Academia de las Artes Escénicas de España para el proyecto
de formación y desarrollo de sus actividades, programas de cambio social, creación y
desarrollo de los Premios de la Academia. La Academia tiene como objetivos potenciar,
defender y dignificar las artes escénicas de nuestro país, impulsar su promoción nacional
e internacional, fomentar su progreso, desarrollo y perfeccionamiento.
A la Associació Amics del Circ Cric para la realización de su proyecto circense.
Fundada por el payaso Tortell Poltrona (Premio Nacional de Circo y co-fundador de
«Payasos sin fronteras»), Circ Cric es punto neurálgico de creaciones y producciones
desde 1995.
Al Centro de Arte y Producciones Teatrales, SL-TNT de Sevilla, para el desarrollo de
su proyecto integral de innovación e investigación, teatro comunitario y producción
artística. El TNT se constituye como un centro de referencia para el teatro comunitario y
la producción artística.
Las excepcionales circunstancias en las que han de realizarse las actividades
descritas, la urgencia en su desarrollo, el interés público, social y cultural justifican la
concesión directa de las subvenciones previstas en el presente real decreto.
El artículo 22.2.c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones,
así como el artículo 67 de su Reglamento de desarrollo, aprobado por el Real
Decreto 887/2006, de 21 de julio, establecen que podrán concederse de forma directa y
con carácter excepcional aquellas otras subvenciones en que se acrediten razones de
interés público, social, económico o humanitario, u otras debidamente justificadas que
dificulten su convocatoria pública.

cve: BOE-A-2024-17373
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Núm. 208