III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2024-17319)
Resolución de 5 de agosto de 2024, de la Secretaría de Estado de Energía, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 23 de julio de 2024, por el que se otorga a Broza Solar, SLU, autorización administrativa previa de las modificaciones y autorización administrativa de construcción para la instalación fotovoltaica Broza Solar, de 31,53 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación en Yebes, Guadalajara y Horche (Guadalajara), y se declara, en concreto, su utilidad pública.
14 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 206
Lunes 26 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 107992
únicamente cuando las instalaciones objeto de autorización afecten a bienes o derecho
propiedad de las citadas Administraciones.
[...] Considerando que son acumulables los procedimientos de autorización previa y
de construcción [art. 53.1.a) y b) Ley del Sector Eléctrico] y de solicitud de declaración de
utilidad pública de instalaciones de producción de energía eléctrica (art. 143.2
RD 1955/2000), y estando acotados de la misma manera las posibles objeciones a
plantear por las Administraciones afectadas en ambos casos, la interpretación del
alcance o supuestos en que procede elevar al Consejo de Ministros la resolución de las
posibles discrepancias en relación con la declaración de utilidad pública a que se refiere
el artículo 148.1 Real Decreto 1955/2000 debe ser la misma que la mantenida respecto
al artículo 131.6 Real Decreto 1955/2000 en cuanto a los casos en que procede elevar
discrepancia ante el Consejo de Ministros en relación con las autorizaciones del
artículo 53.1.a) y b) LSE».
Habida cuenta de lo anterior, y ante la oposición a la declaración de utilidad pública
del Ayuntamiento de Guadalajara en cuanto a las afecciones del proyecto a bienes o
derechos de su propiedad, de acuerdo con lo previsto en el anteriormente señalado
artículo 148.1 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, se procede a elevar a
Consejo de Ministros para su aprobación la presente resolución.
En su virtud, el Consejo de Ministros, a propuesta de la Vicepresidenta Tercera del
Gobierno y Ministra para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, acuerda:
Primero.
Otorgar a Broza Solar, SLU, autorización administrativa previa de las modificaciones
del proyecto de parque fotovoltaico Broza Solar, de 31,53 MW de potencia instalada, y su
infraestructura de evacuación, en los términos municipales de Guadalajara, Horche y
Yebes, en la provincia de Guadalajara, en los términos que se recogen en la presente
resolución.
Otorgar a Broza Solar, SLU, autorización administrativa de construcción para el
parque fotovoltaico Broza Solar, de 31,53 MW de potencia instalada, y su infraestructura
de evacuación, en los términos municipales de Guadalajara, Horche y Yebes, en la
provincia de Guadalajara con las características definidas en los proyectos: «Proyecto
Técnico Administrativo Planta Solar Fotovoltaica Broza Solar (35,78 MWp/31,14 MW
instalados), TT. MM. Guadalajara y Horche», visado el 5 de mayo de 2023; en el
«Anexo V Estudio de Campos Magnéticos, Proyecto Técnico Administrativo-Planta Solar
Fotovoltaica Broza Solar (35,78 MWp/31,14 MW instalados), TT. MM. Guadalajara y
Horche», firmado el 27 de julio de 2023; en el «Evacuación de energía de plantas
fotovoltaicas en subestación transformadora ST Villaflores 220/30 kV», visado el 2 de
junio de 2021; en el «Proyecto Oficial de Ejecución L/220 Atanzón-Ardoz (Tramo entre
ST Villaflores y AP2 de la L/220kV Hojarasca-Henares)», visado el 4 de junio de 2023; y
en la «Adenda de Soterramiento AP-399 al AP-341 al Proyecto Oficial de Ejecución
L/220 Atanzón-Ardoz (Tramo entre ST Villaflores y AP2 de la L/220kV HojarascaHenares)», firmada el 11 de octubre de 2023, y con las particularidades recogidas en la
presente resolución.
El objeto del proyecto es la construcción de una instalación fotovoltaica para la
generación de energía eléctrica y la evacuación de dicha energía a la red.
Las características principales de la planta fotovoltaica son las siguientes:
– Tipo de tecnología: solar fotovoltaica.
– Potencia instalada, según artículo 3 del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio:
31,53 MW.
