III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE. Comunidad Autónoma de Galicia. Convenio. (BOE-A-2024-17293)
Resolución de 17 de julio de 2024, de la Autoridad Portuaria de A Coruña, por la que se publica el Convenio con la Universidad de A Coruña, para la ejecución y desarrollo del proyecto de I+D+I "Análisis y transferencia de tecnología para la mejora de la operatividad de los nuevos muelles y terminales de la dársena exterior de Punta Langosteira del puerto de A Coruña".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 205

Sábado 24 de agosto de 2024

Sec. III. Pág. 107851

Cuarto.
El crecimiento y diversificación de los tráficos en el puerto exterior de A Coruña lo
sitúan como un nodo estratégico de intercambio de mercancías y cargas de proyecto,
pero también, en el ámbito del Marco estratégico de energía y clima (Plan Nacional
Integrado de Energía y Clima, 2021-2030; Hoja de Ruta para el desarrollo de la Eólica
Marina y de las Energías del Mar en España; Hoja de Ruta del hidrógeno) y dentro de la
Estrategia Azul de Galicia, como centro de desarrollo de la industria renovable marina, a
lo que ayuda sobremanera las características del puerto; su calado, superficie abrigada y
espacios disponibles lo posicionan como infraestructura estratégica para la llegada de
nuevas industrias vinculadas al hidrógeno, el amoniaco y el metanol verdes, mientras
que la eólica offshore permitirá generar una importante actividad económica que va más
allá del propio puerto.
Este incremento de la actividad y la aparición de nuevos usos precisan una mejora
en la gestión de la infraestructura y de sus servicios, que la Autoridad Portuaria quiere
liderar. Para ello, detectar las causas de decremento de la operatividad del puerto
exterior y la consideración de todas las variables de interés tanto oceanometeorológicas,
como náuticas y estructurales (defensas, disposición de noráis, configuraciones de
amarre, etc.), en cuyo proceso de identificación participen todos los agentes afectados,
se convierten en un elemento fundamental antes de su posterior tratamiento por nuevos
algoritmos de las distintas ramas de la inteligencia artificial. No obstante, la complejidad
de interconexión entre las variables que condicionan la gestión y la operatividad de un
puerto no permite en muchos casos un estudio global, sino que éste se divide en
modelos más reducidos de cada una de las partes del proceso. En este contexto es
donde esas nuevas técnicas de inteligencia artificial, las cuales tienen un importante
carácter de I+D+i, permiten asomarse a nuevos horizontes para tratar los problemas.
Es por ello que en el presente documento se plantee la ejecución de un proyecto de I+D+i
cuyo contenido se especifica en la memoria técnica del anexo núm. 1 «Análisis y
transferencia de tecnología para la mejora de la operatividad de los nuevos muelles y
terminales de la dársena exterior de Punta Langosteira del puerto de A Coruña».
Quinto.
En dicho ámbito, la UDC y la APAC comparten una firme vocación de colaboración
en el desarrollo de actividades de investigación que permitan disponer de nuevo
conocimiento científico y alcanzar soluciones innovadoras que incrementen la
operatividad del puerto de A Coruña.
El interés mutuo de la UDC y la APAC por colaborar estrechamente en materia de
asesoramiento e investigación científica, ha propiciado la firma del presente convenio.

El presente convenio se suscribe de conformidad con lo preceptuado en el artículo
34 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, dado el
contenido del mismo en I+D+i, y conforme al título III de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. El objeto del
convenio encaja en los supuestos de exclusión del artículo 8 de la Ley 9/2017, de 8 de
noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se trasponen al ordenamiento
jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo, 2014/23/UE
y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014. El presente convenio se suscribe también al
amparo del artículo 60 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema
Universitario, y los Estatutos de la Universidad de A Coruña.
El presente convenio tiene naturaleza administrativa quedando sometido al régimen
jurídico de convenios previsto en el capítulo VI título preliminar de la Ley 40/2015, de 1
de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

cve: BOE-A-2024-17293
Verificable en https://www.boe.es

Sexto.