V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA. (BOE-B-2024-30036)
Extracto de la Resolución de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales, por la que se convocan ayudas para la provisión del conjunto de equipamiento activo e infraestructura auxiliar necesaria para la provisión de servicios de comunicaciones móviles con tecnología 5G en zonas donde no existe cobertura móvil 4G con servicio mínimo de 50 Mbps (programa UNICO 5G redes activas), en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 205
Sábado 24 de agosto de 2024
Sec. V-B. Pág. 46594
V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA
30036
Extracto de la Re solución de la Se cre taría de Estado de
Te le comunicacione s e Infrae structuras Digitale s, por la que se
convocan ayudas para la provisión del conjunto de equipamiento activo
e infraestructura auxiliar necesaria para la provisión de servicios de
comunicaciones móviles con tecnología 5G en zonas donde no existe
cobertura móvil 4G con servicio mínimo de 50 Mbps (programa UNICO
5G re de s activas), e n e l marco de l Plan de Re cupe ración,
Transformación y Re silie ncia.
BDNS(Identif.):781690
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/
2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la
convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/
781690)
Primero. Beneficiarios:
Personas jurídicas que ostenten la condición de operador debidamente
habilitado, conforme a lo establecido en los artículos 6 y 7 de la Ley 11/2022, de 28
de junio, General de Telecomunicaciones, que dispongan de derechos de uso de
frecuencias en alguna de las bandas armonizadas en la Unión Europea para los
sistemas terrenales capaces de prestar servicios de comunicaciones electrónicas
de banda ancha inalámbrica, identificadas como prioritarias para el lanzamiento y
prestación de servicios 5G en Europa. Agrupaciones de empresas en las que al
menos una de las empresas ostente dicha condición de operador y disponga de
frecuencias en las bandas indicadas, y con un representante o apoderado único de
la agrupación con poderes bastantes para cumplir las obligaciones que, como
beneficiario, corresponden a la agrupación.
Provisión del conjunto de equipamiento activo y, en su caso, infraestructura
adicional necesaria para la prestación de servicios 5G nativo (5G SA) con las
características de valor añadido de computación en el borde (edge computing) y
virtualización múltiple de redes (network slicing), y con una velocidad mínima de
100 Mbps para el enlace descendente y 5 Mbps para el enlace ascendente, en las
zonas geográficas en las que se ha identificado que no existe en la actualidad, y no
está previsto que se proporcione en los próximos tres años, cobertura de las redes
de comunicaciones móviles 4G que proporcionen al menos 50 Mbps en sentido
descendente. Esta convocatoria tiene como objetivo dotar de la disponibilidad de
servicios 5G con las características indicadas a las zonas más rurales, por lo que
se han seleccionado como elegibles aquellas zonas que cumplen los requisitos
para ser objeto de la ayuda que se encuentren ubicadas en municipios de menos
de 10.000 habitantes, no estén sujetas a obligaciones de cobertura y no hayan
sido objeto de ayuda por resolución de la convocatoria de ayudas de la medida
ÚNICO 5G REDES ACTIVAS de 6 de octubre de 2023.
Tercero. Bases reguladoras.
Se recogen en la Orden ETD/685/2023, de 21 de junio, por la que se
establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas para la provisión del
cve: BOE-B-2024-30036
Verificable en https://www.boe.es
Segundo. Objeto.
Núm. 205
Sábado 24 de agosto de 2024
Sec. V-B. Pág. 46594
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MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA
30036
Extracto de la Re solución de la Se cre taría de Estado de
Te le comunicacione s e Infrae structuras Digitale s, por la que se
convocan ayudas para la provisión del conjunto de equipamiento activo
e infraestructura auxiliar necesaria para la provisión de servicios de
comunicaciones móviles con tecnología 5G en zonas donde no existe
cobertura móvil 4G con servicio mínimo de 50 Mbps (programa UNICO
5G re de s activas), e n e l marco de l Plan de Re cupe ración,
Transformación y Re silie ncia.
BDNS(Identif.):781690
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/
2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la
convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/
781690)
Primero. Beneficiarios:
Personas jurídicas que ostenten la condición de operador debidamente
habilitado, conforme a lo establecido en los artículos 6 y 7 de la Ley 11/2022, de 28
de junio, General de Telecomunicaciones, que dispongan de derechos de uso de
frecuencias en alguna de las bandas armonizadas en la Unión Europea para los
sistemas terrenales capaces de prestar servicios de comunicaciones electrónicas
de banda ancha inalámbrica, identificadas como prioritarias para el lanzamiento y
prestación de servicios 5G en Europa. Agrupaciones de empresas en las que al
menos una de las empresas ostente dicha condición de operador y disponga de
frecuencias en las bandas indicadas, y con un representante o apoderado único de
la agrupación con poderes bastantes para cumplir las obligaciones que, como
beneficiario, corresponden a la agrupación.
Provisión del conjunto de equipamiento activo y, en su caso, infraestructura
adicional necesaria para la prestación de servicios 5G nativo (5G SA) con las
características de valor añadido de computación en el borde (edge computing) y
virtualización múltiple de redes (network slicing), y con una velocidad mínima de
100 Mbps para el enlace descendente y 5 Mbps para el enlace ascendente, en las
zonas geográficas en las que se ha identificado que no existe en la actualidad, y no
está previsto que se proporcione en los próximos tres años, cobertura de las redes
de comunicaciones móviles 4G que proporcionen al menos 50 Mbps en sentido
descendente. Esta convocatoria tiene como objetivo dotar de la disponibilidad de
servicios 5G con las características indicadas a las zonas más rurales, por lo que
se han seleccionado como elegibles aquellas zonas que cumplen los requisitos
para ser objeto de la ayuda que se encuentren ubicadas en municipios de menos
de 10.000 habitantes, no estén sujetas a obligaciones de cobertura y no hayan
sido objeto de ayuda por resolución de la convocatoria de ayudas de la medida
ÚNICO 5G REDES ACTIVAS de 6 de octubre de 2023.
Tercero. Bases reguladoras.
Se recogen en la Orden ETD/685/2023, de 21 de junio, por la que se
establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas para la provisión del
cve: BOE-B-2024-30036
Verificable en https://www.boe.es
Segundo. Objeto.