I. Disposiciones generales. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Subvenciones. (BOE-A-2024-17372)
Real Decreto 842/2024, de 27 de agosto, por el que se aprueba la concesión directa de subvenciones para la financiación de iniciativas locales que contribuyan a la consecución de los objetivos del Marco de actuaciones para el desarrollo territorial sostenible del área de influencia del Espacio Natural Doñana.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 208

Miércoles 28 de agosto de 2024

Sec. I. Pág. 108482

septiembre, por el que se establecen los criterios de imagen institucional y se regula la
producción documental y el material impreso de la Administración General del Estado,
así como lo dispuesto en la Resolución de 26 de marzo de 2024, de la Secretaría de
Estado de Función Pública, por la que se actualiza el Manual de Imagen Institucional.
3. El logotipo institucional del «Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto
Demográfico» deberá ocupar, como mínimo, el 25 % del espacio utilizado para
comunicar y publicitar la financiación pública de la actuación subvencionada.
4. Las ayudas serán objeto de publicidad en la Base de Datos Nacional de
Subvenciones, de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 130/2019, de 8 de
marzo, por el que se regula la Base de Datos Nacional de Subvenciones y la publicidad
de las subvenciones y demás ayudas públicas.
Disposición final primera.

Título competencial.

Este real decreto se dicta conjuntamente al amparo de las competencias exclusivas
del Estado previstas en el artículo 149.1.13.ª de la Constitución Española, que atribuye al
Estado competencia exclusiva en materia de bases y coordinación de la planificación
general de la actividad económica, y en el artículo 149.1.23.ª de la Constitución, de
legislación básica sobre protección del medio ambiente, sin perjuicio de las facultades de
las Comunidades Autónomas de establecer normas adicionales de protección.
Disposición final segunda.

Desarrollo normativo y ejecución.

Se faculta a la persona titular del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto
Demográfico para adoptar las disposiciones necesarias para el desarrollo y ejecución de
este real decreto.
Disposición final tercera.

Entrada en vigor.

El presente real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el
«Boletín Oficial del Estado».
Dado en Madrid, el 27 de agosto de 2024.
FELIPE R.
La Vicepresidenta Tercera del Gobierno
y Ministra para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico,

cve: BOE-A-2024-17372
Verificable en https://www.boe.es

TERESA RIBERA RODRÍGUEZ