– Número y tipo de módulos: 54.210 módulos del fabricante RISEN Energy, modelo
RSM132-8-660BMDG, de 660 Wp de potencia.
cve: BOE-A-2024-17319
Verificable en https://www.boe.es
Segundo.
Núm. 206
Lunes 26 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 107992
únicamente cuando las instalaciones objeto de autorización afecten a bienes o derecho
propiedad de las citadas Administraciones.
[...] Considerando que son acumulables los procedimientos de autorización previa y
de construcción [art. 53.1.a) y b) Ley del Sector Eléctrico] y de solicitud de declaración de
utilidad pública de instalaciones de producción de energía eléctrica (art. 143.2
RD 1955/2000), y estando acotados de la misma manera las posibles objeciones a
plantear por las Administraciones afectadas en ambos casos, la interpretación del
alcance o supuestos en que procede elevar al Consejo de Ministros la resolución de las
posibles discrepancias en relación con la declaración de utilidad pública a que se refiere
el artículo 148.1 Real Decreto 1955/2000 debe ser la misma que la mantenida respecto
al artículo 131.6 Real Decreto 1955/2000 en cuanto a los casos en que procede elevar
discrepancia ante el Consejo de Ministros en relación con las autorizaciones del
artículo 53.1.a) y b) LSE».
Habida cuenta de lo anterior, y ante la oposición a la declaración de utilidad pública
del Ayuntamiento de Guadalajara en cuanto a las afecciones del proyecto a bienes o
derechos de su propiedad, de acuerdo con lo previsto en el anteriormente señalado
artículo 148.1 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, se procede a elevar a
Consejo de Ministros para su aprobación la presente resolución.
En su virtud, el Consejo de Ministros, a propuesta de la Vicepresidenta Tercera del
Gobierno y Ministra para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, acuerda:
Primero.
Otorgar a Broza Solar, SLU, autorización administrativa previa de las modificaciones
del proyecto de parque fotovoltaico Broza Solar, de 31,53 MW de potencia instalada, y su
infraestructura de evacuación, en los términos municipales de Guadalajara, Horche y
Yebes, en la provincia de Guadalajara, en los términos que se recogen en la presente
resolución.
Otorgar a Broza Solar, SLU, autorización administrativa de construcción para el
parque fotovoltaico Broza Solar, de 31,53 MW de potencia instalada, y su infraestructura
de evacuación, en los términos municipales de Guadalajara, Horche y Yebes, en la
provincia de Guadalajara con las características definidas en los proyectos: «Proyecto
Técnico Administrativo Planta Solar Fotovoltaica Broza Solar (35,78 MWp/31,14 MW
instalados), TT. MM. Guadalajara y Horche», visado el 5 de mayo de 2023; en el
«Anexo V Estudio de Campos Magnéticos, Proyecto Técnico Administrativo-Planta Solar
Fotovoltaica Broza Solar (35,78 MWp/31,14 MW instalados), TT. MM. Guadalajara y
Horche», firmado el 27 de julio de 2023; en el «Evacuación de energía de plantas
fotovoltaicas en subestación transformadora ST Villaflores 220/30 kV», visado el 2 de
junio de 2021; en el «Proyecto Oficial de Ejecución L/220 Atanzón-Ardoz (Tramo entre
ST Villaflores y AP2 de la L/220kV Hojarasca-Henares)», visado el 4 de junio de 2023; y
en la «Adenda de Soterramiento AP-399 al AP-341 al Proyecto Oficial de Ejecución
L/220 Atanzón-Ardoz (Tramo entre ST Villaflores y AP2 de la L/220kV HojarascaHenares)», firmada el 11 de octubre de 2023, y con las particularidades recogidas en la
presente resolución.
El objeto del proyecto es la construcción de una instalación fotovoltaica para la
generación de energía eléctrica y la evacuación de dicha energía a la red.
Las características principales de la planta fotovoltaica son las siguientes:
– Tipo de tecnología: solar fotovoltaica.
– Potencia instalada, según artículo 3 del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio:
31,53 MW.
– Número y tipo de módulos: 54.210 módulos del fabricante RISEN Energy, modelo
RSM132-8-660BMDG, de 660 Wp de potencia.
cve: BOE-A-2024-17319
Verificable en https://www.boe.es
Segundo.