V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA. (BOE-B-2024-30036)
Extracto de la Resolución de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales, por la que se convocan ayudas para la provisión del conjunto de equipamiento activo e infraestructura auxiliar necesaria para la provisión de servicios de comunicaciones móviles con tecnología 5G en zonas donde no existe cobertura móvil 4G con servicio mínimo de 50 Mbps (programa UNICO 5G redes activas), en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 205
Sábado 24 de agosto de 2024
Sec. V-B. Pág. 46595
conjunto de equipamiento activo e infraestructura auxiliar necesaria para la
provisión de servicios de comunicaciones móviles con tecnología 5G en zonas
donde no existe cobertura móvil 4G con servicio mínimo de 50 Mbps (Programa
único 5G redes activas), en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia, modificada por la Orden ETD/1084/2023, de 27 de septiembre.
Cuarto. Cuantía y adjudicación de las ayudas.
La cuantía disponible para esta convocatoria es de ochenta y siete millones
seiscientos noventa y nueve mil doscientos noventa euros con dos céntimos
(87.699.290,02 €) provenientes del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, en
adelante MRR. Esta cuantía está distribuida por cada uno de los 50 lotes o zonas
de concurrencia, coincidentes con otras tantas provincias españolas. Esta cuantía
podrá ser incrementada con una cuantía adicional de hasta el
95,4110687679659% de la misma. La intensidad máxima de las ayudas es del 90
por ciento para todas las zonas.
La ayuda se concede mediante un procedimiento de concurrencia competitiva.
En el caso de que únicamente haya un proyecto que cumple los requisitos exigidos
se le podrá otorgar hasta el 100% de la financiación disponible para la zona de
concurrencia. Cuando en una misma zona de concurrencia más de un proyecto
cumpla los requisitos exigidos, el proyecto mejor valorado podrá obtener como
máximo una ayuda correspondiente al 75% de la cuantía máxima asignada a la
zona de concurrencia. En el caso de que no se agote la totalidad de la cuantía
máxima asignada a la zona de concurrencia, se continuará con los restantes
proyectos siguiendo el orden de puntuación obtenida, hasta que se agote el
presupuesto de la zona de concurrencia, siempre que dichos proyectos cumplan
los requisitos establecidos.
El criterio de valoración de mayor peso es el de eficiencia económica entendida
como el máximo porcentaje de población estimada y de kilómetros de carreteras
en las zonas elegibles a las que se prestará el servicio 5G requerido con las
dotaciones disponibles.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo para la presentación de las solicitudes se inicia el día siguiente a la
publicación de este extracto en el Boletín Oficial del Estado y finaliza a las 13:00
horas del 23 de septiembre de 2024.
Sexto. Otros datos.
A la publicación de las zonas elegibles se puede acceder desde el portal de
ayudas del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital (https://
portalayudasedicion.mineco.gob.es/unico5g-activas-2024/Paginas/Index.aspx.)
El pago de la subvención se realiza en todos los casos con carácter anticipado
tras dictarse la resolución de concesión.
Para la acreditación de la realización del proyecto se exige cuenta justificativa
con aportación de los justificantes de gasto y de pago, junto con informe de auditor.
Madrid, 20 de agosto de 2024.- María González VeracruzLa Secretaria de
Estado de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales.
ID: A240038128-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-B-2024-30036
Verificable en https://www.boe.es
La solicitud y demás comunicaciones se realizarán únicamente mediante
tramitación electrónica.
Núm. 205
Sábado 24 de agosto de 2024
Sec. V-B. Pág. 46595
conjunto de equipamiento activo e infraestructura auxiliar necesaria para la
provisión de servicios de comunicaciones móviles con tecnología 5G en zonas
donde no existe cobertura móvil 4G con servicio mínimo de 50 Mbps (Programa
único 5G redes activas), en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia, modificada por la Orden ETD/1084/2023, de 27 de septiembre.
Cuarto. Cuantía y adjudicación de las ayudas.
La cuantía disponible para esta convocatoria es de ochenta y siete millones
seiscientos noventa y nueve mil doscientos noventa euros con dos céntimos
(87.699.290,02 €) provenientes del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, en
adelante MRR. Esta cuantía está distribuida por cada uno de los 50 lotes o zonas
de concurrencia, coincidentes con otras tantas provincias españolas. Esta cuantía
podrá ser incrementada con una cuantía adicional de hasta el
95,4110687679659% de la misma. La intensidad máxima de las ayudas es del 90
por ciento para todas las zonas.
La ayuda se concede mediante un procedimiento de concurrencia competitiva.
En el caso de que únicamente haya un proyecto que cumple los requisitos exigidos
se le podrá otorgar hasta el 100% de la financiación disponible para la zona de
concurrencia. Cuando en una misma zona de concurrencia más de un proyecto
cumpla los requisitos exigidos, el proyecto mejor valorado podrá obtener como
máximo una ayuda correspondiente al 75% de la cuantía máxima asignada a la
zona de concurrencia. En el caso de que no se agote la totalidad de la cuantía
máxima asignada a la zona de concurrencia, se continuará con los restantes
proyectos siguiendo el orden de puntuación obtenida, hasta que se agote el
presupuesto de la zona de concurrencia, siempre que dichos proyectos cumplan
los requisitos establecidos.
El criterio de valoración de mayor peso es el de eficiencia económica entendida
como el máximo porcentaje de población estimada y de kilómetros de carreteras
en las zonas elegibles a las que se prestará el servicio 5G requerido con las
dotaciones disponibles.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo para la presentación de las solicitudes se inicia el día siguiente a la
publicación de este extracto en el Boletín Oficial del Estado y finaliza a las 13:00
horas del 23 de septiembre de 2024.
Sexto. Otros datos.
A la publicación de las zonas elegibles se puede acceder desde el portal de
ayudas del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital (https://
portalayudasedicion.mineco.gob.es/unico5g-activas-2024/Paginas/Index.aspx.)
El pago de la subvención se realiza en todos los casos con carácter anticipado
tras dictarse la resolución de concesión.
Para la acreditación de la realización del proyecto se exige cuenta justificativa
con aportación de los justificantes de gasto y de pago, junto con informe de auditor.
Madrid, 20 de agosto de 2024.- María González VeracruzLa Secretaria de
Estado de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales.
ID: A240038128-1
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D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-B-2024-30036
Verificable en https://www.boe.es
La solicitud y demás comunicaciones se realizarán únicamente mediante
tramitación electrónica.